Aprueban transferencia de recursos económicos a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 020-2025-GRA/GR
Huaraz, 6 de marzo de 2025
VISTO:
El Oficio Nº 000022-2025-CG/VGEIC, de fecha 14 de enero de 2025; Oficio Nº 0064-2025-GRA-GRPPAT, de fecha 24 de enero de 2025; Informe Presupuestal Nº 0432025-GRA-GG-GRPPAT/SGP, de fecha 24 de enero de 2025; Informe Legal Nº 932025-GRA/GRAJ, de fecha 29 de enero de 2025; oficio Nº 38-2025-GRA/GR, de fecha 03 de febrero de 2025, Acuerdo de Consejo Regional Nº 24-2025-GRA/CR, de fecha 06 febrero de 2025, y demás antecedentes;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, así como, en concordancia con lo previsto en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, Ley Nº 27902, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;
Que, mediante Oficio Nº 000022-2025-CG/VGEIC, de fecha 15 de enero de 2025, el Vice contralor de la Gestión Estratégica Integridad y Control de la Contraloría General de la República, requiere al Gobernador Regional de Ancash, transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, que en virtud de lo dispuesto en la ley Nº 30742 - Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la oficina de Administración y del Jefe de la oficina de Presupuesto, conforme al anexo,
1. Realizar la transferencia de la retribución económica mediante el SIAF, relacionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades RUC 20603348541, de acuerdo al siguiente detalle:
CONCEPTO |
MONTO A TRANSFERIR S/. |
PLAZO PARA EFECTUAR LA TRANSFERENCIA |
100% Retribución económica (incluye IGV) del periodo 2024 |
533,341.00 |
Dentro de los diez (10) días hábiles a partir del día siguiente de la recepción del presente oficio. |
(…)
2. Efectuar el pago del derecho de designación en la cuenta corriente de la Unidad Ejecutora 002 de la CGR – Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades Nº 00068-379121 del Banco de la Nación CCI: 018-068-00006837912174, RUC 20603348541, según el detalle siguiente:
CONCEPTO |
MONTO A TRANSFERIR S/. |
PLAZO PARA EFECTUAR LA TRANSFERENCIA |
Derecho de designación por los periodos 2024 |
S/. 27,119.00 |
Dentro de los diez (10) días hábiles a partir del día siguiente de la recepción del presente oficio. |
Que, cabe mencionar que el art. 3º de la Ley Nº 30742 - LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL, modifica diversos artículos de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, entre ellas, el art. 20º, quedando redactado bajo los siguientes términos:
“Artículo 20.- Sociedades de auditoría
Las sociedades de auditoría, para efectos de esta ley, son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas.
Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego.
Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web.
El proceso de designación y contratación de las sociedades de auditoría, el seguimiento y evaluación de informes, las responsabilidades, así como su registro, es regulado por la Contraloría General.”
Que, estando a lo dispuesto en la norma precitada, a través del Oficio Nº 00642025-GRA-GRPPAT, de fecha 24 de enero de 2025, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a la Gerencia General Regional, el Informe Presupuestal Nº 043-2025-GRA-GRPPAT/SGP, de fecha 24 de enero de 2024, del Sub Gerente de Presupuesto, quien luego de la evaluación y análisis correspondiente, emite informe favorable de disponibilidad presupuestal, por el monto de S/.560,460.00 en la Meta 112 – Gerencia Regional de Administración, con Fuente de Financiamiento 02. Recursos Directamente Recaudados, en la especifica de gasto 2.4.13.11 (A otras Unidades del Gobierno Nacionales); concluyendo la Sub Gerencia de Presupuesto con opinión favorable y la disponibilidad presupuestal para la transferencia financiera a la Unidad Ejecutora 002-1698: GESTIÓN DE PROYECTOS Y FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES. Asimismo, recomienda que la Gerencia Regional de Administración deberá proceder con los trámites correspondientes para la transferencia financiera, siguiendo lo establecido en el art. 20º.- Sociedad de Auditoría de la Ley Nº 30742 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL;
Que, es importante señalar que el tercer párrafo del art. 20º de la Ley Nº 27785, modificado por el art. 3º de la Ley Nº 30742, establece que: “Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano y el Acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”;
Que, mediante Informe Legal Nº 93-2025-GRA/GRAJ, del 29 de enero de 2025, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es procedente la transferencia financiera por la suma de S/. 560,460.00 (QUINIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 SOLES) en la fuente de Financiamiento 02 Recursos Directamente Recaudados, del Gobierno Regional de Áncash, a favor de la Contraloría General de la República (Unidad Ejecutora 02-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades) para la designación y contratación de una sociedad auditora que efectúe la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024.
Que mediante Oficio Nº 038-2025-GRA/GR, de fecha 03 de febrero de 2025, emitido por el Gobernador Regional de Áncash, se eleva al Consejo Regional el expediente para la aprobación de la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, mediante acuerdo de consejo;
Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº 24-2025-GRA/CR, de fecha 06 de febrero de 2025, acuerdan aprobar la transferencia de recursos económicos por S/. 560,460.00 (QUINIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 SOLES) de la Fuente de Financiamiento 02, Recursos Directamente Recaudados, del GOBIERNO REGIONAL DE ÁNCASH a favor de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (Unidad Ejecutora 002-1698: GESTIÓN DE PROYECTOS Y FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES), para la designación y contratación de una sociedad auditora que efectúe la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024;
Que, en uso de las atribuciones conferidas en el literal d) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y contando con las visas correspondientes;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la transferencia de recursos económicos por S/. 560,460.00 (QUINIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 SOLES), de la Fuente de Financiamiento 02, Recursos Directamente Recaudados, del GOBIERNO REGIONAL DE ÁNCASH a favor de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (Unidad Ejecutora 002-1698: GESTIÓN DE PROYECTOS Y FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES), para la designación y contratación de una sociedad auditora que efectúe la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- NOTIFICAR con la presente resolución a la Contraloría General de la República, para los fines que estime pertinente.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Áncash (www.regionancash.gob.pe), y en el Diario Oficial “El Peruano.”
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General del Gobierno Regional de Ancash, la notificación de la presente Resolución de acuerdo a Ley.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FABIAN KOKI NORIEGA BRITO
Gobernador Regional
2378254-1