Aprueban la Numeración Municipal de la Urbanización Sesquicentenario
Ordenanza Municipal
Nº 003-2025/MPC
Callao, 17 de febrero de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL
DEL CALLAO
VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 003-2025-MPC-SR-COPODUN de fecha 29 de enero de 2025 de la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura, y sus antecedentes;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 3.4 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeración predial;
Que, mediante la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU se aprueban los Lineamientos para la Nomenclatura Vial y Numeración Municipal, que tiene por finalidad establecer un instrumento técnico que permita mejorar la identificación de lugares, ahorrar tiempo, mejorar la productividad y planificar la ciudad; utilizando como herramienta técnica principal el Reglamento de la Norma Técnica para Numeración Municipal y Nomenclatura Vial a los Gobiernos Locales a nivel Nacional, mediante la estandarización de procedimientos, que incluye el registro e identificación de predios;
Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, a través de los Informes N° 153-2024/MPC-GDU-SGPUC-ECFD de fecha 21 de mayo de 2024, N° 173-2024-MPC-GDU-SGPUC-AEBC de fecha 31 de octubre de 2024, N° 155-2024-MPC/GDU-SGPUC-CMVA de fecha 04 de noviembre de 2024 y N° 868-2024/MPC-GDU-SGPUC de fecha 04 de noviembre de 2024, señala que se ha identificado que la Urbanización Sesquicentenario no cuenta con numeración municipal adecuada para los fines de ubicación rápida de los predios por parte de propios, visitantes e instituciones públicas y privadas, por lo tanto se han llevado a cabo actividades que ha permitido concretar la IV Campaña de numeración municipal en dicha Urbanización;
Asimismo, se ha identificado que la zona inscrita en la Partida Registral N° 70042321 cuenta con una superficie aproximada de 129,035.08 m2 y se encuentra conformada por 13 (Trece) manzanas y 342 (Trescientos Cuarenta y Dos) lotes. En ese sentido, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro presenta la propuesta de Ordenanza que aprueba la numeración municipal de la Urbanización Sesquicentenario, así como sus planos. Esta iniciativa va a permitir generar un reordenamiento y planeamiento territorial, facilitar la identificación y ubicación de direcciones;
Que, mediante Informe N° 346-2024-MPC/OGAJ de fecha 11 de noviembre de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que la propuesta de Ordenanza Municipal cumple con los requisitos contenidos en la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, por lo que emite opinión legal favorable;
Que, la Comisión de Población y Desarrollo Urbano, a través del Dictamen N° 003-2025-MPC-SR-COPODUN de fecha 29 de enero de 2025, recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao se apruebe la propuesta de Ordenanza Municipal en cuestión, disponiendo se eleve al Pleno del Concejo para su pronunciamiento;
Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA NUMERACIÓN MUNICIPAL DE LA URBANIZACIÓN SESQUICENTENARIO
Artículo 1.- APROBAR la Numeración Municipal de la Urbanización Sesquicentenario del distrito del Callao, la cual se detalla en los siguientes documentos anexos:
• “Plano General de la Numeración Municipal para la Urbanización Sesquicentenario”, con Código de Plano Nº 31-2024/MPC-GDU-SGPUC-PR y Número de Lámina 1/1
• “Plano de Numeración Municipal Exterior para la Urbanización Sesquicentenario” con escala 1/500, con Código de Plano Nº 32-2024/MPC-GDU-SGPUC-PR y Número de Lámina 1/4 al 4/4.
• Anexo Nº 01 “Numeración Municipal Exterior para Puertas Principales de la Urbanización Sesquicentenario”
• Anexo Nº 02 “Numeración Municipal Exterior para Puertas Secundarias de la Urbanización Sesquicentenario”
Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y demás áreas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como su inscripción en Registros Públicos y las demás acciones correspondientes con arreglo a Ley.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación su publicación y la de sus anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao).
Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
2373521-1