Ordenanza que institucionaliza la organización de la Semana Santa del Centro Histórico de Lima
ORDENANZA N° 2703
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA
DE LIMA:
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria del 20 de febrero de 2025; en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Educación y Cultura a través del Dictamen N° 004-2025-MML/CMEC, por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura mediante Dictamen N° 021-2025-MML/CMDUVN, por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización mediante Dictamen N° 020-2025-MML/CMAEO y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen N° 025-2025-MML/CMAL; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;
Ha dado la ordenanza siguiente:
QUE INSTITUCIONALIZA LA
ORGANIZACIÓN DE LA SEMANA SANTA
DEL CENTRO HISTÓRICO DE LIMA
Artículo 1.- OBJETO
El objeto de la presente ordenanza es reconocer las expresiones culturales que integran el Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, de las cuales tienen sentido de pertenencia, como es la celebración de la Semana Santa en el Centro Histórico de Lima.
Artículo 2.- INSTITUCIONALIZACIÓN
Institucionalizar la Semana Santa del Centro Histórico de Lima, como actividad tradicional de Lima, de acuerdo con lo señalado en la Resolución Viceministerial N° 041-2018-VMPCIC-MC del Ministerio de Cultura, que declara a la Semana Santa del Centro Histórico de Lima como Patrimonio Cultural de la Nación; en la Ley N° 31980 de creación de un régimen especial para el Centro Histórico de Lima, a fin de proteger su patrimonio cultural y fomentar su desarrollo integral y sostenible; en la Ordenanza N° 2194 que aprueba el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima al 2029 con visión al 2035, en concordancia con la Ordenanza N° 2195 que aprueba el Reglamento Único de Administración del Centro Histórico de Lima.
Artículo 3.- RUTAS PROCESIONALES
Apruébense las rutas procesionales tradicionales dentro del Centro Histórico de Lima, detalladas en el Anexo: “Rutas de las procesiones por Semana Santa del Centro Histórico de Lima”, que forma parte integrante de la presente ordenanza, las cuales pueden ser variadas sólo en casos excepcionales por la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA en coordinación con la Gerencia de Movilidad Urbana. Asimismo, PROLIMA se encargará de implementar la señalización permanente de las rutas procesionales tradicionales, con fines informativos, culturales y turísticos.
Artículo 4.- PLAN DE ACTIVIDADES
Las actividades de semana santa se desarrollarán de acuerdo con el “Plan de actividades del desarrollo de la Semana Santa del Centro Histórico de Lima”, el cual será elaborado en coordinación con el Arzobispado de Lima, las órdenes y congregaciones religiosas, cofradías y hermandades que correspondan. Toda iniciativa de homenaje propuesta por cualquier órgano de la corporación municipal se realiza en coordinación con la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA, para su consideración.
El referido plan de actividades se aprueba, como máximo, el 30 de diciembre de cada año, con resolución de la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA, e incluye el diseño del cartel promocional de la ciudad de Lima, sobre la Semana Santa, para cada edición y se presenta en acto público especial una semana antes del Miércoles de Ceniza.
Artículo 5.- EXPOSICIONES DE ARTE SACRO E INFOGRÁFICAS
La Gerencia de Cultura, en coordinación con la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA, organizan exposiciones de arte sacro e infográficas sobre la Semana Santa en espacios públicos y en los recintos denominados: Palacio Municipal, Galería Municipal de Arte Pancho Fierro y Pinacoteca Municipal Ignacio Merino, desde el Miércoles de Ceniza (inicio de Cuaresma) hasta el Domingo de Resurrección.
Artículo 6.- REPRESENTACIÓN DE LA ENTRADA A JERUSALÉN EN LA CIUDAD DE LIMA
El montaje de la estructura del Arco Efímero en el Puente de Piedra, representa la entrada a Jerusalén en la Ciudad de Lima y es por donde ingresa la procesión del Señor del Triunfo, el Domingo de Ramos. El montaje está a cargo de la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima -
PROLIMA.
Artículo 7.- LA FERIA DE “PAN DULCE”
La feria de “Pan Dulce” se lleva a cabo el Domingo de Ramos y el Domingo de Resurrección con el fin de promocionar los dulces tradicionales y se realiza el concurso denominado: “Pan Dulce” de la Semana Santa limeña y está a cargo de la Gerencia de Desarrollo Económico, quien podrá coordinar con las panaderías del Cercado de Lima y de Lima Metropolitana.
La ubicación de la referida feria será determinada por la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA.
Artículo 8.- ENGALANAMIENTO DEL PALACIO MUNICIPAL Y OTROS
El engalanamiento del Palacio Municipal y todos los locales municipales del Centro Histórico de Lima, iglesias, conventos, monasterios, edificios emblemáticos, entre otros, se encuentra a cargo de la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA.
El referido engalanamiento comprende reposteros, mantones, guirnaldas de follaje y palmas en fachadas con motivos heráldicos de Semana Santa. Los reposteros tendrán las siguientes características: tela de terciopelo color conchevino (salvo excepciones en color morado, verde oscuro y negro), bordado con hilos de seda de colores, de variados tamaños (de acuerdo a las proporciones y a la arquitectura de cada edificio y de sus componentes arquitectónicos).
El engalanamiento del Palacio Municipal y de todos los locales municipales del Centro Histórico de Lima se realiza con la colocación de reposteros y con palmas tejidas sobre las puertas, cada una de las gerencias y órganos desconcentrados especiales de la Municipalidad Metropolitana de Lima brindan el apoyo necesario para el cumplimiento de esta disposición.
Estos elementos se instalan un día antes del inicio del Sábado de Pasión y se retiran el Lunes de Pascua.
