“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
San Juan de Lurigancho, 26 de febrero de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, en uso de las facultades previstas en el numeral 8 del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias; de conformidad con lo opinado por la Comisión Ordinaria de Administración, Tributos, Planeamiento y Presupuesto a través del Dictamen N° 001-2025-MDSJL/CM-COATPP, del 17 de febrero de 2025, el Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho, por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:
Artículo 1.- APROBAR el Reglamento que regula el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2026 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, el mismo que consta de cinco (05) Capítulos y veintiún (21) Artículos, el que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
PRIMERA. Facultar al alcalde para que mediante decreto de alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza.
SEGUNDA. Dejar sin efecto cualquier disposición interna que contravenga los fines de la presente Ordenanza.
TERCERA. Encargar a Gerencia Municipal, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Desarrollo Humano y demás unidades orgánicas pertinentes, así mismo a los miembros del Equipo Técnico del proceso de presupuesto participativo, el cumplimiento de la presente Ordenanza y su Reglamento.
CUARTA. Encargar a la Oficina General de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza conjuntamente con el Reglamento en el diario oficial “El Peruano”, y a la Oficina General de Gobierno Digital e Innovación en coordinación con la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional.
QUINTA. Los resultados del Presupuesto Participativo serán publicados en el portal institucional (www.munisjl.gob.pe) y en el aplicativo informático del Ministerio de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Artículo 1.- Objeto
El presente Reglamento establece las disposiciones que regulan el procedimiento del Presupuesto Participativo por Resultados de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, estableciendo los mecanismos y procedimientos adecuados para el desarrollo del mismo en concordancia con la norma vigente de la materia.
Artículo 2.- Finalidad
El presente Reglamento tiene por finalidad promover participación activa y concertada de la Sociedad Civil Organizada, Organizaciones e Instituciones Públicas y Privadas del distrito a fin de priorizar sus necesidades, teniendo en consideración los criterios para delimitar proyectos de impacto distrital, y cierre de brechas en el marco del Invierte Pe y lograr el desarrollo del distrito en el marco Plan de Desarrollo Concertado Local; así como, las restricciones presupuestarias propias de la Entidad.
Artículo 3.- Ámbito y Alcance
El presente Reglamento es de aplicación en el ámbito Distrital de San Juan de Lurigancho, conformado por dieciocho (18) comunas; de alcance para la sociedad civil organizada, organizaciones e instituciones públicas y privadas, colegios profesionales ubicados en la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho.
Artículo 4.- Base Legal
El presente Reglamento se sustenta en la siguiente base legal:
- Constitución Política del Perú
- Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias.
- Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatoria.
- Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias.
- Reglamento de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, aprobado con Decreto Supremo N° 142-2009-EF.
- Ley N° 29298, Ley que modifica la Ley 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo.
- Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado con Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01.
- Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y modificaciones.
- Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado con Decreto Supremo N° 284-2018-EF.
- Directiva N° 002-2022-EF/50.1 Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral N° 0005-2022-EF/50.1.
- Decreto Supremo N° 097-2009-EF, que precisa los criterios para delimitar los proyectos por su impacto regional, provincial y distrital. Modificado por el Decreto Supremo N° 132-2010-EF en los artículos 3, 4, 5 correspondiente al Proceso del Presupuesto Participativo.
Artículo 5.- Definiciones
Para efectos del presente reglamento y del proceso, cuando se haga mención a los términos que se señalan a continuación, se refieren a:
Agentes participantes.- Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local (CCLD), miembros del Concejo Municipal y los representantes de la Sociedad Civil identificados para este propósito, que participan con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y de proyectos de inversión durante las fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados.
Brecha.- Es la diferencia entre la oferta disponible optimizada de infraestructura (la cual incluye la infraestructura natural) y/o acceso a servicios públicos y la demanda, a una fecha determinada y ámbito geográfico determinado. Puede ser expresada en términos de cantidad y/o calidad.
Comité de vigilancia.- Es la instancia conformada exclusivamente por agentes participantes de la sociedad civil, encargado de realizar las acciones de vigilancia ciudadana del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados, monitoreando que los acuerdos y compromisos se cumplan.
