“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

Ordenanza que modifica el Régimen de Aplicación de Sanciones

Administrativas, aprobado por Ordenanza Nº 491-MDPH

ORDENANZA Nº 554-MDPH

Punta Hermosa, 6 de marzo de 2025

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA.

VISTO:

El Informe Nº 085-2025-UFFA-OAJ-MDPH de fecha 4 de marzo del 2025 de fecha 4 de marzo del 2025, emitido por la Coordinadora de la Unidad Funcional de Fiscalización Administrativa, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modificatorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, mediante Ordenanza Nº 491-MDPH se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa;

Que, el Artículo Nº 05 del Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas, en concordancia con los dispuesto en el numeral 1 del Art 254.1º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por el D.S Nº 004- 2019-JUS, señala que las Etapas del procedimiento Administrativa Sancionador, son las siguientes;

“(…) ETAPA INSTRUCTORA, la cual inicia con la emisión de la Notificación de Imputación que da inicio al procedimiento administrativo sancionador y concluye con el lnforme Final de Instrucción, y la ETAPA SANCIONADORA, que inicia con la recepción del lnforme Final de Instrucción hasta la Resolución de Sanción Administrativa o del acto que decide el archivamiento del procedimiento administrativo sancionador;

Que, por su parte los Artículos Nº 7.1 y 7.2 del mismo texto normativo señalan que la Autoridad Inspectora, esta conformada por los inspectores municipales, mientras que la Autoridad Instructora, esta constituida por un conjunto de resolutores que depende de la Unidad Funcional de Fiscalización Administrativa;

Que, sin embargo, la normas antes señalada no precisa que autoridades interviene en cada una de las Etapas del procedimiento Administrativo Sancionador, lo cual resulta necesario para los fines de garantizar la adecuada tramitación de los procedimiento sancionados iniciados por la entidad;

Que, con Informe Nº 085-2025-UFFA-OAJ-MDPH la Coordinadora de la Unidad Funcional de Fiscalización Administrativa, advierte que la Ordenanza Nº 491-MDPH se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa , no precisa que autoridades intervienen en cada una de las Etapas del Procedimiento Administrativo Sancionador, lo cual resulta necesario para garantizar la adecuada tramitación de los procedimientos administrativos sancionador e iniciados por esta entidad, consecuentemente, solicita poner a consideración del Concejo Municipal el proyecto de Ordenanza que modifica el Art 5.1 del Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la MDPH; ;

Estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades establecidas en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD, lo siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA EL RÉGIMEN DE

APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS,

APROBADO POR ORDENANZA Nº 491-MDPH

Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Art. 5.1º del RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS aprobado por la Ordenanza Nº 491-MDPH, el que queda redactado de la siguiente manera:

“5.1) ETAPA INSTRUCTORA

lnicia con la emisión de la Notificación de imputación que da inicio al procedimiento administrativo sancionador y concluye con el lnforme Final de instrucción. Las autoridades que intervienen en la Etapa lnstructora son la Autoridad inspectora y la Autoridad lnstructora”

Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Unidad Funcional de Fiscalización Administrativa.

Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Oficina de Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Unidad Funcional de Tecnologías de la información, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO

Alcalde

2379165_1