Crean seis Juzgados Penales Colegiados Permanentes subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en las Cortes Superiores de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, Lima Este, Lima Norte, Junín, Cusco y Arequipa, y dictan otras disposiciones
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000075-2025-CE-PJ
Lima, 27 de febrero del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 000058-2025-RT-PPOR1002-P-PJ e Informe N° 000003-2025-RT-PPOR1002-P-PJ, cursados por encargo de la Magistrada Coordinadora de Seguimiento, Monitoreo y Supervisión del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002).
CONSIDERANDO:
Primero. Que, en atención al Oficio N° 000121-2024-RT-PPOR1002-P, emitido por el Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002) el 16 de diciembre de 2024, los módulos de sanción de las Cortes Superiores del Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ) informaron a este despacho respecto la sobrecarga procesal, la insuficiencia de órganos jurisdiccionales, la extensión excesiva de los plazos procesales, la problemática en la programación de audiencias (en algunas Cortes Superiores hasta el año 2027), evidenciando una situación crítica de colapso procesal. Advirtiendo que se está comprometiendo gravemente el derecho fundamental de acceso a la justicia para las víctimas de violencia principalmente mujeres y niñas.
Segundo. Que, en respuesta a la crítica situación, el Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002) evaluó la creación de seis Juzgados Penales Colegiados Permanentes subespecializados en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en las Cortes Superiores de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, Lima Este, Lima Norte, Junín, Cusco y Arequipa implementados con el Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ), con su respectivo personal conformados por los magistrados y personal de apoyo jurisdiccional -bajo la modalidad de contratación CAS-; así como la implementación de equipamiento necesario para el desarrollo de sus funciones. Lo señalado significaría la resolución adicional de 1125 expedientes durante el año 2025 y en términos generales, la proyección de ejecución de expedientes resueltos para los módulos de sanción se incrementaría en un 3% en relación a lo ejecutado al cierre preliminar del año 2024.
Tercero. Que, dichos Juzgados serán conformados por tres jueces (zas) por cada Juzgado, siendo en total 18 plazas de magistrados (as), cuyo costo anualizado asciende a S/ 4 794 472.4414. Asimismo, se requiere la contratación de personal CAS adicional, que estaría conformado por un puesto de especialista de audiencia, otro de especialista de causa y uno de asistente judicial, por cada juzgado, cuyo costo anual asciende a S/ 1 270 267.9215. Sobre el particular es preciso mencionar que, en el marco de la eficiencia el gasto, se prevé una ejecución efectiva de nueve meses (abril-diciembre 2025), cuyo costo asciende a S/ 3 608 500.00 para planillas de magistrados(as) y S/ 955 400.94 para planillas de personal CAS.
Cuarto. Que, respecto a los bienes, equipamiento y servicios requeridos, como es de conocimiento, el Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ) al ser un sistema ya implementado en ocho Cortes Superiores de Justicia (Puente Piedra - Ventanilla, Lima Este, Lima Norte, Junín, Cusco, Arequipa, Ancash y Callao), ya se cuenta con ambientes para la instalación de los referidos Juzgados Penales Colegiados Permanentes, los mismos que son financiados con el Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), incluyendo los gastos de servicios básicos.
Quinto. Que, se cuenta con presupuesto en cada Unidad Ejecutora, con cargo al Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002) para financiar el equipamiento necesario, para lo cual se realizarán modificaciones presupuestales, a fin de habilitar las partidas de gasto de “Activos no financieros”. Estando a la asignación presupuestal en el presente Año Fiscal, hasta por la suma de S/ 25 350 589 para gastos de bienes y servicios (considerando gastos de uniformes), presupuesto similar a la ejecución del Año Fiscal 2024, en la cual se continuó con la implementación de equipamiento en los ocho Distritos Judiciales y en el Distrito Judicial de Lambayeque; se ha evaluado y sincerado las necesidades, por lo que de la proyección de gastos, se garantiza la sostenibilidad de los gastos prioritarios, tales como servicios básicos, alquiler de local, servicio de mensajería, adquisición de tóner, papelería en general, adquisición de equipos para los nuevos juzgados, entre otros, enmarcados en las específicas de gasto “2.3 Bienes y Servicios” y “2.6 Activos no financieros” (de ser necesario) por la suma de S/ 19 285 483,00, evidenciando un saldo de S/ 6 064 746, que permitiría financiar los nuevos juzgados permanentes propuestos.
Sexto. Que, a fin de garantizar el financiamiento de la creación de dieciocho plazas de magistrados (as) y dieciocho plazas CAS, este despacho propone realizar notas de modificación presupuestal en el nivel funcional programático, que involucra al Programa Presupuestal orientado a resultados 1002 “Reducción de la Violencia contra la mujer, anulando recursos de las partidas de “2.3 Bienes y servicios” para habilitar las partidas de gasto de “2.1 Personal y obligaciones sociales”, de acuerdo al anexo 02. En ese sentido, es necesario que se gestione ante el Ministerio de Economía y Finanzas, así como ante el Congreso de la República, la exoneración del numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley N° 32185, mediante el cual se prohíbe la habilitación y anulación de la partida 2.1.1 “Retribuciones y Complementos en Efectivo”.
Séptimo. Que, según lo dispuesto en el numeral 21.1 del artículo 21 de la Ley 32185, se establece un límite máximo al número de puestos bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, con financiamiento anualizado conforme al Anexo II20, siendo 13 081 plazas CAS como máximo para el Pliego Poder Judicial. Al respecto, el área competente debe gestionar la creación de 18 nuevos puestos CAS adicional a los 1299 puestos que son actualmente financiados con el Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), o en su defecto, gestionar ante el Ministerio de Economía y Finanzas, y el Congreso de la República, la exoneración del presente articulado, a fin de incrementar el límite máximo de números de puestos CAS a nivel de pliego, en 18 puestos más. Asimismo, considerando que se trata de la creación de nuevas plazas, se prevé una ejecución efectiva de nueve meses (abril-diciembre 2025), por lo que se requiere solicitar la exoneración de la anualidad a fin de salvaguardar la eficiencia del gasto público.
Octavo. Que, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.
Noveno. Que, el artículo 82, incisos 24) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdo y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 275-2025 de la novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 12 de febrero de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra y Cáceres Valencia, sin la intervención del señor Zavaleta Grández por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear seis (06) Juzgados Penales Colegiados Permanentes subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en las Cortes Superiores de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, Lima Este, Lima Norte, Junín, Cusco y Arequipa, con su respectivo personal conformado por los magistrados y personal de apoyo jurisdiccional -bajo la modalidad de contratación CAS-; así como la implementación del equipamiento y mobiliario necesario.
Artículo Segundo.- Disponer que la creación de los seis (06) Juzgados Penales Colegiados Permanentes subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar antes citados, está sujeto a la aprobación de la modificación presupuestal que se solicitará al Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de habilitar las partidas de gasto correspondiente, con cargo al Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002).
Artículo Tercero.- Disponer, que las áreas competentes como son la Gerencia General, Gerencias de Modernización, Planeamiento y Presupuesto; así como la Recursos Humanos de la Gerencia General del Poder Judicial, realicen los trámites correspondientes ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Congreso de la República para viabilizar la factibilidad presupuestal y la creación de 18 nuevos puestos CAS, conforme lo expuesto en los considerandos sexto y sétimo de la presente resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Artículo Quinto.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Cortes Superiores de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, Lima Este, Lima Norte, Junín, Cusco y Arequipa; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
2376209-1