Ordenanza que aprueba derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaral

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 003-2025-MPH-CM

Huaral, 28 de enero de 2025

EL CONCEJO PROVINCIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL

VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de enero de 2025, aprobado con Acuerdo de Concejo Nº 011-2025-MPH, el Informe Técnico Nº 093-2024-OPM-OGPP/MPH de la Oficina de Planeamiento y Modernización, Memorándum Nº 3572-2024-OGPP/MPH Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Informe Legal Nº 703-2024-MPH/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Dictamen Nº 007-2025-MPH-CAEYP-CM, respecto a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4) de la Constitución Política del Perú;

Que, el numeral 36.3 del Artículo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, y modificatorias, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad;

Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que, en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal;

Que, los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, y modificatorias, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario oficial El Peruano, en tanto que el TUPA y la norma de aprobación o modificación, se publican obligatoriamente en el portal web del Diario Oficial el Peruano en la misma fecha de publicación de la norma en el diario y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano y en la respectiva sede digital de la entidad;

Que, la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – en su artículo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser aprobados por Ordenanza Municipal;

Que, mediante Informe Técnico Nº 093-2024-OPM-OGPP/MPH de fecha 17 de diciembre de 2024, la Oficina de Planeamiento y Modernización, ha elaborado el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Huaral, a través del cual se aprueban los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA, contando para ello con la opinión favorable, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Memorándum Nº 3572-2024-OGPP/MPH e Informe Legal Nº 703-2024-MPH/OGAJ, asimismo la conformidad de la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por Concejo Municipal;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite lectura y aprobación del Acta, aprobó por MAYORÍA la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA DERECHOS DE TRAMITACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD, CONTENIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL

Artículo Primero.- Aprobación del TUPA

APRUÉBESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial de Huaral, el cual compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que incluye base legal, requisitos, plazos, calificación, entre otros elementos del trámite y que como Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza; ello, según lo establecido en el numeral 36.3 del artículo 36º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y modificatorias.

Artículo Segundo.- Aprobación de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenido en el TUPA.

APRUÉBESE los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que se compendian en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huaral, conforme se detalla en el Anexo “Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Huaral”, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- Exigibilidad de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenido en el TUPA.

Dispóngase que los derechos de tramitación a los que se hace referencia el artículo segundo, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- Publicidad

La presente Ordenanza será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la presente Ordenanza y el Anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados en el Portal del Diario Oficial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral.gob.pe).

Artículo Quinto.- La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados en los artículos precedentes.

Artículo Sexto.- DERÓGUESE la Ordenanza Municipal Nº 002-2021-MPH, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativo (TUPA), de la Municipalidad Provincial de Huaral.

Artículo Sétimo.- Encargar el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y sus anexos, a todas los Órganos y Unidades Orgánicas que integran la Municipalidad Provincial de Huaral.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

FERNANDO JOSÉ CÁRDENAS SÁNCHEZ

Alcalde

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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