Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Cañete a Guatemala, en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE CAÑETE

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

Nº 067-2025-UNDC-CO/P

Cañete, 6 de marzo de 2025

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE

VISTOS:

El PROVEÍDO N° 654380-2025 de fecha 06 de marzo de 2025 emitido por la Presidencia de Comisión Organizadora; INFORME N° 095-2025-UNDC/VPA de fecha 05 de marzo de 2025 emitido por la Vicepresidencia Académica; INFORME N° 247-2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 04 de marzo de 2025 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; INFORME N° 073-2025-UNDC/PCO/OPP/UPPM de fecha 04 de marzo de 2025 emitido por la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; OFICIO N° 070-2025-UNDC/VPA/FCA/DAA de fecha 04 de marzo de 2025 emitido por el Departamento Académico de Agronomía; INFORME N° 006-2025-BLT-EPAFCA-UNDC de fecha 26 de febrero de 2025 presentado por la Docente Ordinaria, Betsabé León Ttacca, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley;

Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de 22.11.2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modificado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “Créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete;

Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”;

Que, mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2022-MINEDU y N° 055-2024-MINEDU, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por los académicos: Dr. Arnulfo Ortega Mallqui, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, como Vicepresidenta Académica y Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, como Vicepresidenta de Investigación;

Que, el artículo 60° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, establecen que el Rector en el presente caso el Presidente de la Comisión Organizadora es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto;

Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, estableciendo que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el Diario Oficial “El Peruano”, con anterioridad al viaje; en cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad;

Que, los numerales 6.3.1 y 6.3.2 del punto 6.3 de la Directiva para otorgamiento de viáticos y pasajes para viajes en comisión de servicios y reconocimiento de reembolsos por comisión de servicios de la Universidad Nacional de Cañete, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 061-2017-UNDC, señala que la autorización de viaje al exterior de país en comisión de servicios que ocasione gastos al Estado Peruano, serán autorizados mediante Resolución Presidencial y deberá estar sustentada en el interés especifico de la Universidad, indicando expresamente el motivo de viaje, numero de días de duración de viaje, el monto de los gastos de viatico, desplazamiento (movilidad) y tarifica CORPAC. La Resolución Presidencial deberá ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, mediante Oficio N° 070-2025-UNDC/VPA/FCA/DAA de fecha 04.03.2025, el Responsable(e) del Departamento Académico de Agronomía, da a conocer a VPA que la Dra. Betsabé León Ttacca, Docente Principal a Tiempo Completo, adscrito al Departamento Académico de Agronomía, ha sido invitado a participar en el Curso Internacional titulado: “Adaptación del control de plagas y enfermedades de cultivos a las condiciones del cambio climático”, evento que es organizado por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA - España) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y se desarrollará en el Centro de Formación de La Antigua - República de Guatemala del 24 al 28 de marzo de 2025; en tal sentido, solicita la autorización correspondiente y los recursos económicos para dicho viaje, por lo que traslada los actuados a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, para su apreciación presupuestal y trámite correspondiente;

Que, la participación de la Dra. Betsabé León Ttacca en el evento señalado en líneas precedentes ayudará a fortalecer en sus competencias en el área de sanidad vegetal y contribuirá en su labor como docente ordinaria e investigadora de la Universidad Nacional de Cañete, ya que como docente ordinaria de esta Casa Superior de Estudios tiene el derecho de capacitarse y recibir los viáticos correspondientes conforme lo señala el artículo 184° del Estatuto Universitario vigente;

Que, con Informe Nº 247-2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 04.03.2025, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, sustentándose en el Informe N° 073-2025-UNDC/PCO/OPP/UPM del Analista de Presupuesto, garantiza el financiamiento del presente viaje de la Dra. Betsabé León Ttacca, al exterior, señalando que los gastos que se efectuarán serán con cargo al Presupuesto Institucional del año fiscal 2025 del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, conforme a lo establecido en el artículo 13° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Directiva para otorgamiento de viáticos y pasajes para viajes en comisión de servicios y reconocimiento de reembolsos por comisión de servicios de la Universidad Nacional de Cañete, por lo que remite el presupuesto detallado:

DESCRIPCIÓN

PRESUPUESTO (S/)

PASAJES AÉREOS (IDA Y VUELTA)

: S/ 3,965.00

PASAJES TERRESTRE (CAÑETE - LIMA Y VICEVERSA)

: S/ 50.00

VIÁTICOS X 7 DÍAS (DEL 23 AL 29 DE MARZO DE 2025)

: S/ 1,476.00

TOTAL

: S/ 5,491.00

Que, mediante Informe N° 095-2025-UNDC/VPA de fecha 05.03.2025, la Vicepresidencia Académica, solicita que mediante acto resolutivo se autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la Dra. Betsabé León Ttacca, para que participe en el Curso Internacional titulado: “Adaptación del control de plagas y enfermedades de cultivos a las condiciones del cambio climático”, que se desarrollará en el Centro de Formación de La Antigua - República de Guatemala del 24 al 28 de marzo de 2025;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación de la Dra. Betsabé León Ttacca, durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país del 23 de marzo de 2025, así como su retorno el 29 de marzo de 2025;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 32185 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, sobre medidas en materia de bienes y servicios, establece que durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52° de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, con Proveído N° 654380-2025 de fecha 06.03.2025, la Presidenta(e) de la Comisión Organizadora deriva los actuados a la Secretaria General para la emisión de acto resolutivo correspondiente;

Que, mediante Resolución Presidencial N° 065-2025-UNDC-CO/P de fecha 05.03.2025, se encargó el despacho de Presidencia de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete a la Dra. Marcia Adriana Ibérico Diaz, Vicepresidenta Académica, para que ejerza las funciones y atribuciones correspondientes en ausencia del Presidente de la Comisión Organizadora, para el día 06 de marzo de 2025;

Que, estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias; Resolución Viceministerial Nº 069-2022-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete y demás normas concordantes;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios de la Dra. Betsabé León Ttacca, para que participe en el Curso Internacional titulado: “Adaptación del control de plagas y enfermedades de cultivos a las condiciones del cambio climático”, que es organizado por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA - España) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y se desarrollará del 24 al 28 de marzo de 2025; en el Centro de Formación de La Antigua - República de Guatemala así como autorizar su salida del país del 23 de marzo de 2025 y su retorno el 29 de marzo de 2025.

Artículo Segundo.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos, y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo primero de la presente Resolución, son cubiertos con cargo al presupuesto institucional 2025 del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, de acuerdo al siguiente detalle:

DESCRIPCIÓN

PRESUPUESTO (S/)

PASAJES AÉREOS (IDA Y VUELTA)

: S/ 3,965.00

PASAJES TERRESTRE (CAÑETE - LIMA Y VICEVERSA)

: S/ 50.00

VIÁTICOS X 7 DÍAS (DEL 23 AL 29 DE MARZO DE 2025)

: S/ 1,476.00

TOTAL

: S/ 5,491.00

Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la Dra. Betsabé León Ttacca, debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.

Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.

Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en el portal de transparencia de la Nacional de Cañete.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

MARCIA ADRIANA IBERICO DÍAZ

Presidenta(e) de la Comisión Organizadora

KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE

Secretario General

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