Prorrogan fecha de vencimiento para pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial, el pago de la primera y segunda cuota mensual de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2025, y para acogerse a diversos incentivos

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 01-2025-AL/MDC

Comas, 18 de febrero de 2025

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS

VISTO: El Informe Nº 006-2025-GAT/MDC de fecha 14 de febrero de 2025, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 185-2025-OGAJ/MDC de fecha 14 de febrero de 2025, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 146-2025-GM/MC de fecha 17 de febrero de 2025 de la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga de la “ORDENANZA MUNICIPAL Nº 711/MDC QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, INCENTIVOS POR PRONTO PAGO Y MONTO QUE FIJA EL PAGO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL PARA EL EJERCICIOS 2025 EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE COMAS”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, prevé que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;

Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 711/MDC, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 15 de enero de 2025, se aprobaron la fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, correspondientes al ejercicio 2025, así como el régimen de incentivos por pronto pago y cuya Tercera Disposición Complementaria y Final del mismo cuerpo normativo, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga de su vigencia total o en parte de la misma;

Que, mediante Informe Nº 006-2025-GAT/MDC de fecha 14 de febrero de 2025, la Gerencia de Administración Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldía que prorroga la Ordenanza Municipal Nº 711/MDC “Ordenanza Municipal que establece fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, Incentivos por Pronto Pago y Monto que fija el pago mínimo del Impuesto Predial para el Ejercicio Fiscal 2025 en la jurisdicción del distrito de Comas, señalando que el plazo vence el 28 de febrero, por lo que solicita se amplié el plazo de la prórroga de vigencia hasta el 31 de marzo de 2025;

Que, con Informe Nº 185-2025-OGAJ/MDC de fecha 14 de febrero de 2025 la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que resulta viable la prórroga de la Ordenanza Municipal Nº 711/MDC, ““Ordenanza Municipal que establece fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, Incentivos por Pronto Pago y Monto que fija el pago mínimo del Impuesto Predial para el Ejercicio Fiscal 2025 en la jurisdicción del distrito de Comas”, hasta el 31 de marzo de 2025, siendo que el proyecto propuesto por la Gerencia de Administración Tributaria, resultará conveniente para aquellos contribuyentes que tengan deudas pendientes, toda vez que contarán con un plazo mayor para acogerse a los beneficios aprobados en la Ordenanza Municipal Nº 711/MDC, esto generará el incremento de la recaudación y la disminución del índice de morosidad a efectos de ejecutar las metas de esta Gestión Municipal, por cuanto estando en el marco legal que la sustenta no contraviene dispositivos legales de carácter general y/o especial, para los fines que se fundamentan; por lo que opina procedente aprobar la prórroga hasta el 31 de marzo de 2025, debiendo emitirse el acto administrativo correspondiente;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades previstas en el 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2025, la fecha de vencimiento para el pago al contado de la Primera Cuota del Impuesto Predial, así como para el pago de la Primera y Segunda Cuota mensual de los Arbitrios Municipales de Ejercicio 2025, establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 711/MDC.

Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2025, la fecha límite de cancelación para acogerse a los incentivos establecidos en los numerales 1 y 2 del Artículo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 711/MDC.

Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y sus unidades orgánicas dependientes, conforme a sus atribuciones y competencias.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría del Concejo Municipal, su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnología de la Información su publicación en la página web de la Municipalidad, www.municomas.gob.pe .

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

ULISES VILLEGAS ROJAS

Alcalde

2375194-1