Aprueban el Manual de Usuario del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias - SIGM

RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N° 00035-2025-SUNARP/SN

Lima, 28 de febrero de 2025

VISTOS:

Los Memorándums N° 00163 y 00166-2025-SUNARP/DTR del 20 y 21 de febrero de 2025, de la Dirección Técnica Registral; los Informes N° 00010 y 00012-2025-SUNARP/OTI del 21 y 27 de febrero de 2025, de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Memorándum N° 408-2025-SUNARP/OPPM del 24 de febrero de 2025, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 00197-2025-SUNARP/OAJ del 28 de febrero de 2025, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, en el artículo 2 de la Ley N° 26366 se establece que el Sistema Nacional de los Registros Públicos vincula en lo jurídico registral a los Registros de todos los Sectores Públicos y está conformado, entre otros, por el Registro de Bienes Muebles que unifica los siguientes registros: Registro de Bienes Muebles, Registro de Propiedad Vehicular y Registro de Aeronaves;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1400, se aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria que tiene como objeto regular el Régimen de Garantía Mobiliaria y el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias - SIGM; estableciendo en su artículo 20 que la Sunarp ejerce la función de administradora del SIGM, correspondiéndole organizar, administrar, supervisar y brindar las seguridades necesarias para el correcto funcionamiento de la plataforma electrónica;

Que, con la Resolución N° 00011-2025-SUNARP/SN del 22 de enero de 2025, se dispone que, a partir del 2 de marzo de 2025, entra en funcionamiento el SIGM y su base de datos, donde se inscriben garantías mobiliarias y equivalentes funcionales conforme al Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 243-2019-EF;

Que, a través de la Resolución N° 00013-2025-SUNARP/SN del 22 de enero de 2025, se aprueba la Directiva DI-001-2025-SUNARP-DTR, “Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y emisión de certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento”, documento normativo que regula los mecanismos de gestión que tienen las personas para poder acceder a los servicios del SIGM, sustentado en el principio de legalidad recogido en los numerales 12.1 y 12.3 del artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1400;

Que, el SIGM es la plataforma electrónica exclusiva donde se inscribe el aviso electrónico sobre la garantía mobiliaria, con la finalidad de dar publicidad, prioridad y prelación; así como, expedir certificaciones y consultas gratuitas. Opera mediante una base de datos pública, de acceso remoto y permanente las veinticuatro (24) horas del día, todos los días de la semana, incluyendo fines de semana y días festivos;

Que, mediante los documentos de vistos, la Oficina de Tecnologías de la Información con la participación de la Unidad Funcional de Administración del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias de la Dirección Técnica Registral, ha elaborado la propuesta del Manual de Usuario “Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias - SIGM”, el cual cuenta con la opinión favorable de la Dirección Técnica Registral y la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

Que, a través del Informe N° 00197-2025- SUNARP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, resulta viable legalmente emitir el acto resolutivo que apruebe el Manual de Usuario “Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias - SIGM”, conforme al Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 243-2019-EF, y la Directiva DI-001-2025-SUNARP-DTR, “Directiva que regula el acceso al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias y emisión de certificaciones en aplicación del Decreto Legislativo N° 1400 y su Reglamento”, aprobada por la Resolución N° 00013-2025-SUNARP/SN; asimismo, señala que, el acto resolutivo debe emitido a través de una Resolución de la Superintendencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 y en el literal y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, el cual tiene mérito para ser publicado en el diario oficial El Peruano, según lo señalado en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS;

De conformidad con lo establecido en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros públicos, actualizado por la Resolución N° 00125-2024-SUNARP/SN, contando con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral, la Oficina de Tecnologías de la Información, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Manual de Usuario del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM).

Aprobar el Manual MA-001-2025-SUNARP-OTI, Manual de Usuario del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias - SIGM, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Publicación.

Disponer la publicación de la presente Resolución y del Manual de Usuario del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias - SIGM en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Actualización de Manual.

La Oficina de Tecnologías de la Información puede realizar modificaciones que estime conveniente al Manual de Usuario del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias - SIGM, en cualquier momento, a fin de incluir nuevas funcionalidades o suprimir algunas de las existentes. Los cambios serán efectivos en la fecha de publicación de la resolución que los apruebe. Asimismo, el uso del SIGM y/o de los servicios puestos a disposición en o través de este, conlleva y supone la aceptación por el usuario de las respectivas modificaciones.

Artículo 4.- Coordinación y responsabilidad.

La Oficina de Tecnologías de la Información y la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional coordinan y ejecutan las acciones que resulten necesarias para la publicación y actualización del Manual de Usuario del Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias - SIGM en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO

Superintendente Nacional

2376152-1