Equipo Técnico.- Conformado por los profesionales, personal técnico de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho y/o sociedad civil, que tienen la responsabilidad de apoyar en la conducción y monitoreo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, brindando soporte técnico y apoyo en la organización y desarrollo de todas las fases de este proceso.
Plan de Desarrollo Concertado.- Es el instrumento de planeamiento que contiene los acuerdos sobre la visión de desarrollo y objetivos estratégicos de la comunidad en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Sirve de instrumento orientador para identificar, analizar y priorizar los problemas y soluciones a través de los proyectos de inversión.
Presupuesto Participativo.- Proceso que fortalece las relaciones Estado - Sociedad, mediante y por el cual se definen las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad, organizada generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos.
Programa Multianual de Inversiones (PMI).- Contiene el diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura y/o acceso a servicios públicos bajo la responsabilidad funcional de un Sector, o a cargo de un Gobierno Regional (GR) o Gobierno Local (GL). Incluye, en un horizonte mínimo de tres (03) años, la cartera de inversiones a financiarse total o parcialmente con recursos públicos, identificada para lograr el alcance de las metas de producto específicas e indicadores de resultado, asociados a la inversión, que sean consistentes con los objetivos de las brechas identificadas y priorizadas, así como las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual (MMM) vigente.
Sociedad Civil.- Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local.
Taller de Trabajo.- Reunión de trabajo realizadas por el equipo técnico y agentes participantes, donde se identificará y priorizará los de proyectos y la formalización de acuerdos y compromisos, además, de elegir el Comité de Vigilancia de Presupuesto Participativo.
Artículo 6.- Principios Rectores
- Concertación y participación ciudadana.- La Municipalidad de San Juan de Lurigancho a promueve una gestión que se basa en acuerdos interinstitucionales, intersectoriales e intergubernamentales, promoviendo la participación de la ciudadanía en la programación de su presupuesto a través del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados.
- Transparencia y Rendición de cuentas.- La Municipalidad de San Juan de Lurigancho difunde la información relacionada al Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados en su portal de transparencia, así como a través de otros medios de comunicación, con la finalidad de garantizar que la población tenga conocimiento de estos. Del mismo modo, se efectúa la Rendición de Cuentas periódicamente con respecto a los resultados de este proceso.
- Igualdad.- Participación plena sin discriminación, política, ideológica, religiosa, racial, género u otro.
- Tolerancia.- Respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de los agentes.
- Solidaridad.- La Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho a través del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados tiene la disposición para asumir los problemas de los vecinos como propios.
- Respeto a los acuerdos.- La participación de la sociedad civil en el presupuesto participativo se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados, por lo que no pueden ser modificadas unilateralmente.
Artículo 7.- De los Agentes Participantes
Los agentes participantes son las personas que tienen derecho a voz y voto en la discusión y/o toma de decisiones del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados. Es así que, suscriben las actas y demás instrumentos que garantizan la formalidad y transparencia del proceso. Puede estar conformado por:
1. Los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD).
2. Los miembros del Concejo Municipal.
3. Representantes acreditados de las Organizaciones Sociales del distrito de San Juan de Lurigancho, inscritas en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho.
4. Los organismos e instituciones privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, organizaciones no gubernamentales, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias, de productores, de comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, entre otros con presencia en el distrito.
5. Representantes acreditados de las instituciones públicas que desarrollan acciones en el ámbito distrital y designados formalmente para tales fines.
Artículo 8.- Rol de los agentes participantes acreditados
Los Agentes Participantes tienen los siguientes roles:
1. Participar en el taller de capacitación planteando sus necesidades, iniciativas y aportes para la formulación del Presupuesto Participativo.
2. Participar con voz en la discusión y/o toma de decisiones del Presupuesto Participativo
3. Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del Proceso.
4. Proponer proyectos de inversión de impacto distrital, que contribuyan al cierre de brechas.
5. Suscriben las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso.
6. Cumplir con los acuerdos y compromisos asumidos en el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados.
7. Informar a la agrupación social a quienes representan, acerca de la realización y avance del proceso del Presupuesto Participativo.
