Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a las nueve unidades bibliográficas de la producción académica (1953-1989) de María Rostworowski Tovar, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 000066-2025-VMPCIC/MC

San Borja, 4 de marzo del 2025

VISTOS: el Oficio N° 000139-2025-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000091-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación son bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación todo lugar, sitio, paisaje, edificación, espacio o manifestación material o inmaterial relacionada o con incidencia en el quehacer humano, que por su importancia, significado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico, artístico, militar, social, simbólico, antropológico, vernacular o tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico, industrial, intelectual, literario, documental o bibliográfico sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;

Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la norma establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;

Que, además el literal a) del artículo 29 de la sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 002-2024-MC, señala que la Dirección de Protección de las Colecciones es el órgano de línea responsable de identificar, elaborar la propuesta de declaración como patrimonio cultural bibliográfico documental de la Nación y derivarla al Ministerio de Cultura, registrándolo en el Registro Nacional de Material Bibliográfico;

Que, con el Oficio N° 000139-2025-BNP-J, la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú propone la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de nueve unidades bibliográficas de la producción académica (1953-1989) de María Rostworowski Tovar, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú;

Que, a través del Informe Técnico N° 000007-2025-BNP-J-DPC-UGPB, la Unidad Funcional de Gestión del Patrimonio Bibliográfico Documental desarrolla la importancia, el valor y significado de las nueve unidades bibliográficas de la producción académica (1953-1989) de María Rostworowski Tovar, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú;

Que, con el Informe Nº 000039-2025-BNP-J-DPC, la Directora de la Dirección de Protección de las Colecciones, con sustento en el informe técnico citado en el párrafo precedente, recomienda a la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú, la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de las nueve unidades bibliográficas de la producción académica (1953-1989) de María Rostworowski Tovar, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, señalando que presentan importancia, valor y significado para la cultura peruana, al presentar singularidades materiales que realzan su importancia, valor y significado cultural, presentando las condiciones para ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, la importancia, valor y significado de las nueve unidades bibliográficas de la producción académica (1953-1989) de María Rostworowski Tovar radica principalmente en su materialidad, dado que son bienes bibliográficos escasos. Asimismo, las citadas unidades bibliográficas presentan singularidades que las diferencian de otros ejemplares, destacando la dedicatoria autógrafa de María Rostworowski a Raúl Porras Barrenechea, renombrado historiador, diplomático y profesor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Además, los ejemplares son parte de las colecciones particulares de la Biblioteca Nacional del Perú y contienen ex libris, sellos de las colecciones particulares de la citada entidad;

Que, adicionalmente, resalta el valor histórico, social y científico de las obras de María Rostworowski Tovar. Sus libros son un aporte al estudio de las sociedades andinas desde la época incaica hasta fines del siglo XVII del periodo virreinal. Su metodología combina el análisis de fuentes documentales primarias con el trabajo de campo y la aplicación del uso de entrevistas, mapas y topónimos. Esto le permitió explorar las interrelaciones sociales y la geografía de los antiguos habitantes de la costa peruana, así como desentrañar las bases de las sociedades andinas prehispánicas. Estas investigaciones le permitieron dar a conocer los avances tecnológicos y culturales de los pueblos incaicos y costeños, aportando a la comprensión del periodo prehispánico antes de la conquista española. El impacto social de sus obras en la población peruana se evidencia en la trascendencia que ha tenido en el fortalecimiento de la identidad nacional;

Que, por las razones expuestas, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación y, en ese sentido, los informes citados constituyen partes integrantes de la presente resolución, y se adjuntan como anexos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a las nueve unidades bibliográficas de la producción académica (1953-1989) de María Rostworowski Tovar, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, conforme al anexo de la presente resolución.

Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAMER NELSON CHAVEZ ANTICONA

Viceministro de Patrimonio Cultural e

Industrias Culturales

2377565-1