Decreto Supremo que autoriza Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor del Jurado Nacional de Elecciones, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
DECRETO SUPREMO
Nº 038-2025-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el literal c) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar los gastos asociados a los procesos electorales;
Que, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, señala que las modificaciones presupuestarias a las que se refiere el numeral 17.1 del citado artículo, se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, a solicitud del titular de la entidad;
Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, mediante el Oficio Nº 000069-2025-P/JNE, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a favor del JNE, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para financiar los gastos asociados a los procesos electorales a realizarse el presente año, referido a los gastos preliminares 2025 de las Elecciones Generales 2026 (incluye Elecciones Primarias 2025), Elecciones Regionales y Municipales 2026 y Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados 2026, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el literal c) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto el Informe Nº 000027-2025-DGPID/JNE de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo de la citada Entidad. Asimismo, mediante Oficio Nº 000159-2025-DCGI/JNE se remite información complementaria adjuntando el Informe Nº 000037-2025-DGPID/JNE, con el respectivo sustento;
Que, mediante los Memorandos Nº 0878-2025-EF/53.04 y Nº 1030-2025-EF/53.04, que adjunta los Informes Nº 0907-2025-EF/53.04 y Nº 1073-2025-EF/53.04 respectivamente, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas en el marco de sus competencias, y, en estricta sujeción de la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), remite el costo estimado para financiar el pago de los miembros del Jurado Especial Electoral (JEE), el pago de racionamiento y movilidad del personal de la ONPE y la contratación de personal transitorio sujetos al régimen laboral especial del Decreto Legislativo Nº 1057 del JNE para los procesos electorales de las Elecciones Generales y Elecciones Regionales y Municipales 2026;
Que, en ese sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del JNE, la ONPE y el RENIEC, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el literal c) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para financiar los gastos preliminares 2025 de las Elecciones Generales 2026, Elecciones Regionales y Municipales 2026 y las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados 2026, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con lo dispuesto en el literal c) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
CATEGORIA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia : 247 287 047,00
GASTO DE CAPITAL
2.0 Reserva de Contingencia : 252 712 953,00
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TOTAL EGRESOS 500 000 000,00
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A LA:
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 031 : Jurado Nacional de Elecciones
UNIDAD EJECUTORA 001 : Jurado Nacional de Elecciones
CATEGORIA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos
ACTIVIDAD 5004886 : Procesos Electorales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales : 36 677 724,00
2.3 Bienes y servicios : 32 148 776,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros : 1 173 500,00
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TOTAL PLIEGO 031 70 000 000,00
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PLIEGO 032 : Oficina Nacional de Procesos Electorales
UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina Nacional de Procesos Electorales
CATEGORIA PRESUPUESTAL 0125 : Mejora de la eficiencia de los procesos electorales e incremento de la participación política de la ciudadanía
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales : 1 878 040,00
2.3 Bienes y servicios : 34 420 400,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros : 1 323 480,00
PRODUCTO 3000654 : Proceso electoral oportuno y eficiente
ACTIVIDAD 5005020 : Procesos electorales y consultas planificados
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios : 42 073 564,00
2.4 Donaciones y transferencias 4 700 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros : 234 087 273,00
ACTIVIDAD 5005021 : Personas capacitadas en el proceso electoral
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios : 10 113 193,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros : 5 742 000,00
ACTIVIDAD 5005022 : Población informada sobre el proceso electoral
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios : 14 227 050,00
2.4 Donaciones y transferencias 400 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no
Financieros : 815 600,00
ACTIVIDAD 5005023 : Resultados electorales procesados, computados y gestionados
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios : 90 000,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no
Financieros : 129 400,00
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TOTAL PLIEGO 032 350 000 000,00
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PLIEGO 033 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
UNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
CATEGORIA PRESUPUESTAL 0079 : Acceso de la Población a la Identidad
PRODUCTO 3000217 : Población con Documento Nacional de Identidad
ACTIVIDAD 5001695 : Otorgamiento de Documento Nacional de Identidad
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios : 38 531 171,00
CATEGORIA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos
ACTIVIDAD 5000841 : Gestión Electoral
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y servicios : 32 027 129,00
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros : 9 441 700,00
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TOTAL PLIEGO 033 80 000 000,00
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TOTAL EGRESOS 500 000 000,00
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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitan a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de marzo del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ
Ministro de Economía y Finanzas
2379112-1