8. Todos los Agentes Participantes debidamente acreditados deberán participar en el taller de Formalización de Acuerdos y Compromisos.
Artículo 9.- Roles del Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD)
1. Responder a las convocatorias que realiza la autoridad local.
2. Participar y promover activamente el proceso.
3. Apoyar al comité de vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados.
4. Coordinar la incorporación de los proyectos de inversión en el presupuesto institucional.
Artículo 10.- Equipo Técnico
El Equipo Técnico, tiene la misión de brindar soporte en el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados, determinar la metodología y cronograma de trabajo por cada fase y actividad, estableciendo las fechas de su ejecución, el cual será aprobado mediante Decreto de Alcaldía, para el óptimo desarrollo de los talleres de trabajo, además, desarrollar la evaluación técnica previa a la priorización y armonizar la realización de acciones de capacitación a los Agentes Participantes; se encuentra conformado por:
Equipo Técnico |
Cargo |
Jefe de Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización |
Presidente |
Subgerente de Obras Públicas (UF – UEI). |
Secretario Técnico |
Responsable de Oficina de Programación Multianual de Inversiones. |
Miembro |
Jefe de Oficina de Planeamiento y Presupuesto. |
Miembro |
Subgerente de Participación Vecinal. |
Miembro |
Gerente de Desarrollo Urbano. |
Miembro |
Gerente de Orden Público. |
Miembro |
Gerente de Desarrollo Ambiental. |
Miembro |
Gerente de Desarrollo Económico. |
Miembro |
Gerente de Desarrollo Humano. |
Miembro |
Un (01) Representante de la Sociedad Civil debidamente acreditado cuya elección será a cargo de la Subgerencia de Participación Vecinal, además de ser elegido en el taller de capacitación de los agentes participantes |
Miembro |
Artículo 11.- Roles del Equipo Técnico
1. Conducir el Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados.
2. Preparar la información para el desarrollo del taller de capacitación y la formalización de acuerdos.
3. Capacitar a los agentes participantes sobre las distintas fases del proceso y con especial énfasis en la identificación de los problemas sociales más urgentes a ser atendidos.
4. Facilitar la realización de los talleres de trabajo convocados de acuerdo al cronograma aprobado mediante Decreto de Alcaldía.
5. Sistematizar los resultados de los talleres de trabajo.
6. Presentar los criterios de priorización de proyectos de inversión aprobados en el marco de la Programación Multianual de Inversiones (PMI) a los Agentes Participantes en el taller de trabajo de acuerdo al cronograma acordado.
7. Elaborar el Acta de Acuerdos y Compromiso, donde se refleje de manera diferenciada e integrada los compromisos y acuerdos establecidos entre los agentes participantes.
8. Brindar información para la elaboración del documento final del Proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados.
9. Elaborar el documento final del proceso del Presupuesto Participativo, a fin de ser presentado a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.
10. Registrar de manera sistemática el proceso del presupuesto participativo basado en resultados en el Aplicativo del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 12.- Las fases del proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del distrito de San Juan de Lurigancho, se indican a continuación:
1. Preparación. En la cual se realiza la comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación, registro y capacitación de los Agentes Participantes.
2. Concertación. En la que se desarrolla los talleres de trabajo y la formulación de acuerdos y compromisos.
3. Coordinación. En la que se realizara la articulación de políticas y proyectos.
4. Formalización. En la que se efectuará la coordinación para la inclusión de proyectos de inversión al Presupuesto Institucional de Apertura y la Rendición de cuentas.
El desarrollo de las fases se regirá según cronograma establecido el cual será aprobado mediante Decreto de Alcaldía, disponiendo su publicación correspondiente.
Artículo 13.- Fase de Preparación
La fase de preparación del proceso estará a cargo del Equipo Técnico en Coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD, y se realizan las siguientes acciones:
1. Comunicación y Sensibilización
La comunicación sobre el proceso participativo se inicia posteriormente a la publicación de la ordenanza que aprueba el presente reglamento. En esta fase la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho a través de la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Subgerencia de Participación Vecinal desarrollan mecanismos de comunicación a fin de promover la participación responsable de la sociedad civil, así como el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tome en el proceso.
