Autorizan viaje de miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIóN N° 000051-2025-P/JNE
Lima, 10 de marzo de 2025
VISTOS:
La comunicación del 4 de marzo de 2025, de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa; el Memorando N.° 000029-2025-OCRI/JNE y el Informe N.° 000020-2025-OCRI/JNE, ambos del 6 de marzo de 2025, de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales; y el Informe N.° 000122-2025-DGNAJ/JNE, del 10 de marzo de 2025, de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos; y,
CONSIDERANDO:
Que, por comunicación del 4 de marzo de 2025, dirigido al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones (En adelante, “JNE”), la Directora, Secretaria de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, cursa invitación para que el Presidente del JNE, o la persona que este designe, participe en la 142° Sesión Plenaria de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, que se realizará los días 14 y 15 de marzo de 2025, en la ciudad de Venecia, Italia; por lo que la Presidencia del JNE, mediante Oficio N.° 000145-2025-P/JNE, del 6 de marzo de 2025, expresa que, en representación del JNE, participará el magistrado Aaron Oyarce Yuzzelli, miembro titular del Pleno del JNE;
Que, con Memorando N.° 000029-2025-OCRI/JNE, la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales expresa que el JNE cubrirá los gastos de los pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y traslados del nombrado magistrado;
Que, con la Certificación N.° 00718-2025-DGPID/JNE y la Certificación N.° 00730-2025-DGPID/JNE, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo otorga la certificación de existencia de crédito presupuestario aprobado para el ejercicio fiscal 2025, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, por los importes de S/. 7,168.60 (Siete mil ciento sesenta y ocho con 60/100 soles) y S/. 8,177.80 (Ocho mil ciento setenta y siete con 80/100 soles), a fin de cubrir gastos de pasajes aéreos y viáticos, respectivamente;
Que, la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos, en el Informe N.° 000122-2025-DGNAJ/JNE, considera relevante la participación de un representante del JNE, en la 142° Sesión Plenaria de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, a fin de que se elabore un dictamen sobre el proyecto de reforma constitucional del artículo 99 de la Constitución Política del Perú, relacionado a la rendición de cuentas de los miembros de los órganos electorales del Perú, considerando además que, tal como lo manifiesta la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales en el Informe N° 000020-2025-OCRI/JNE, la presencia del JNE en la 142° Sesión Plenaria de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, es sumamente relevante por las siguientes razones:
(i) En el marco de la realización de procesos electorales justos, libres y competitivos, resulta trascendental la existencia y participación de organismos electorales independientes de cualquier otro poder del Estado.
(ii) La Comisión de Venecia es un organismo consultivo internacional en materia constitucional, por lo que la presencia del JNE en dicha reunión es esencial para exponer vulneraciones a la independencia, y buscar recomendaciones técnicas y legales que fortalezcan la autonomía del sistema electoral.
(iii) La participación del JNE reforzaría el compromiso del Estado peruano con los principios de independencia y autonomía de los organismos del sistema electoral.
(iv) Permitirá al Estado peruano reforzar su compromiso con la democracia representativa, un principio esencial de la política exterior peruana, en concordancia con la Carta Democrática Interamericana y otros instrumentos internacionales.
(v) Una colaboración activa con la Comisión de Venecia proyecta al Perú como un Estado comprometido con la transparencia, la legalidad y la independencia de sus instituciones. Esta es una oportunidad para recibir recomendaciones que permitan fortalecer el sistema electoral peruano ante la comunidad internacional.
Que, conforme a ello, la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos concluye que es viable que la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones, por ser la máxima autoridad administrativa, autorice el viaje del magistrado Aaron Oyarce Yuzzelli, en comisión de servicios, y le conceda licencia con goce de haber, por el periodo del 12 al 16 de marzo de 2025, y así pueda participar en la 142° Sesión Plenaria de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa;
Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prevé que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
En uso de las atribuciones de las que está investida esta Presidencia;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del magistrado Aaron Oyarce Yuzzelli, miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, y la respectiva licencia con goce de haber, por el periodo comprendido del 12 al 16 de marzo de 2025, a fin de que participe en la 142° Sesión Plenaria de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, que se realizará los días viernes 14 y sábado 15 de marzo de 2025, en la ciudad de Venecia, Italia.
Artículo Segundo.- Esta entidad cubrirá los gastos del miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, según el siguiente detalle:
Pasajes aéreos: S/. 7,168.60 (Siete mil ciento sesenta y ocho con 60/100 soles).
Viáticos: S/. 8,177.80 (Ocho mil ciento setenta y siete con 80/100 soles).
Artículo Tercero.- La presente resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente decisión a la Dirección General de Recursos y Servicios y al interesado, para su conocimiento y los fines consiguientes.
Artículo Quinto.- El magistrado, miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en el plazo de quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje remitirá un informe detallado sobre las actividades realizadas.
Artículo Sexto.- La presente resolución se publica en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ROLANDO BURNEO BERMEJO
Presidente
2378967-1