Aprueban la “Norma Técnica N° 01-2025-
PCM-SGP para la Gestión del Conocimiento en el Sector Público”
Resolución de Secretaría
de Gestión Pública
N° 001-2025-PCM-SGP
Lima, 21 de febrero de 2025
VISTO:
El Informe N° D000069-2025-PCM-SSAP de la Subsecretaría de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública;
CONSIDERANDO:
Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, ejerce la rectoría del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública el cual comprende, entre otros ámbitos, la gestión del conocimiento. Para el cumplimiento de sus funciones vinculadas con dicho ámbito, la Secretaría de Gestión Pública cuenta con la Subsecretaría de Administración Pública, la cual está a cargo de emitir opinión técnica, proponer normas y brindar asistencia técnica en materia de gestión del conocimiento;
Que, el numeral 21.1 del artículo 21 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, establece que la función normativa del ente rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública comprende la facultad de emitir resoluciones de Secretaría de Gestión Pública a través de las cuales se aprueban directivas, normas técnicas y lineamientos. Con relación a las Normas Técnicas, el citado Reglamento señala que éstas establecen procedimientos, protocolos, estándares u otros aspectos técnicos a implementar o cumplir por las entidades públicas, así como disposiciones que complementan las normas sustantivas, vinculados con uno o más ámbitos del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, los cuales son de obligatorio cumplimiento para las entidades públicas comprendidas dentro de su ámbito de aplicación;
Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, aprobada por Decreto Supremo N° 103-2022-PCM tiene como situación futura deseada que “Al 2030 contaremos con bienes, servicios y regulaciones de calidad que logren resultados de política pública, basados en evidencia y que atiendan las necesidades de las personas de manera oportuna y eficiente”. Para ello, el Lineamiento 3.2 Fortalecer la implementación de la gestión del conocimiento en las entidades públicas busca desarrollar e implementar procesos de generación y difusión del conocimiento para mejorar la capacidad de respuesta de las entidades públicas frente a los problemas públicos identificados.
Que, el instrumento que contiene los servicios administrativos e indicadores de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, aprobado mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2023-PCM/SGP, establece tres (03) servicios administrativos para implementar el Lineamiento 3.2: i) Asistencia técnica oportuna con pertinencia territorial e intercultural para la implementación de la gestión del conocimiento en las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, ii) Promoción de comunidades de práctica para gestionar el conocimiento de los sistemas administrativos y sistemas funcionales accesibles y con pertinencia territorial para las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, y iii) Repositorio de conocimiento fiable y accesible para las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, los cuales consideran como actividad operativa la “elaboración y aprobación de normativa en gestión del conocimiento” a cargo de la Secretaría de Gestión Pública.
Que, en el marco del cumplimiento de sus funciones en materia de gestión del conocimiento, la Secretaría de Gestión Pública a través de la Subsecretaría de Administración Pública, ha elaborado un proyecto de Norma Técnica para la Gestión del Conocimiento en el Sector Público con la finalidad que las entidades de la administración pública implementen la gestión del conocimiento, como un medio para la modernización que coadyuve a mejorar su funcionamiento, sus bienes, servicios y regulaciones, así como sus estrategias de intervención, y de esta forma generar valor público para las personas;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM; la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, aprobada por Decreto Supremo N° 103-2022-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar la “Norma Técnica N° 01-2025-PCM-SGP para la Gestión del Conocimiento en el Sector Público”, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
La Norma Técnica aprobada en el artículo 1 es de aplicación obligatoria para las entidades a las que se refiere el artículo 3 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, en todo aquello que les sea aplicable.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y establecer que la norma técnica aprobada por la presente Resolución sea publicada en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GERALDINE ELIA DENISE MOUCHARD INFANTES
Secretaria de Gestión Pública
2374168-1