2. Convocatoria
Alcalde de San Juan de Lurigancho en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital, a través de la Subgerencia de Participación Vecinal convoca a la sociedad civil a inscribirse y participar en el Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados, debiendo utilizarse los medios de comunicación que aseguren la participación mayoritaria y amplia de todos los sectores y organizaciones del Distrito.
3. Identificación, Registro y Acreditación de Agentes Participantes
Estas acciones se realizarán dentro de las fechas que se establezcan en el cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados mediante Decreto de Alcaldía. El proceso de inscripción, registro y acreditación de los Agentes Participantes estará a cargo de la Subgerencia de Participación Vecinal, quien es responsable de evaluar la documentación presentada por los vecinos y acreditarlos como agentes participantes. La documentación a presentar es la siguiente:
a) Representantes de Organizaciones Sociales del Distrito de San Juan de Lurigancho.
Para la acreditación de los agentes participantes es necesario ser representante de una organización de la Sociedad Civil, acreditada por la Subgerencia de Participación Vecinal o Registro Públicos; los requisitos que deberán presentar los representantes de la sociedad civil, serán los siguientes:
- Solicitud de registro.
- Resolución vigente de reconocimiento en el RUOS de la organización a la que representan.
- Acta de Asamblea general en el que conste expresamente la designación de un (01) representante.
- Copia del Libro de Actas de la Organización que demuestre ser una organización social y acredite vida institucional no menor de un año previo a la fecha de la solicitud de inscripción.
- DNI del representante designado por la organización.
b) Representantes de personas jurídicas privadas, asociaciones, universidades, organizaciones e instituciones privadas, colegios profesionales que sustenten domicilio dentro del distrito:
- Carta de presentación de la institución en la que conste expresamente la designación de un (01) representante.
- DNI del representante designado por la institución.
c) Representantes de instituciones públicas que desarrollen acciones en el ámbito del distrito de San Juan de Lurigancho y designados formalmente para tales fines:
- Carta de presentación de la entidad en la que conste expresamente la designación de un (01) representante.
- DNI del representante designado por la entidad.
4. Proceso de Inscripción
Los documentos y requisitos señalados en el artículo anterior, son de carácter obligatorio, y deberán ser presentados a la Subgerencia de Participación Vecinal, a fin que proceda a elaborar el listado por eje zonal y su publicación.
Las personas que tengan alguna observación en su solicitud de inscripción, tendrán un plazo no mayor de Dos (02) días hábiles, contados a partir de la fecha de realizada la observación correspondiente, para absolverla.
Vencido el plazo anterior, se realizará la publicación de la lista definitiva de Agentes Participantes del Proceso de Presupuesto Participativo por Resultados.
5. Libro de Registro de Participantes
Una vez concluida la etapa de registro de los Agentes Participantes, la Subgerencia de Participación Vecinal procederá a evaluar cada inscripción y registrar en el Acta de Inscripción del Libro – Registro de los Agentes Participantes del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados, la relación de los participantes inscritos, para su posterior publicación de acuerdo al cronograma.
6. Publicación y Acreditación de Agentes Participantes
La subgerencia de Participación Vecinal, emitirá a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el informe de actividades realizadas en la fase de convocatoria y resultados finales, el cual se publicará en la página web oficial de la institución a través de la Subgerencia de Participación Vecinal y Oficina General de Gobierno Digital e Innovación. A los Agentes Participantes hábiles, se les expedirá una credencial en el Taller de capacitación de Agentes Participantes.
7. Taller de Capacitación de los Agentes Participantes
Se desarrollará a través de talleres de capacitación dirigido a los Agentes Participantes acreditados, con la finalidad de darles a conocer la normativa básica y el manejo de los instrumentos de reconocimiento y priorización de problemas actuales del distrito, relacionados al Presupuesto Participativo y al Sistema Nacional de Programación y Gestión de Inversiones.
