Conforman el Comité Organizador de naturaleza temporal denominado “Comité Organizador de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025”, adscrito al Instituto Peruano del Deporte (IPD)
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 002-2025-MINEDU
Lima, 26 de febrero de 2025
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 32037, se declara de interés nacional la organización e implementación de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025;
Que, los eventos deportivos, especialmente los multideportivos, contribuyen de manera preponderante al desarrollo del deporte amateur y profesional del país organizador impulsando su práctica, convirtiéndose en un factor que dinamiza el desarrollo económico y social de una nación, permitiendo emprender grandes proyectos de promoción deportiva y generando un impacto que trasciende al propio evento, a través de la promoción del turismo, la motivación y movilización de la ciudadanía en torno a un proyecto común, la generación de oportunidades de trabajo y divisas, entre otros aspectos;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y sus modificatorias, el deporte se define como la actividad física que se promueve como un factor importante para la recreación, la mejora de la salud, la renovación y desarrollo de las potencialidades físicas, mentales y espirituales del ser humano, mediante la participación y sana competencia en todas sus disciplinas deportivas y recreativas;
Que, el artículo 7 de la Ley Nº 28036 establece que el Instituto Peruano del Deporte constituye un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones. Constituye Pliego Presupuestal. El IPD, en coordinación con los organismos del Sistema Deportivo Nacional (SISDEN), formula, imparte e implementa la política del deporte en general y, por ende, de cada uno de sus componentes. Organiza, planifica, promueve, coordina, evalúa y fiscaliza en el ámbito nacional el desarrollo del deporte, la actividad física y la recreación en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorías, y ejerce la rectoría del SISDEN;
Que, el numeral 4 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que corresponde al Presidente de la República dictar, entre otras, Resoluciones Supremas, que son decisiones de carácter específico rubricadas por el Presidente de la República y refrendadas por uno o más Ministros a cuyo ámbito de competencia correspondan. Son notificadas de conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo General y/o se publican en los casos que lo disponga la ley;
Que, por lo antes expuesto, resulta necesaria la conformación del Comité Organizador que tenga a su cargo la planeación, organización y ejecución de los “XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025”;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conformación del Comité Organizador
Conformar el Comité Organizador de naturaleza temporal denominado “Comité Organizador de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025”, adscrito al Instituto Peruano del Deporte (IPD).
Artículo 2.- Objeto
El Comité Organizador tiene por objeto la planeación, organización y ejecución de las actividades relacionadas con los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025.
Artículo 3.- Integrantes del Comité Organizador
El Comité Organizador está conformado por los siguientes miembros:
- El Presidente del Instituto Peruano del Deporte, quien lo preside.
- El Presidente del Comité Olímpico Peruano (COP).
- Un representante del Gobierno Regional de Ayacucho.
- Un atleta que haya competido en una edición reciente de los Juegos Bolivarianos del circuito olímpico designado por el IPD.
- Un miembro nominado por el Presidente del COP.
- El Gerente General del IPD, quien actuará como Secretario Técnico.
Los referidos representantes son designados mediante comunicación escrita del titular de la entidad u organización, en un plazo no mayor de cinco (5) días de publicada la presente Resolución Suprema.
Los miembros del Comité Organizador y la Secretaría Técnica ejercen su cargo ad honorem sin demandar mayores gastos al Tesoro Público.
Artículo 4.- Secretaría Técnica del Comité Organizador
La Secretaría Técnica del Comité Organizador recae en la Gerencia General del Instituto Peruano del Deporte.
Artículo 5.- Funciones del Comité Organizador
El Comité Organizador tiene a su cargo las siguientes funciones:
a) Elaborar y aprobar el Plan Maestro de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025, el cual incluirá la propuesta de escenarios e infraestructura deportiva necesaria, así como la propuesta de mejoras a la infraestructura urbana indispensable, en Lima Metropolitana y el Gobierno Regional de Ayacucho.
b) Gestionar y coordinar con las entidades del Poder Ejecutivo y de los diferentes niveles de gobierno, las acciones que resulten necesarias para la realización de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025.
c) Proponer otras medidas que resulten necesarias para la realización de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025.
Artículo 6.- Instalación y vigencia
El Comité Organizador se instala a los siete (7) días de publicada la presente Resolución Suprema, y tiene una vigencia hasta la culminación de los XX Juegos Deportivos Bolivarianos Ayacucho y Lima 2025. Al término de dicho periodo, el Comité Organizador deberá presentar ante el Instituto Peruano del Deporte, un Informe Final que incluya los resultados de las acciones realizadas.
Artículo 7.- Funcionamiento
El Comité Organizador determina las fechas de sus sesiones, lugares de reunión, así como cualquier otra decisión necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 8.- Refrendo
La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
MORGAN NICCOLO QUERO GAIME
Ministro de Educación
2375586-1