Aprueban los “COMPROMISOS DE CONVIVENCIA EN LOS CEV y CIAM”

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 003-2025-ALC/MSI

San Isidro, 28 de febrero de 2025

LA ALCALDESA DE SAN ISIDRO

VISTOS: El Informe N° 00086-2025-1510-SSBD-GSBS/MSI de la Subgerencia de Salud, Bienestar y Deporte, el Informe N° 000011-2025-1500-GSBS/MSI de la Gerencia de Salud y Bienestar Social, el Informe N° 066-2025-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica conforme el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 1° de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado, y, en su artículo 2°, que toda persona tiene derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; que toda persona es igual ante la ley, y que nadie debe ser discriminado por ningún motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica, o de cualquier otra índole, y que nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometida a tortura y trato inhumano y humillantes;

Que, de acuerdo con el artículo 104° y literal o) del artículo 105° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por Ordenanza N° 505-MSI y modificatoria, la Gerencia de Salud y Bienestar Social es el órgano de línea encargado de la promoción y fomento de la salud y bienestar de la comunidad, a través de la prestación de servicios de salud, bienestar y deporte, gestionando los programas en beneficio del ciudadano, con la finalidad de crear una cultura de prevención y bienestar en el distrito; estando dentro de sus funciones proponer y ejecutar la normatividad aplicable en los procesos de su competencia;

Que, bajo dicho contexto, mediante el documento del visto, la Gerencia de Salud y Bienestar Social solicita la aprobación de la propuesta de “Compromisos de Convivencia en los CEV y CIAM”, que tiene por objetivo establecer las disposiciones que regularán la convivencia entre vecinos en los Centros de Encuentro Vecinal (CEV) y el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) del distrito de San Isidro;

Que, mediante documento del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, indicando que se encuentra conforme con el ordenamiento jurídico vigente;

Que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y los artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR los “COMPROMISOS DE CONVIVENCIA EN LOS CEV y CIAM”, que en anexo adjunto forma parte del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Salud y Bienestar Social.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del Decreto y su Anexo, en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe.

Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

NANCY R. VIZURRAGA TORREJÓN

Alcaldesa

2376703-1