Para ello, es necesario disponer lo siguiente:
a) Todos los talleres se realizarán de acuerdo al cronograma de actividades aprobado mediante Decreto de Alcaldía, toda precisión o modificación del mismo modo, será formalizado por Decreto de Alcaldía y comunicado a través de la página web https://web.munisjl.gob.pe/web/ con la debida anticipación.
b) Los contenidos que se presenten en los talleres del proceso serán de conocimiento público. Al finalizar la capacitación, se procederá a la elección del representante de la sociedad civil para conformar el Equipo Técnico.
Artículo 14.- Fase de Concertación
Comprende el trabajo concertado del Equipo Técnico y la Sociedad Civil para la identificación de los problemas, evaluación técnica de las posibles soluciones y la priorización de proyectos propuestos que contribuyan al logro de cierres de brechas, sobre todo de aquellos sectores con mayores necesidades, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe), la misma comprende las siguientes actividades:
1. Talleres de Trabajo
Los talleres de trabajo son reuniones conjuntas del Equipo Técnico y Agentes Participantes, donde se identifican, analizan y priorizan los problemas y soluciones a través de proyectos de inversión; sobre la base de la visión, misión y objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado Local. Para el mecanismo de discusión en el desarrollo de taller de trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo, se tomará en cuenta lo siguiente:
a) Se contará con un Moderador o Facilitador, quien conducirá el desarrollo del taller.
b) Las intervenciones se efectuarán a mano alzada previa identificación de los Agentes Participantes.
c) La participación se realizará sobre la agenda establecida, por espacio de tres (03) minutos.
d) Se elaborará un rol de preguntas o intervenciones.
e) La decisión final se aprobará por consenso de los Agentes Participantes.
2. Desarrollo de Talleres
a) Taller de Rendición de Cuentas. Corresponde al anterior Ejercicio Fiscal, constituye el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho y la Sociedad Civil.
b) Taller de identificación de problemas y Elección del Comité de Vigilancia Este taller tiene como objetivo orientar a la población en la problemática y resultados para el desarrollo del distrito, en los siguientes ejes de desarrollo siguientes: eje ambiental, eje urbano, eje desarrollo económico, eje de seguridad ciudadana, eje social, entre otros. Culminado el taller, se llevará a cabo la elección del comité de vigilancia.
3. De la presentación de la ficha de proyecto y asistencia técnica
Los agentes participantes presentarán sus fichas de acuerdo al formato establecido por el equipo técnico, en esta etapa los agentes participantes recibirán asistencia técnica por parte de la Unidad Formuladora de la Entidad por un periodo de 5 días hábiles.
4. De la Evaluación Técnica
El Equipo Técnico realiza la evaluación técnica y asignación de puntaje a las propuestas de las inversiones presentadas de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos. Luego de ello, define las propuestas de inversión viables y no viables. Las propuestas que se ajustan a los criterios se ordenan por eje de desarrollo de mayor a menor puntaje y en talleres de trabajo los agentes participantes emiten su voto de acuerdo a los mecanismos establecidos.
5. Inspección in situ de iniciativas. Previa a la puntuación de las fichas, el equipo técnico visitará el lugar donde se realizaría la ejecución de las propuestas de proyecto presentadas, a fin de reconocer las condiciones necesarias para su viabilidad.
Artículo 15.- Fase de Coordinación
La Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho a través de sus respectivas autoridades, efectúa las coordinaciones con los diferentes niveles de gobierno, que sean necesarias para definir acciones de intervención en el ámbito de sus competencias, a fin de armonizar políticas en base a intereses de desarrollo de la población.
Artículo 16.- Fase de Formalización
En esta fase se formaliza acuerdos y compromisos adoptados en el proceso del presupuesto participativo de la Municipalidad Distrital San Juan de Lurigancho, mediante el acta respectiva.
16.1 Respecto a las actividades que comprende:
1. Taller de Priorización de Iniciativas Presentadas. En este taller los Agentes Participantes priorizarán los proyectos de inversión que han sido declarados viables y calificados por el Equipo Técnico, tomando en cuenta los criterios de evaluación establecidos en dicho proceso. Se presentarán los proyectos priorizados de mayor a menor puntaje, siendo los de mayor puntaje los más prioritarios. Además, el total de inversiones a priorizar estará sujeto a la asignación presupuestal que se destine a los proyectos de acuerdo a su orden de prelación. Si en el resultado existiese un empate estos serán sometidos a votación para su priorización contando un voto por Agente Participante
2. Taller de formalización de acuerdos y compromisos. El equipo técnico presentará y sustentará ante los agentes participantes el resultado de la evaluación y calificación de los proyectos priorizados en el Taller de Priorización, los cuales se incluirán en el Acta de acuerdos y compromisos. Una vez concluido el Taller de formalización se procederá a la entrega de credenciales a los miembros del Comité de Vigilancia.
