Declaran de interés regional el proyecto “Malecón Comercial Recreacional Miami Beach Peruano” en el distrito de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Áncash

Ordenanza Regional

Nº 010-2024-GRA/CR

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH;

POR CUANTO:

En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día viernes 20 de diciembre del 2024, en atención a la CONVOCATORIA Nº 10-2024-SE-GRA-CR/CD, de fecha 17 de diciembre de 2024; visto y debatido el DICTAMEN CONJUNTO Nº 01-2024-GRA-CR/COPPAT-CODEPIP, de fecha 17 de diciembre del 2024 de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública, del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash; y,

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8º, 9º y 31º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR) y el artículo 4º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 004-2023-GRA/CR (en adelante RIC) y demás normas conexas;

Que, el artículo 4º de la LOGR, de la finalidad establece: “Los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo”; por otra parte, el artículo 9º de la LOGR, respecto a las Competencias Constitucionales, señala que los gobiernos regionales son competentes para: “(…) h) Fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional (…)”;

Que, el artículo 13º de la LOGR, modificado por Ley Nº 29063, señala que el CONSEJO REGIONAL: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”, dispositivo legal concordante con el artículo 2º del RIC y el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 003-2023-GRA/CR;

Que, el artículo 15º de la LOGR, prescribe que son: “ATRIBUCIONES DEL CONSEJO REGIONAL: “a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…)”; para tal efecto dictan Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37º de la LOGR;

Que, según el artículo 38º de la LOGR, se establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”, dispositivo legal concordante con el subnumeral 5.1.1 del numeral 5.1 del artículo 5º y el artículo 111º del RIC, que versan respecto a la Naturaleza y la forma de promulgación, publicación y vigencia de las Ordenanzas Regionales;

Que, mediante CARTA Nº 008-2024-LCV, de fecha 07 de noviembre de 2024, el SR. LEONARDO CALDERÓN VALDIVIEZO, presenta una propuesta de declaratoria de interés regional del Proyecto de infraestructura denominado “Malecón Comercial Recreacional Miami Beach Peruano”, en un área de libre disponibilidad de 1 400 410.34 m2, ubicado al Oeste de la jurisdicción del distrito de Comandante Noel, altura del Puerto de Casma y desembocadura del río Casma en la Playa Puerto Pobre entre el km. 380 y 385 Panamericana Norte, provincia de Casma, región Ancash, inscrita en la Partida Electrónica Nº 11034418 de la Oficina Registral de Casma a favor de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. Asimismo, señala que el proyecto tiene un Presupuesto referencial de Obra de S/ 181,984,744.94 (Ciento ochenta y un millones novecientos ochenta y cuatro mil setecientos cuarenta y cuatro con 94/100 soles);

Que, el referido Expediente cuenta con informe de VIABILIDAD TÉCNICA de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Promoción de la Inversión Privada, como se advierte en el INFORME Nº 039-2024-GRA/GRDE/SGDEPIP, del 13 de noviembre de 2024 y de la Subgerencia de Estudios de Inversiones de esta entidad, con el INFORME Nº 064-2024-GRA/GRI/SGEI-EVAL/BABD, del 20 de noviembre de 2024; asimismo, con el INFORME Nº 1540-2024-GRA-ORGRD, del 26 de noviembre de 2024 la Oficina Regional de Gestión de Riesgo de Desastres, emite informe FAVORABLE;

Que, mediante INFORME LEGAL Nº 743-2024-GRA/GRAJ, de fecha 02 de diciembre de 2024, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, RECOMIENDA que corresponde legalmente al Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash evaluar la propuesta en comento; y, si lo estima pertinente mediante ordenanza regional declarar de interés regional la misma;

Que, mediante DICTAMEN CONJUNTO Nº 01-2024-GRA-CR/COPPAT-CODEPIP, de fecha 17 de diciembre del año en curso, las Comisiones Ordinarias de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial - Desarrollo Económico y Proyectos de Inversión Pública, RECOMIENDAN al Pleno del Consejo Regional de Ancash, APROBAR la Ordenanza que Declara de Interés Regional el Proyecto “Malecón Comercial Recreacional Miami Beach Peruano”, Distrito Comandante Noel – Provincia de Casma - Departamento de Ancash;

Que, es menester precisar que la manifestación de interés por el referido proyecto de inversión, tiene efectos estrictamente declarativos y no implica para el Gobierno Regional de Ancash, sujeción u obligación contractual o legal alguna, sino más bien la sola intención de promover la inversión privada y fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional; tampoco exime del cumplimiento de los trámites y requisitos exigidos por la normatividad vigente sobre la materia, siendo de competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en caso opte por la compra-venta de los predios de su propiedad, cautelar el cumplimiento de la finalidad que se persigue;

Que, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash, de fecha 20 de diciembre de 2024 y al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash, por MAYORÍA, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE DECLARA

DE INTERÉS REGIONAL EL PROYECTO “MALECÓN COMERCIAL RECREACIONAL

MIAMI BEACH PERUANO”, DISTRITO DE COMANDANTE NOEL - PROVINCIA DE CASMA - DEPARTAMENTO DE ANCASH”

Artículo Primero.- DECLARAR, de Interés Regional el Proyecto “MALECÓN COMERCIAL RECREACIONAL MIAMI BEACH PERUANO”, en el Distrito de Comandante Noel - Provincia de Casma - Departamento de Ancash, a fin de promover y dinamizar la economía, el turismo y la cultura, como parte del desarrollo sostenible y amigable con el medio ambiente.

Artículo Segundo.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional sea publicada conforme a lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

POR TANTO:

Habiendo sido observado a través del OFICIO Nº 09-2025-GRA/GR, de fecha 15 de enero de 2025; INSISTIENDO en el texto aprobado de la Ordenanza Regional Nº 010-2024-GRA/CR, de fecha 20 de diciembre de 2024; en Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Ancash, realizada el día jueves 06 de febrero del 2025, con voto por MAYORÍA del colegiado regional, de conformidad al artículo 112º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, ordeno que se publique y cumpla.

En la ciudad de Huaraz, a los once días del mes de marzo del dos mil veinticinco.

YOVER ALEX MONTOYA CASTILLO

Consejero Delegado

2379555-1