Aprueban la Institucionalización del Programa Educativo CONGRESO DE VALORES de la Dirección Regional de Educación de Ica para el periodo 2024 al 2030
ORDENANZA REGIONAL
Nº 002-2025-GORE-ICA
Ica, 4 de marzo de 2025
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de febrero de 2025. VISTO el Oficio N° 406-2024-GORE.ICA/GR, sobre la Institucionalización del Congreso de Valores para el período 2024 al 2030; y demás documentos del procedimiento.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8, 9 y 31 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2 de la Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás normas conexas;
Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 15 establece que, son ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL “aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, asimismo conforme al precitado artículo 38 del Reglamento de la Ley, el Consejo Regional de Ica, es competente para emitir Ordenanzas Regionales que norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;
Que, el artículo 47, inciso b) de la Ley General de Gobiernos Regionales, establece como función específica de los gobiernos regionales, en materia educación, cultura, ciencia y tecnología, deporte y recreación: “Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Regional, los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y tecnología y el programa de desarrollo del deporte y recreación de la región, en concordancia con la política educativa nacional”;
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, señala que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad. El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos (…);
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 019-2022-GORE ICA, de fecha 28 de diciembre del 2022 se aprueba el Proyecto Educativo Regional Concertado de Ica - PERCI 2022-2036, cuya finalidad es atender de forma pertinente y contextualizado el desarrollo de la educación de nuestra Región de Ica, elaborado por la participación activa de la comunidad educativa de nuestra Región de Ica;
Que, a través del Oficio N° 2716-2024-GORE-ICA/GRDS-DRE-DIGEP/D, de fecha 02 de setiembre del 2024, emitido por la Dirección Regional de Educación de Ica, remite Informe Técnico N° 030-2024-GORE-ICA/GRDS-DREI-DGP/EE-TOE, sobre la Institucionalización del Congreso de Valores por el período 2024-2030 ampara los artículos 5 y 45 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales;
Que, asimismo, el referido proyecto denominado “Proyecto de Institucionalización del Congreso de Valores en Educación Básica Regular en la Región Ica 2024”, señala que la guía de la metodología del proyecto está tomada del Pacto Educativo Global Proyecto Perú 2021, en este proyecto se sugiere incorporar en el Plan Institucional, esto permitirá definir líneas de acción que tengan estrategias asociadas a la finalidad propia de la educación;
Que, el propósito del proyecto es cumplir con organizar el cumplimiento de tres (03) líneas de acción” CENTRALIDAD DE LA PERSONA”, “CULTIVAR LA INTERIORIDAD” Y “FORMAR PARA SERVIR A LOS DEMAS”, es por ello que la Institucionalización del Congreso de Valores se concentra en definir y fomentar en los docentes estrategias desde la tutoría y de manera transversal valores a los estudiantes tanto en el nivel primario como secundario con el único fin de formar ciudadanos que conozcan sus derechos y respeten los derechos de los demás, de manera de fortalecer la práctica de valores en los estudiantes, de tal manera que lo piensen, sientan y hagan guarde coherencia con sus principios desde la ética, la fe y la esperanza;
Que es necesario que el Consejo Regional de Ica, apruebe la referida Institucionalización del Congreso de Valores, por constituir un programa impulsado en mejorar la calidad en el desarrollo de la educación integral y comprensiva de los niños y adolescentes de nuestra Región de Ica, toda vez que mediante resoluciones directorales desde el año 2017 hasta el año 2023 se han amparado en la realización de dicho Congreso concluyendo según vistos los informes que han sido desarrollados de manera objetiva;
Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Ordinaria de la fecha, contando con la dispensa del Dictamen, de la lectura y aprobación del acta; y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias la Ley Nº 28968, Ley N° 31433 y el Reglamento Interno del Consejo Regional.
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
“ORDENANZA REGIONAL QUE
APRUEBA LA INSTITUCIONALIZACIÓN
DEL CONGRESO DE VALORES PARA
EL PERIODO 2024 AL 2030”
Artículo Primero.- APROBAR, la Institucionalización del Programa Educativo CONGRESO DE VALORES de la Dirección Regional de Educación de Ica para el periodo 2024 al 2030; el mismo, que en anexo se adjunta y que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ica y la Dirección Regional de Educación de Ica, adopten las medidas del caso, a fin de implementar en toda la jurisdicción regional el desarrollo del proyecto aprobado en concordancia con las disposiciones legales sobre la materia.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Educación de Ica, Unidades de Gestión Educativas Locales, Instituciones Educativas del nivel primario como secundaria, planificar, elaborar y ejecutar las acciones en el marco del proyecto educativo CONGRESO DE VALORES del período 2024 al 2030.
Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región, en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ica y todas sus dependencias descentralizadas.
Comuníquese al señor Gobernador de Ica para su promulgación.
En la ciudad de Ica, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil veinticinco.
WASHINGTON ALEXANDER SOTELO LUNA
Consejero Delegado
Consejo Regional de Ica
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Ica, a los 4 días del mes de marzo del dos mil veinticinco.
JORGE CARLOS HURTADO HERRERA
Gobernador Regional de Ica
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