Designan secretario técnico titular y secretaria técnica suplente de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada
Corte Superior Nacional
de Justicia Penal Especializada
Presidencia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 000202-2025-P-CSNJPE-PJ
Lima, 7 de marzo del 2025
ANTECEDENTES:
I. A través del Oficio Nº 000592-2025-OAD-CSNJPE-PJ de fecha 05 de marzo de 2025, la Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada -en adelante CSN- adjunta el Informe Nº 000068-2025-AFST-CSNJPE-PJ en donde se propone la designación del secretario técnico titular y suplente de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la CSN;
II. Mediante Resolución Administrativa Nº 000170-2025-P-CE-PJ de fecha 27 de febrero de 2025, emitida por la Presidencia de la CSN dispuso dejar sin efecto diversas resoluciones administrativas, a fin de proseguir con las actividades descritas en el calendario actualizado de implementación de actividades para el proceso de estructuración en las áreas administrativas de la CSN;
III. A través de la Resolución Administrativa Nº 000935-2024-P-CSNJPE-PJ de fecha 03 de diciembre de 2024, la Presidencia de la CSN dispuso, entre otros, aprobar la implementación de la Organización, Funciones y Estructura de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, establecida en la Resolución Administrativa Nº 000253-2022-CE-PJ propuesta por la Oficina de Administración de la CSN a través del Oficio Nº 002986-2024-ADM-CSNJPE-PJ, así como del Informe Nº 00044-2024-APD-ADM-CSNJPE-PJ de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la CSN.
FUNDAMENTOS:
1. Sobre el régimen disciplinario: el artículo primero del Título Preliminar de la Ley Nº 30057 -Ley del Servicio Civil- de fecha 03 de julio de 2013 publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 04 de julio de 2013 señala que tiene como objeto establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado. En su Novena Disposición Complementaria Final se estableció que las disposiciones sobre régimen disciplinario entrarían en vigencia en la fecha que se promulgue su norma reglamentaria. Es así que a partir de la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” el 13 de junio de 2014 del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM -Reglamento de la Ley Nº 30057- se encuentra vigente el Título V referido al Régimen Disciplinario y al Procedimiento Sancionador.
2. Mediante la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/GPGSC aprobado por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 24 de marzo de 2015, en lo que se refiere al ámbito de aplicación, desarrolla las reglas procedimentales y sustantivas del régimen disciplinario y procedimiento sancionador aplicable a todos los servidores y ex servidores de los regímenes regulados bajo los Decretos Legislativos Nº 276, 728, 1057 y Ley Nº 30057 con las exclusiones establecidas en el artículo 90 del Reglamento.
3. Sobre la Secretaría Técnica: el artículo 94 del Reglamento de la Ley Nº 30057 señala que: “Las autoridades de los órganos instructores del procedimiento disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores. Estos servidores, a su vez, pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares. De preferencia serán abogados y son designados mediante resolución del titular de la entidad”. En tal sentido, dicho cargo es designado por la Presidencia de la CSN.
4. Sobre el reordenamiento administrativo de la CSN: a través de la Resolución Administrativa Nº 000170-2025-P-CSNJPE-PJ, de fecha 27 de febrero de 2025, esta Presidencia de Corte dispuso dejar sin efecto el listado de Resoluciones Administrativas de designación de las áreas administrativas de la CSN, a fin de proseguir con las actividades descritas en el calendario actualizado de implementación de actividades para el proceso de estructuración en las áreas administrativas de la CSN, los cuales pertenecían a un ordenamiento administrativo anterior; entre las cuales, se dejó sin efecto la Resolución Administrativa Nº 000098-2024-P-CSNJPE-PJ, que designaba al Secretario Técnico Titular y a la Secretaria Técnica Suplente de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la CSNJPE.
5. En ese sentido, en virtud del proceso de estructuración en las áreas administrativas de la CSN, resulta necesario realizar la designación del secretario/a técnico/a de los Procesos Administrativos Disciplinarios de la CSN. Igualmente, en caso que dicho secretario técnico fuese denunciado, procesado o se encuentre en alguna de las causales de abstención del artículo 88 de la Ley de Procedimiento Administrativo General se debe designar a un secretario/a técnico/a suplente para el correspondiente procedimiento.
6. La Presidencia es el órgano de dirección de la CSN y representa al Poder Judicial en el territorio nacional, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10 del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa Nº 318-2018-CE-PJ, con observancia del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con las consideraciones invocadas;
SE RESUELVE:
Primero.- DESIGNAR en vía de regularización al servidor judicial Freddy Hugo Alfredo Pozo Madrid como secretario técnico titular de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, con efectividad desde el 28 de febrero de 2025.
Segundo.- DESIGNAR en vía de regularización a la servidora judicial María Elena Pangalima como secretaria técnica suplente de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, con efectividad desde el 28 de febrero de 2025.
Tercero.- DISPONER que todas las áreas administrativas y órganos jurisdiccionales de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada brinden las facilidades que se necesiten para el cumplimiento de las funciones de la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios.
Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución de los jueces de todas las instancias, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, de la Gerencia de Administración y Finanzas, de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, de la Gerencia de Informática, de la Gerencia de Planificación, de la Gerencia de Imagen y Comunicaciones, de la Oficina de Administración de la CSN, de la Administración del Módulo del CPP, de los servidores mencionados, así como del personal jurisdiccional y administrativo, para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese donde corresponda.
JHONNY HANS CONTRERAS CUZCANO
Presidente de la Corte Superior Nacional
de Justicia Penal Especializada
2378502-1