Crean el 3º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y dictan diversas disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000067-2025-CE-PJ

Lima, 25 de febrero del 2025

VISTOS:

El Oficio N° 000060-2025-RT-PPOR1002-P-PJ e Informe N° 000004-2025-RT-PPOR1002-P-PJ, cursados por encargo de la señora Elvia Barrios Alvarado, Magistrada Coordinadora de Seguimiento, Monitoreo y Supervisión del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002).

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Oficio N° 1137-2024-COMOPPOL-PNP-DIRCRI-SEC, del 12 de noviembre de 2024 y Oficio N° 102-2025-COMOPPOL PNP-DIRCRI-SEC, del 14 de enero del 2025, el Director de Criminalística de la Policía Nacional del Perú puso de cocimiento que cuenta con la estructura así como con un equipo de psicólogos forenses, para el otorgamiento del servicio de Entrevista Única en Cámara Gesell como prueba anticipada dentro de los procesos de investigación en casos comprendidos en la Ley N° 30364, ambiente que se encuentra ubicado en su sede principal de la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú; avenida Aramburú N° 550 - Surquillo. Asimismo, entre otros, solicitó la designación de un (01) juez especializado en violencia para que se encargue de manera exclusiva de los casos atendidos en dicha sede policial.

Segundo. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 000590-2024-P-CSJLIMANORTE-PJ, del 14 de junio del 2024, la Sala Plena Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte declaró en emergencia al Módulo Penal para la Sanción de delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. Esta declaratoria de emergencia tuvo como uno de sus fundamentos la sobre carga procesal generada por diligencias de declaración única en Cámara Gesell. Por tal motivo, el administrador del Módulo Penal para la Sanción de Lima Norte señaló mediante Informe N° 000153-2024-AMPVCMGF-GAD-CSJLIMANORTE-PJ, del 19 de noviembre del 2024, que desde el año 2021 al 22 de octubre de 2024 se habían solicitado 8571 pruebas anticipadas, y que solo en el 2024 fueron más de 2000, evidenciando la alta demanda.

Tercero. Que, atendiendo a la necesidad de una sola declaración de la víctima (a efecto de evitar la revictimización) la norma autoriza que se realice bajo la técnica de entrevista única, mediante la anticipación probatoria, diligencia realizada bajo la dirección de un juez y conforme, en lo pertinente, a las reglas y principios del juicio oral; y considerando que este poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.

Cuarto. Que, mediante Informe N° 000004-2025-RT-PPOR1002-P-PJ, el Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002) indicó que conforme a lo informado por la entonces Subgerencia de Planes y Presupuesto, mediante Oficio N° 458-2024-SPP-GMPP-GG-PJ, en el cual alcanza el presupuesto asignado para el Año Fiscal 2025, siendo S/ 24 790 059 para el pago de planillas de magistrados y S/ 59 221 021,00 para el pago de planillas CAS, se ha revisado los gastos históricos en la partida de gasto “2.1. Personal y obligaciones sociales”, donde se evidencia que anualmente no se llega a ejecutar el 100% del presupuesto asignado; por lo que, considerando la proyección de gastos para el 2025, con una similar ejecución de año fiscal 2024, se observa que se tendrían saldos presupuestales de hasta S/ 2 254 692,00, lo que permitiría financiar la creación de una plaza de juez para el mencionado juzgado.

Quinto. Que, en razón a lo señalado mediante Oficio N° 000531-2025-GRH-GG-PJ, del 29 de enero último, emitido por la Gerencia de Recursos Humanos de la Gerencia General del Poder Judicial, se cuenta con la posibilidad de costear durante todo el 2025, la remuneración de un juez especializado para un nuevo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, con cargo a los saldos presupuestales del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002).

Sexto. Que, advirtiendo la factibilidad presupuestal y la necesidad del módulo de sanción de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte ante la alta demanda de diligencias en cámara Gesell, corresponde crear el 3º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Independencia, con competencia exclusiva para atender las diligencias llevadas a cabo en cámara Gesell. Las funciones referidas, se desarrollarán en la sede central de la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú. En esa medida, para facilitar el desempeño exitoso de esta función corresponde a la Corte Superior de Justicia de Lima Norte emita las acciones correspondientes.

Séptimo. Que, el artículo 82, incisos 24) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdo y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 276-2025 de la novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 12 de febrero de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra y Cáceres Valencia, sin la intervención del señor Zavaleta Grández por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear el 3º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, con competencia exclusiva para atender las diligencias llevadas a cabo en cámara Gesell del Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ) de dicha Corte Superior. Diligencias que se realizarán en la Sede Principal de la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, ubicado avenida Aramburú N° 550 - Surquillo; cuya implementación se realizará en coordinación con la presidencia de dicha Corte Superior y el Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002).

Artículo Segundo.- Disponer que el 16°, 17° y 18° Juzgado de Investigación Preparatoria permanente subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, priorice y redistribuya un máximo de 80 expedientes cada uno pendientes de realizar audiencia de cámara Gesell.

Artículo Tercero.- Disponer que el 3º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en delitos asociados a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, concluida la diligencia de cámara Gesell y las acciones que correspondan según su función para la idoneidad de esta prueba, devuelva inmediatamente los expedientes a su juzgado de origen para su trámite correspondiente, bajo responsabilidad.

Artículo Cuarto.- El (la) administrador (a) del Módulo de Sanción Penal deberá verificar que la redistribución y devolución de expedientes en trámite se realice de la manera más célere y eficiente, a afecto de no afectar los procesos en curso.

Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Artículo Sexto.- Facultar a la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a emitir las acciones correspondientes, a fin de operativizar lo dispuesto precedentemente, sin perjuicio de coordinar con los integrantes del Equipo de Implementación Distrital del Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ) para su eficacia.

Artículo Séptimo.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Corte Superior de Justicia de Lima Norte; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JANET TELLO GILARDI

Presidenta

2375188-1