Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 026-2024/MPC, denominada “Ordenanza Municipal que aprueba beneficios extraordinarios en el Cercado del Callao “Cumple con tu Callao”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003-2025-ALC/MPC
Callao, 25 de febrero de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 026-2024/MPC, el Informe N° 106-2025-MPC-GAT-SGRC de la Subgerencia de Recaudación, el Informe N° 066-2025-MPC-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 048-2025-MPC/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 433-2025-MPC/GM de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la indicada ley mediante decretos de alcaldía, asimismo el artículo 42º refiere que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 026-2024/MPC, se aprobó la “Ordenanza Municipal que aprueba beneficios extraordinarios en el Cercado del Callao “Cumple con tu Callao”;
Que, la Octava Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ordenanza Municipal Nº 026-2024/MPC, faculta al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para su adecuada aplicación, así como para la prórroga de los beneficios tributarios contenidos en la misma.
Que, mediante Informe N° 106-2025-MPC-GAT-SGRC de fecha 19 de febrero de 2025, la Subgerencia de Recaudación propone la prórroga de la Ordenanza Municipal N° 026-2024/MPC hasta el 31 de marzo de 2025, considerando que su vigencia permitirá incrementar la recuperación de las deudas de años anteriores y reducir la morosidad de los vecinos chalacos;
Que, mediante Informe N° 66-2025-MPC-GAT de fecha 19 de febrero de 2025, la Gerencia de Administración Tributaria derivó el Informe N° 106-2025-MPC-GAT-SGRC a Gerencia Municipal indicando que resulta necesaria la aprobación del Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 026-2024/MPC;
Que, mediante Informe N° 048-2025-MPC/OGAJ de fecha 20 de febrero de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de las facultades conferidas en el artículo 32° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao, emite opinión legal favorable con respecto a la prórroga de la Ordenanza Municipal 026-2024/MPC denominada Ordenanza Municipal que aprueba beneficios extraordinarios en el Cercado del Callao “Cumple con tu Callao”, hasta el 31 de marzo de 2025;
Que, mediante Memorándum N° 433-2025-MPC/GM de fecha 20 de febrero de 2025, la Gerencia Municipal corre traslado a la Secretaría General del Concejo Municipal de los recaudos administrativos, con el informe legal y técnicos, a fin que prosiga el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, estando a las consideraciones expuestas, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 20° numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contando con visto bueno de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Recaudación;
DECRETA:
Artículo 1.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 026-2024/MPC, denominada “Ordenanza Municipal que aprueba beneficios extraordinarios en el Cercado del Callao “Cumple con tu Callao”, hasta el 31 de marzo de 2025, según los considerandos expuestos.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
2375474-1