Modifican el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Junta Nacional de Justicia

RESOLUCIÓN Nº 052-2024-P-JNJ

San Isidro, 27 de diciembre de 2024

VISTO:

El Informe N° 303-2024-OPM/JNJ de la Oficina de Planeamiento y Modernización sobre modificación del Reglamento de Organización y Funciones; y,

CONSIDERANDO:

Mediante Resolución Nº 036-2024-P-JNJ se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Junta Nacional de Justicia;

Conforme a lo establecido en el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, el ROF es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;

De acuerdo con el literal c) del numeral 46.1 del Artículo 46 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, corresponde modificar el ROF por reasignación o modificación de funciones, sin que se modifique la estructura orgánica, correspondiendo a la Oficina de Planeamiento y Modernización elaborar la propuesta de modificación y el informe técnico que lo sustenta;

De acuerdo con el informe de visto, la Oficina de Planeamiento y Modernización ha sustentado la necesidad de modificar disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones, para incorporar una función específica sobre la ejecución de acciones relacionadas con el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y el Sistema de Defensa Nacional; asimismo corresponde rectificar en el organigrama la denominación de Oficina de Planificación y Cooperación Técnica por la de Oficina de Planeamiento y Modernización;

De conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 24 de la Ley Nº 30916 - Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y, con los visados de la Directora General y de los jefes de la Oficinas de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Modernización;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el literal t) y adicionar el literal u) del artículo 59° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Junta Nacional de Justicia, aprobado mediante Resolución N° 036-2024-P-JNJ, conforme al siguiente texto:

“Artículo 59°.- Funciones de la Oficina de Administración y Finanzas

Son funciones de la Oficina de Administración y Finanzas:

(…)

“t) Ejecutar las acciones y coordinaciones necesarias para efectivizar las medidas relacionadas con los Sistemas de Seguridad y Defensa Nacional y Gestión de Riesgos de Desastres, conforme a las disposiciones normativas aplicables, dando cuenta a la Dirección General.

u) Realizar otras funciones que le asigne la Dirección General, en el ámbito de su competencia, y otras que le sean dadas por norma expresa”.

Artículo 2.- Rectificar en el organigrama del Reglamento de Organización y Funciones, la denominación de Oficina de Planificación y Cooperación Técnica por la de Oficina de Planeamiento y Modernización, conforme al anexo de organigrama que se adjunta.

Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el portal de transparencia y en el portal institucional de la Junta Nacional de Justicia (www.jnj.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANTONIO HUMBERTO DE LA HAZA BARRANTES

Presidente

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