Autorizan la ejecución de la encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2025”, dirigida a todas las empresas pesqueras industriales y acuícolas a nivel nacional
Resolución Jefatural
Nº 046-2025-INEI
Lima, 25 de febrero de 2025
Visto el Oficio Nº 00000019-2025-PRODUCE/OGEIEE, de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, y el Oficio Nº 001088-2025-INEI/DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y el Informe Nº 010-2025-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas a Empresas y Establecimientos de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el organismo central y rector del Sistema Estadístico Nacional responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadísticas oficiales del país;
Que, el artículo 9 del mismo cuerpo normativo, establece que el INEI tiene entre otras funciones, coordinar y/o ejecutar la producción de las estadísticas básicas a través de los censos, encuestas por muestreo y registros administrativos del sector público, así como mantener actualizada la cartografía censal;
Que, de acuerdo al artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del INEI aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI, es el órgano técnico normativo, encargado de conducir los levantamientos censales nacionales y las encuestas oficiales multisectoriales;
Que, el Ministerio de la Producción tiene entre sus funciones recopilar, procesar y difundir información estadística mensual de la actividad productiva desarrollada por las empresas industriales y acuícolas del subsector Pesquería y Acuicultura, que permita proporcionar información que muestre el comportamiento económico coyuntural y servir de apoyo para la toma de decisiones en materia de su competencia;
Que, mediante documento del visto de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, con la finalidad de obtener información estadística básica del desarrollo productivo-económico del subsector Pesquería y Acuicultura, solicita autorización para ejecutar la encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2025”, la cual será dirigida a todas las empresas pesqueras industriales y acuícolas. Además, será de periodicidad mensual, cuya cobertura geográfica es a nivel regional y nacional, tanto para el nivel marítimo como continental;
Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas mediante Oficio Nº 001088-2025-INEI/DNCE remite el Informe Nº 010-2025-INEI-DNCE/DECEEE de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas a Empresas y Establecimientos, informando que se ha analizado la cobertura geográfica, temática, el objeto a investigar, periodicidad, unidad de observación, el método de recolección de datos, validando el procedimiento metodológico remitida por la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, finalizando que la información presentada cuenta con la validación de la Dirección Ejecutiva de Censos y Encuestas de Empresas y Establecimientos para la ejecución de la encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2025”, a nivel nacional, que estará a cargo de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción;
Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2025”, dirigida a todas las empresas pesqueras industriales y acuícolas, cuya periodicidad es mensual y cobertura geográfica es a nivel regional y nacional, tanto para el nivel marítimo como continental, la cual cuenta con los documentos metodológicos, resultando pertinente fijar el plazo máximo de la entrega de la información, así como aprobar los formularios por actividad productiva, para efectos de lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI;
Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, la visación de la Sub - Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2025”, dirigida a todas las empresas pesqueras industriales y acuícolas a nivel nacional, a cargo de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción.
Artículo 2.- Aprobar los formularios de la encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2025” que forman parte de la presente Resolución Jefatural, según detalle:
- Formulario Nº 1: Estadística Pesquera Mensual, Empresa de Transformación: ENLATADO.
- Formulario Nº 2: Estadística Pesquera Mensual, Empresa de Transformación: CONGELADO.
- Formulario Nº 3: Estadística Pesquera Mensual, Empresa de Transformación: CURADO.
- Formulario Nº 4: Estadística Pesquera Mensual, Empresa de Transformación: HARINA Y ACEITE.
- Formulario Nº 5-A: Estadística Pesquera Mensual, Empresa dedicada a la crianza: ACTIVIDAD DE ACUICULTURA de Mediana, Gran Empresa, Micro y Pequeña Empresa.
- Formulario Nº 5-B: Estadística Pesquera Mensual, Empresa dedicada a la crianza: ACTIVIDAD DE ACUICULTURA de recursos limitados.
Artículo 3.- Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información requerida, obtendrán el formulario electrónico según la actividad productiva, visitando el Portal Institucional del Ministerio de la Producción http://www.produce.gob.pe.
Artículo 4.- Los formularios debidamente absueltos serán remitidos a la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, a través de la dirección de correo electrónico indicado en cada uno de los formularios según la actividad productiva dentro de los primeros siete (07) días calendario posteriores al mes vencido. La constancia de presentación respectiva de la información se podrá imprimir una vez remitida la información vía Internet y consolidada por el Ministerio.
Artículo 5.- De manera excepcional y por un tiempo determinado, las empresas que no tengan facilidad de acceso a Internet, previa coordinación con la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, podrán solicitar el envío del formulario físico a las direcciones de correo electrónico que se registra en cada uno de los formularios según actividad productiva, o comunicarse al Ministerio de la Producción en Lima al 616-2222, anexos 3333, 3337 y 3327; o las respectivas Direcciones Regionales de la Producción.
Artículo 6.- Las personas naturales y jurídicas indicadas en el artículo 1 de la presente, que incumplan con la presentación de los formularios debidamente diligenciados de la Encuesta “Estadística Pesquera Mensual 2025” en los términos y el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas, conforme a las sanciones dispuestas por los Arts. 87, 89 y 90 del Decreto Supremo. Nº 043-2001-PCM, el cual precisa que el pago de la multa no exime de la presentación de la información.
Regístrese y comuníquese.
GASPAR HUMBERTO MORÁN FLORES
Jefe
2378678-1