3. Inclusión de Proyectos en el Presupuesto Institucional.
Los proyectos priorizados en el proceso deberán ser incorporados en el Presupuesto Institucional de Apertura del siguiente ejercicio fiscal de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, adjuntando una copia del Acta de Acuerdos y Compromisos.
4. Documento del presupuesto participativo.
La Oficina de Planeamiento y Presupuesto es responsable de sistematizar y consolidar los resultados del proceso del presupuesto participativo y elaborar el informe final del mismo, el cual será subido al aplicativo del Presupuesto Participativo del MEF en los plazos establecidos por el MEF; así mismo el Alcalde dispondrá la publicación del informe en el portal institucional de la municipalidad.
5. Del inicio de la inversión
El equipo técnico, mediante su presidencia, traslada las inversiones priorizadas (ideas de proyectos, proyectos viables y/o proyectos con expediente técnico), a las instancias correspondientes (unidades formuladoras y unidades ejecutoras de inversiones) a fin de proseguir con el ciclo de inversiones.
16.2 Respecto a los proyectos priorizados en el presupuesto participativo que no pueden ser ejecutados:
Si en la etapa de ejecución, alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto participativo no puede ser ejecutado, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, según la escala de prioridades establecida participativamente y el nivel de recursos disponibles para su atención, hecho que debe hacerse de conocimiento al Consejo de Coordinación correspondiente y al Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo.
Artículo 17.- Rendición de Cuentas
La Rendición de Cuentas constituye un mecanismo de transparencia en el cual el titular del pliego debe informar a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior por las entidades del Estado y la Sociedad Civil, el cual se llevará a cabo en la fase de concertación.
Artículo 18.- Comité de Vigilancia
El Comité de Vigilancia realizará acciones de fiscalización ciudadana del Proceso del Presupuesto Participativo. Es elegido mediante voto por los Agentes Participantes en el primer taller, representa a la Sociedad Civil y debe ser reconocido formalmente mediante Resolución de Alcaldía. El comité de vigilancia estará conformado por ocho (8) agentes participantes acreditados, por un periodo de un año, correspondiente al ejercicio presupuestal siguiente al de su elección.
Artículo 19.- Funciones del Comité de Vigilancia
El Comité de Vigilancia tiene las siguientes funciones:
a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del Presupuesto Participativo en la aprobación y ejecución del Presupuesto Institucional, verificando que contengan los proyectos priorizados de acuerdo a los montos que fueron asignados y acordados en el proceso.
b) Vigilar que la administración municipal cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, correspondiente de los proyectos priorizados en el proceso participativo, a fin de facilitar la vigilancia.
c) Vigilar que los recursos destinados al Presupuesto Participativo del año fiscal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.
Artículo 20.- Se consideran faltas a las normas de convivencia, las siguientes:
1. Agresión física y/o verbal que pudiera presentarse entre agentes participantes.
2. Asistir a la reunión y taller en estado etílico y/o haber consumido drogas.
3. Alterar de manera violenta el normal desarrollo del taller de trabajo.
4. Interrupción constante de los agentes participantes en el taller de trabajo.
Artículo 21.- Las sanciones las aplicará el Equipo Técnico según la gravedad o reiteración de faltas, de la siguiente manera:
1. La primera vez, se invocará al agente participante el cese de la falta cometida, durante el desarrollo de la reunión y/o taller.
2. La segunda vez, se ordenará al agente participante el cese de la falta cometida de forma reiterada durante el desarrollo de la reunión y/o taller.
3. Por tercera vez, el agente participante será retirado del taller de trabajo y se enviará una solicitud a la organización que representa, para la sustitución del representante.
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