Acceden a solicitud de traslado activo de ciudadano peruano, quien se encuentra cumpliendo sentencia en Centro de Privación de Libertad Santo Domingo de Los Tsáchilas N° 1 en la República del Ecuador, para cumplir el resto de la condena impuesta en un establecimiento penitenciario de la República del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 044-2025-JUS
Lima, 27 de febrero de 2025
VISTO; el Informe Nº 030-2025/COE-TPC, del 17 de febrero de 2025, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado activo del ciudadano de nacionalidad peruana DEIVI JENS PÉREZ NORIEGA;
CONSIDERANDO:
Que, el ciudadano de nacionalidad peruana DEIVI JENS PÉREZ NORIEGA, quien se encuentra cumpliendo sentencia en el Centro de Privación de Libertad Santo Domingo de Los Tsáchilas Nº 1 en la República del Ecuador, solicita ser trasladado a un establecimiento penitenciario de la República del Perú, para cumplir el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales ecuatorianas, por la comisión del delito de violación;
Que, conforme al numeral 2) del artículo 540 del Código Procesal Penal, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas;
Que, el literal c) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado activo;
Que, mediante Informe Nº 030-2025/COE-TPC, del 17 de febrero de 2025, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de traslado activo del ciudadano de nacionalidad peruana DEIVI JENS PÉREZ NORIEGA a fin de ser trasladado del Centro de Privación de Libertad Santo Domingo de Los Tsáchilas Nº 1 en la República del Ecuador, a un establecimiento penitenciario de la República del Perú;
Que, la presente solicitud se encuentra regulada por el Convenio sobre Transferencia de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República del Ecuador, suscrito el 11 de agosto de 1999 y vigente desde el 5 de mayo de 2000 y su Protocolo modificatorio suscrito y vigente desde el 30 de octubre de 2014; el Código Procesal Penal peruano y el Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Convenio;
En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado activo del ciudadano peruano DEIVI JENS PÉREZ NORIEGA, quien se encuentra cumpliendo sentencia en el Centro de Privación de Libertad Santo Domingo de Los Tsáchilas Nº 1 en la República del Ecuador, para cumplir el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales ecuatorianas en un establecimiento penitenciario de la República del Perú.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
ELMER SCHIALER SALCEDO
Ministro de Relaciones Exteriores
2375765-6