Artículo 9.- CONCURSO DE ALFOMBRAS FLORALES Y PALMAS
Institúyase el Concurso de Alfombras Florales y Concurso de Palmas promovido por la Gerencia de Desarrollo Económico, a través de la Subgerencia de Turismo, que se realiza cada año en el marco de las celebraciones de la Semana Santa del Centro Histórico de Lima como actividad cultural conmemorativa del Domingo de Resurrección.
El Concurso de Palmas valora el engalanamiento del Palacio Municipal y de todos los locales municipales del Centro Histórico de Lima.
Artículo 10.- ESCENIFICACIÓN DE LA PASIÓN DE CRISTO EN LIMA
Institúyase la “Escenificación de la Pasión de Cristo en Lima” que recorre distintas calles del Centro Histórico de Lima durante Domingo de Ramos, Jueves Santo y Viernes Santo de cada año, como actividad religiosa y cultural conmemorativa en Lima Metropolitana, la cual se encuentra a cargo de la Gerencia de Cultura, en coordinación con la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA.
Artículo 11.- CONCIERTO SINFÓNICO CORAL DE SEMANA SANTA DEL CENTRO HISTÓRICO DE LIMA Y LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEL FESTIVAL DE MÚSICA SACRA
El Concierto Sinfónico Coral de Semana Santa del Centro Histórico de Lima se desarrolla en dos ediciones: una, durante la Cuaresma y la otra el Domingo de Resurrección y se encuentra a cargo de la Gerencia de Cultura, en coordinación con la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA.
Institucionalizar el Festival de Música Sacra, el cual se encuentra a cargo de la Gerencia de Cultura, en coordinación con la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA y de las autoridades eclesiásticas, la cual se lleva a cabo en las iglesias que se encuentren en buen estado y aquellas restauradas por la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA.
Artículo 12.- INSTITUCIONALIZAR LA PROCESIÓN DEL SEÑOR DEL TRIUNFO
La procesión del Señor del Triunfo realiza su recorrido desde la Parroquia de San Lázaro del Rímac hacia la Plaza de Armas durante el Domingo de Ramos, en compañía de la imagen de Nuestra Señora de la Esperanza Macarena de Lima.
La Gerencia de Cultura organiza el cortejo de acompañamiento, el cual podrá estar conformado por las ramas infantiles de las hermandades o catequesis parroquiales.
La Gerencia de Cultura, en coordinación con la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA, promueve la conformación de una Cofradía y Hermandad Municipal de Cargadores del Señor del Triunfo.
Artículo 13.- ACOMPAÑAMIENTO MUSICAL
La Gerencia de Desarrollo Humano organiza el acompañamiento musical durante los recorridos procesionales y otras actividades, desde el Viernes de Dolores hasta el Domingo de Resurrección, así como las veces que la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA lo requiera.
Artículo 14.- REPRESENTACIÓN MUNICIPAL
El Alcalde Metropolitano de Lima podrá ser representado por un regidor metropolitano, quien acompañará los recorridos procesionales portando el distintivo municipal correspondiente.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
FINALES
Primera.- Facultar al Alcalde Metropolitano de Lima para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y/o adicionales que fueran necesarias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza.
Segunda.- Encargar a la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA que, mediante resolución, apruebe el Plan de actividades del desarrollo de la Semana Santa del Centro Histórico de Lima, correspondiente a la Semana Santa 2025, como máximo, hasta el 28 de febrero del presente año; sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 4 de la presente ordenanza.
Tercera.- Encargar a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, la elaboración del “Plan de Limpieza de Semana Santa” a efectos de mantener el ornato del Centro Histórico de Lima.
Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana que, en coordinación con la Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y con la Gerencia de Fiscalización y Control, elaboren el “Plan de Seguridad de Semana Santa”.
Quinta. - Encargar a la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA realizar las coordinaciones con el Convento de San Agustín para procurar la salida de los Once Pasos Procesionales de Jueves Santo.
Sexta.- Encargar a la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA, realizar las acciones de promoción y difusión de la Semana Santa en el Centro Histórico de Lima, a través de medios digitales, análogos, carteleras y banderolas municipales y, siempre enmarcado en la estrategia de la marca Lima Ciudad de los Reyes. Las demás unidades de organización intervendrán de acuerdo a sus facultades, conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones, a solicitud de Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA.
Sétima.- Crear el Comité de Fiestas Mayores de la Ciudad de Lima, el cual se encuentra conformado por Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA, quien lo preside, por la Gerencia de Cultura como secretario y por la Gerencia de Desarrollo Económico; comité encargado de dar apoyo a la realización de las actividades por Semana Santa del Centro Histórico de Lima, así como la conmemoración a la Fundación de la Ciudad de Lima, los Carnavales de Centro Histórico de Lima, la fiesta de Amancaes, la conmemoración a Santa Rosa de Lima y la Feria de Octubre. Las demás unidades de organización intervendrán de acuerdo con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones, a solicitud de la Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA.
El Comité podrá convocar, como observadores, a personas u organizaciones con experiencia en el desarrollo de festividades tradicionales.
Octava.- La implementación de la presente ordenanza queda exceptuada de los alcances de la Resolución de Gerencia N° 134-2020-MML/GMM que aprueba la “Directiva N° 0001-2020-MML-GSCGA-SGA: Lineamientos para la implementación de medidas orientadas a la prohibición del uso de productos pirotécnicos en todas las actividades organizadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima”.
Novena.- Las gerencias y los órganos desconcentrados especiales de la Municipalidad Metropolitana de Lima brindan el apoyo necesario, en el marco de sus funciones y atribuciones, con el fin que los encargos conferidos en la presente ordenanza se realicen en forma adecuada, oportuna y eficiente.
Décima.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente en el diario oficial “El Peruano” y, a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los veinte días de febrero del dos mil veinticinco.
RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA
Alcalde
2373996-1