Autorizan viaje de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo a la República de la India y encargan su Despacho al Ministro del Ambiente

resolución suprema

Nº 040-2025-PCM

Lima, 27 de febrero de 2025

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo. Representa al Perú en foros y organismos internacionales de comercio, así como en esquemas de integración, tiene a su cargo la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales y promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible;

Que, el Ministro de Comercio e Industria de la República de la India, ha invitado a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo a participar en la Décima Edición del Cónclave de Negocios India - Latinoamérica y el Caribe (LAC), evento organizado por la Confederación de Industria de la India (CII), que se llevará a cabo los días 19 y 20 de marzo de 2025, en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India;

Que, el Cónclave de Negocios India - Latinoamérica y el Caribe (LAC) constituye una plataforma importante para el fortalecimiento de los lazos comerciales, abordando, en esta edición, temas prioritarios tales como la facilitación del comercio y los acuerdos comerciales, la agricultura y la seguridad alimentaria, la infraestructura y la logística, las energías renovables y la cooperación con bloques de integración regional, como la Alianza del Pacífico, de la cual el Perú es miembro activo;

Que, la participación de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo en el referido evento representa una oportunidad estratégica para consolidar la presencia del Perú en la India; promover oportunidades de negocios; reafirmar el interés del país en profundizar sus vínculos comerciales con dicho mercado como un socio estratégico y confiable en el Asia; así como, dar a conocer la política comercial peruana y los beneficios de un acuerdo comercial entre ambos países;

Que, previamente, el día 18 de marzo de 2025, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo sostendrá una reunión con el Consejero Económico Comercial del Perú de la Oficina Comercial del Perú en el Exterior - OCEX Nueva Delhi para coordinar las acciones y actividades a desarrollar durante el presente evento;

Que, la India constituye un socio clave para las exportaciones de nuestro país, especialmente en sectores como la agroindustria, minería, textiles y manufacturas; por esta razón, desde el año 2017 el Perú inició el proceso de negociación para un acuerdo comercial para facilitar mayores inversiones que fue interrumpido por la pandemia del COVID -19 y que ha sido retomado en el año 2024, llevándose a cabo la sexta y sétima rondas de negociaciones; en ese sentido la visita de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo a Nueva Delhi permitirá sostener reuniones el día 19 de marzo de 2025 con las autoridades del Ministerio de Comercio e Industria de la India con el objeto de reafirmar el interés del Perú en el proceso de negociación para alcanzar el referido acuerdo comercial;

Que, adicionalmente, el día 20 de marzo del año en curso se han programado reuniones con asociaciones empresariales e inversionistas de la India y con medios de prensa locales como parte de las actividades de promoción para impulsar las exportaciones peruanas en dicho mercado;

Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, para que participe en la Décima Edición del Cónclave de Negocios India - Latinoamérica y el Caribe (LAC) y actividades conexas;

Que, el Gobierno de la India cubrirá los gastos por concepto de pasajes aéreos, alojamiento y traslado local, por lo que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo asumirá los costos de alimentación del presente viaje;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, a partir de la ausencia de la Titular, y en tanto dure ésta, resulta necesario encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, del 17 al 21 de marzo de 2025, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos parciales que irrogue el cumplimento de la presente Resolución Suprema son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre y apellidos

Zona Geográfica

Viáticos parciales

por día

US$

Total Viáticos US$

ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN

Asia

150,00 x 3

450,00

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, al señor JUAN CARLOS CASTRO VARGAS, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, en tanto dure la ausencia de la Titular.

Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

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