Acceden a solicitud de traslado activo de ciudadano peruano, quien se encuentra cumpliendo sentencia en Centro de Privación de Libertad Santo Domingo de Los Tsáchilas N° 1 en la República del Ecuador, para cumplir el resto de la condena impuesta en un establecimiento penitenciario de la República del Perú

RESOLUCIÓN SUPREMA

Nº 044-2025-JUS

Lima, 27 de febrero de 2025

VISTO; el Informe Nº 030-2025/COE-TPC, del 17 de febrero de 2025, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado activo del ciudadano de nacionalidad peruana DEIVI JENS PÉREZ NORIEGA;

CONSIDERANDO:

Que, el ciudadano de nacionalidad peruana DEIVI JENS PÉREZ NORIEGA, quien se encuentra cumpliendo sentencia en el Centro de Privación de Libertad Santo Domingo de Los Tsáchilas Nº 1 en la República del Ecuador, solicita ser trasladado a un establecimiento penitenciario de la República del Perú, para cumplir el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales ecuatorianas, por la comisión del delito de violación;

Que, conforme al numeral 2) del artículo 540 del Código Procesal Penal, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas;

Que, el literal c) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado activo;

Que, mediante Informe Nº 030-2025/COE-TPC, del 17 de febrero de 2025, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de traslado activo del ciudadano de nacionalidad peruana DEIVI JENS PÉREZ NORIEGA a fin de ser trasladado del Centro de Privación de Libertad Santo Domingo de Los Tsáchilas Nº 1 en la República del Ecuador, a un establecimiento penitenciario de la República del Perú;

Que, la presente solicitud se encuentra regulada por el Convenio sobre Transferencia de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República del Ecuador, suscrito el 11 de agosto de 1999 y vigente desde el 5 de mayo de 2000 y su Protocolo modificatorio suscrito y vigente desde el 30 de octubre de 2014; el Código Procesal Penal peruano y el Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Convenio;

En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado activo del ciudadano peruano DEIVI JENS PÉREZ NORIEGA, quien se encuentra cumpliendo sentencia en el Centro de Privación de Libertad Santo Domingo de Los Tsáchilas Nº 1 en la República del Ecuador, para cumplir el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales ecuatorianas en un establecimiento penitenciario de la República del Perú.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

ELMER SCHIALER SALCEDO

Ministro de Relaciones Exteriores

2375765-6