Establecen el cronograma electoral para la elección de los consejos directivos de las juntas de usuarios y comisiones de usuarios que la integran, para el periodo 2026-2029

RESOLUCIóN JEFATURAL

N° 0027-2025-ANA

San Isidro, 21 de febrero de 2025

VISTOS:

El Informe N° 0013-2025-ANA-DOUA/JOMF, de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua; el Informe Legal N° 0135-2025-ANA-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3 del artículo III del Título Preliminar de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos regula el “Principio de participación de la población y cultura de agua”, por el cual el Estado crea mecanismos para la participación de los usuarios y la población organizada en la toma de decisiones que afectan el agua en cuanto a calidad, cantidad, oportunidad u otro atributo del recurso; y fomenta el fortalecimiento institucional y el desarrollo técnico de las organizaciones de usuarios de agua;

Que, la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos, en adelante la Ley, tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento de las organizaciones de usuarios de agua previstas en la Ley 29338, Ley de Recursos Hídricos, para su fortalecimiento;

Que, el artículo 14, de la citada Ley, establece que las organizaciones de usuarios de agua cuentan como órganos de gobiernos, la Asamblea General y el Consejo Directivo; y, el artículo 21 de la referida norma señala que, el Consejo Directivo es el órgano de gobierno encargado de la dirección y administración de las organizaciones de usuarios de agua; asimismo, el artículo 24, establece que, el proceso de elección de los consejos directivos de las organizaciones de usuarios de agua se inicia el primer semestre del último año de gestión del consejo directivo en ejercicio realizandose en forma simultánea y descentralizada en un solo proceso electoral. En el caso de los comités de usuarios, se realiza en Asamblea General Extraordinaria. La forma, plazos y condiciones en que se realiza la convocatoria se establece en el Reglamento;

Que, el artículo 25 de la Ley, establece que el período de mandato de los miembros del Consejo Directivo de las organizaciones de usuarios de agua es de (04) cuatro años, salvo en el caso de los comités de usuarios, cuyo período se establece en el reglamento de la Ley y sus estatutos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI se aprobó el Reglamento de la precitada Ley N° 31801, en adelante el Reglamento, donde precisa en el numeral 75.3 del artículo 75, que el período de mandato del consejo directivo de los comités de usuarios, es de 1, 2 o 4 años, debiendo coincidir con la culminación del periodo de mandato de las juntas y comisiones de usuarios, lo que debe estar establecido en su estatuto;

Que, de igual manera, el Reglamento, en el artículo 77, señala entre otros puntos, que la Autoridad Nacional del Agua mediante resolución jefatural establece el cronograma electoral, el cual se inicia el primer semestre del último año de gestión del consejo directivo en ejercicio y concluye obligatoriamente con la elección del nuevo consejo directivo, en fecha única a nivel nacional; asimismo, establece que la elección para los integrantes de los consejos directivos de las juntas y comisiones de usuarios se realiza en acto electoral en forma simultánea y descentralizada en un solo proceso electoral; mientras que la elección de los integrantes del consejo directivo de los comités de usuarios se realiza en asamblea general y de acuerdo a sus estatutos;

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1642 se dispone la prórroga de mandato de los consejos directivos de las organizaciones de usuarios de agua, de sus comités de administración temporal y de los otros órganos de similar denominación establecidos por la Autoridad Nacional del Agua, hasta el 31 de diciembre de 2025, correspondiendo desarrollarse en el presente año el proceso electoral para la elección de los consejos directivos período 2026-2029;

Que, la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, mediante Informe de vistos, sustenta y propone la aprobación del cronograma electoral para la elección de los consejos directivos de las juntas y comisiones de usuarios que la integran para el periodo 2026-2029, debiendo iniciarse el primer semestre del presente año; precisando que dicho cronograma no es aplicable para las comisiones de usuarios que no integran una junta de usuarios y para los comités de usuarios; por lo que solicita se emita el acto resolutivo que apruebe el cronograma electoral;

Que, a través del Informe Legal de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable lo informado por la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, como órgano competente;

Con los vistos de la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Cronograma electoral

Establecer el cronograma electoral para la elección de los consejos directivos de las juntas de usuarios y comisiones de usuarios que la integran, para el periodo 2026-2029, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31801 Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI:

ETAPA

FECHA

1

La Administración Local de Agua - ALA remite el RADA por comisiones de usuarios a la junta de usuarios, para revisión, complementación y elaboración de propuesta de padrón electoral

Hasta el 17 de marzo de 2025

2

Aprobación del padrón electoral por la ALA

Hasta el 25 de junio de 2025

3

El Presidente de la junta de usuarios convoca a proceso electoral y asamblea general de elección de Comité Electoral y Comité de Impugnaciones

Hasta el 30 de junio de 2025

4

Asamblea General de elección del Comité Electoral y Comité de Impugnaciones

Hasta el 14 de julio de 2025

5

Presentación de Listas de Candidatos

Hasta el 13 de agosto de 2025

6

Publicación de Listas definitivas

Hasta el 23 de setiembre de 2025

7

Acto Electoral

12 de octubre de 2025

Artículo 2.- Convocatoria a proceso electoral

2.1 El presidente del consejo directivo de la junta de usuarios convoca a proceso electoral para la elección de los consejos directivos para el periodo 2026-2029 y a su vez a asamblea general para la elección del comité electoral y comité de impugnaciones, de acuerdo al cronograma electoral establecido en el artículo precedente.

2.2 La Administración Local de Agua publica la presente resolución jefatural en su sede institucional y comunica a las juntas de usuarios de su ámbito.

2.3 La junta de usuarios publica la presente resolución jefatural en su local y otros lugares visibles de las comisiones de usuarios, debiendo permanecer durante todo el proceso electoral.

2.4. El Comité Electoral y el Comité de Impugnaciones se encuentran impedidos de modificar el cronograma electoral establecido en el artículo precedente.

Artículo 3.- Elecciones en asamblea general

3.1 Las comisiones de usuarios que no integran una junta de usuarios realizan la elección de su consejo directivo en asamblea general extraordinaria y de acuerdo a las disposiciones que establezca la ANA.

3.2 Los comités de usuarios realizan la elección de su consejo directivo en asamblea general extraordinaria, de acuerdo a sus estatutos y las disposiciones que establezca la ANA.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal web de la entidad: www.gob.pe/ana.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ GENARO MUSAYÓN AYALA

Jefe

2374261-1