Incorporan a profesionales habilitados en el Registro de Curadores Procesales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el periodo 2025-2026
Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Lima Sur
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000177-2025-P-CSJLS-PJ
Villa María del Triunfo, 18 de febrero de 2025
VISTOS:
Las Resoluciones Administrativas N° 000176-2022-CE-PJ y N° 000436-2024-CE-PJ emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Carta N° 00011-D-CALSUR-2025 remitida por el Decano del Colegio de Abogados de Lima Sur, el Oficio N° 000201-2025-CSJ-GAD-CSJLS-PJ remitido por la Coordinación de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia; y,
CONSIDERANDO:
Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 000176-2022-CE-PJ, de fecha de 19 de mayo de 2022, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso la entrada en vigencia de la nueva funcionalidad de Registro y Asignación Electrónica de Curadores Procesales; así como, el uso obligatorio del Módulo Curador, implementado en el Sistema Integrado Judicial – SIJ; asimismo, dispuso que el registro y mantenimiento de la nómina de curadores procesales es responsabilidad de la Oficina de Servicios Judiciales o la que haga sus veces en cada una de las Cortes Superiores de Justicia.
Segundo.- Posteriormente, mediante Resolución Administrativa N° 000436-2024-CE-PJ, de fecha de 13 de diciembre de 2024, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobó la Directiva N° 008-2024-CE-PJ denominada “Órganos de Auxilio Judicial Registrados” – Versión 002, para todas las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional.
Tercero.- Estando a ello, la Directiva N° 008-2024-CE-PJ en los numerales 7.1.1 y 7.1.2 de la citada directiva, señala lo siguiente:
7.1.1. “Cada dos (2) años los Colegios de Abogados del país remiten a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de su jurisdicción, la lista de profesionales habilitados para el ejercicio de la función de Curador Procesal.
7.1.2. Recibida dicha comunicación las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia expiden la correspondiente resolución administrativa que dispone la incorporación de los profesionales habilitados en el Registro Judicial de Curadores Procesales del distrito judicial”.
Cuarto.- Mediante Carta N° 00011-D-CALSUR-2025, de fecha 29 de enero del año en curso, el Decano del Colegio de Abogados de Lima Sur, remitió a esta Presidencia la nómina de curadores procesales designados para desempeñarse como Curadores Procesales.
Quinto.- A razón de ello, con Oficio N° 000201-2025-CSJ-GAD-CSJLS-PJ, de fecha 03 de febrero del año en curso, remitido por la Coordinación de Servicios Judiciales solicita la expedición de la Resolución Administrativa que disponga la incorporación de los profesionales habilitados en el Registro Judicial de Curadores procesales de este distrito judicial, conforme a lo establecido en la Directiva de Órganos de Auxilio Judicial Registrados – Versión 2, aprobada mediante Resolución Administrativa N°000436-2024-CE-PJ.
Sexto.- En virtud de lo expuesto, de conformidad al literal c) del numeral 6.2.3 y 7.1 de la Directiva N° 008-2024-CE-PJ denominada “Órganos de Auxilio Judicial Registrados” – Versión 002, corresponde incorporar a los profesionales habilitados en el Registro de Curadores Procesales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, periodo 2025-2026.
Séptimo.- La Presidenta de la Corte Superior de Justicia, es la autoridad que representa y dirige la labor administrativa, así como la política interna en el Distrito Judicial a su cargo, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia.
Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- INCORPORAR a los profesionales habilitados en el Registro de Curadores Procesales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el periodo 2025-2026, cuyos nombres figuran en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que, a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, sólo podrán ser designados para actuar como Curadores Procesales, aquellos profesionales aprobados en la presente Resolución.
Artículo Tercero.- DISPONER que la Coordinación de Servicios Judiciales se encargue del registro y mantenimiento de la Nómina de Curadores Procesales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial – Lima Sur, a la Gerencia de Administración Distrital, a la Unidad de Servicios Judiciales, a la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación, al Colegio de Abogados de Lima Sur, a la Coordinación de Informática y a los interesados para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
HILDA CECILIA PIEDRA ROJAS
Presidenta de la CSJ de Lima Sur
ANEXO 1
N° |
Nombre y Apellidos |
1 |
Nilton Oswaldo Tolentino Fernandez |
2 |
María Esperanza Martinez Portocarrero |
3 |
Rolando Wilmer Chávez de la Cruz |
4 |
Lorenza Clara Tadeo Manrique |
5 |
Evelyn Giovanna Atuncar Ramos |
6 |
John Carlos Villafuerte Roldan |
7 |
Edith Holguin Uscamayta |
8 |
Alfredo Antonio Olmedo Romero |
9 |
Marilyn Johanna Avila Condori |
10 |
Ydelfonso Rocky Lazarinos Guzmán |
11 |
Carlos Alfredo Moreno Valencia |
12 |
Albino Ocaña Lázaro |
13 |
Wilder Jair Caceres Alvarado |
14 |
Payoly Flores Gonzalez |
15 |
Mario Alberto Guerra Santillan |
16 |
Richard Angel Cuenca Pacheco |
17 |
Inés Lopez Valera |
18 |
Liz Fiorella Basilio Soto |
19 |
Lombardo Gregorio Hijar Rodriguez |
20 |
Luis Elmer Goyeneche de la Cruz |
21 |
Dennis Vargas Mestas |
22 |
Luis Cesar Arzapalo Imbertis |
23 |
Pedro Nilo ignacio Cabanillas |
24 |
María Cristina chavez |
25 |
Aldo Eugenio Roman Veramendi |
26 |
Sandra Melina Chávez Melgarejo |
27 |
Milagros Kelly Perez Carranza |
28 |
Jesus Toribio Benito Aguirre |
29 |
Arcenio Fernandez Mondragon |
30 |
Jaime Alarcón Montilla |
31 |
Carlos Brayan Rivera Marmanillo |
32 |
Germán Torpoco Laban |
33 |
Raúl Antonio Gózar Alarcon |
34 |
Efrain Richard Arellano Coronel |
35 |
Wilbert Henry Martínez Camacho |
36 |
Sonia Geovanna Grados Vilcas |
37 |
Geraldo Gutierrez Ricse |
38 |
Jimmi Joel Flores Escurra |
39 |
Elias Lopez López |
40 |
Jaime Gregorio Linares Hilares |
41 |
Rosa Isabel Casas Layme |
42 |
Karlha Lizeth Anyosa Mendez |
43 |
Mario Martin Fernandez Parodi |
44 |
Manuel Alexander Mendoza Velasquez |
45 |
Felipe Barazorda Cebrian |
46 |
Christian Daniel Yepez Muñoz |
47 |
Edward Muñoz López |
48 |
Eduardo Tafur Zorrilla |
49 |
Jorge Luis Campos Bustios |
50 |
Klever Grover Rivas Chepe |
51 |
Fredy Montes Aroni |
52 |
Victor Leonidas Carpio Padilla |
53 |
Briseida Katherin Jiménez Chulla |
54 |
Andrés Avelino Torres Rodríguez |
55 |
Patricia Lourdes Ruiz Muñoz |
2375305-1