Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor del Instituto Nacional Penitenciario
DECRETO SUPREMO
N° 032-2025-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que con el fin de financiar la implementación de las políticas públicas, se autoriza, excepcionalmente, en el Año Fiscal 2025, a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su Sector, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, entre el respectivo ministerio y las entidades de su sector o entre estas últimas. Dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último;
Que, mediante el Oficio N° 655-2025-JUS/SG, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma de S/ 76 586 770,00 (SETENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Nacional Penitenciario, para financiar la ejecución de los proyectos de inversión “Ampliación de la capacidad de albergue y construcción de áreas complementarias en el complejo penitenciario de Arequipa” con Código Único de Inversión (CUI) N° 2158194 y “Rehabilitación y ampliación integral del establecimiento penitenciario de Pucallpa” con CUI N° 2114085, que contribuyen al cumplimiento de los Lineamientos “Concretar la construcción de megapenales y nuevos establecimientos penitenciarios acordes a estándares internacionales” y “Mejorar Infraestructura y Equipamiento de Establecimientos Penitenciarios que asegure adecuadas condiciones de vida” del Objetivo Prioritario OP.2 “Mejorar las condiciones de vida digna para las personas privadas de libertad” de la Política Nacional Penitenciaria al 2030, aprobada con Decreto Supremo Nº 011-2020-JUS, en el marco de lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 026-2025-JUS/OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del referido Ministerio, con los respectivos sustentos;
Que, mediante el Memorando N° 0073-2025-EF/63.04, que adjunta el Informe N° 0036-2025-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica sobre los proyectos de inversión con CUI N° 2158194 y N° 2114085, señalando que, con base a la información registrada en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, dichos proyectos de inversión no presentan comentarios; se encuentran viables, activos y en la fase de Ejecución, según lo establecido en el numeral 29.1 del artículo 29 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada con Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01; cuentan con registro de expediente técnico y se encuentran incluidos en el Programa Multianual de Inversiones;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 76 586 770,00 (SETENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a favor del Instituto Nacional Penitenciario, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 76 586 770,00 (SETENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Nacional Penitenciario, para financiar la ejecución de los proyectos de inversión “Ampliación de la capacidad de albergue y construcción de áreas complementarias en el complejo penitenciario de Arequipa” con CUI N° 2158194 y “Rehabilitación y ampliación integral del establecimiento penitenciario de Pucallpa” con CUI N° 2114085, en el marco de lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 006 : M. de Justicia y Derechos Humanos
UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración
CATEGORÍA PRESUPUESTAL 0123 : Mejora de las Competencias de la Población Penitenciaria para su Reinserción Social Positiva
PROYECTO 2186942 : Instalación del Servicio de Readaptación Social en el Nuevo Establecimiento Penitenciario de Ica, Distrito de Santiago, Provincia de Ica, Departamento de Ica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 69 999 696,00
CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias Que No Resultan en Productos
PROYECTO 2386055 : Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Defensa Publica y Acceso a la Justicia en la Sede Central de Sullana, Distrito de Sullana de la Provincia de Sullana del Departamento de Piura
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 153 740,00
PROYECTO 2474055 : Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de la Sede Central de Defensa Publica y Acceso a la Justicia de Cajamarca y el Centro de Asistencia Legal Gratuita Qhapac Ñan, Distrito de Cajamarca - Provincia de Cajamarca - Departamento de Cajamarca
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 263 672,00
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SUB TOTAL 74 417 108,00
UNIDAD EJECUTORA 004 : Centros Juveniles
CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones Presupuestarias Que No Resultan en Productos
PROYECTO 2456277 : Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal en el Distrito Judicial Lambayeque - Distrito de Pimentel - Provincia de Chiclayo - Departamento de Lambayeque
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 2 169 662,00
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SUB TOTAL 2 169 662,00
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TOTAL EGRESOS 76 586 770,00
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A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 061 : Instituto Nacional Penitenciario
UNIDAD EJECUTORA 008 : Oficina de Infraestructura Penitenciaria
CATEGORÍA PRESUPUESTAL 0123 : Mejora de las Competencias de la Población Penitenciaria para su Reinserción Social Positiva
PROYECTO 2158194 : Ampliación de la Capacidad de Albergue y Construcción de Áreas Complementarias en el Complejo Penitenciario de Arequipa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 38 337 971,00
PROYECTO 2114085 : Rehabilitación y Ampliación Integral del Establecimiento Penitenciario de Pucallpa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 38 248 799,00
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TOTAL EGRESOS 76 586 770,00
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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de marzo del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ
Ministro de Economía y Finanzas
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
2377293-1