Aprueban a CONCESIONARIA TRANS-MISORA REQUE TUMBES S.A.C. como empresa calificada para efecto de lo dispuesto en el artículo 3 del D.Leg. N° 973 para el desarrollo del proyecto “Enlace 220 kV Reque - Nueva Carhuaquero, subestaciones, líneas y ampliaciones asociadas”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 054-2025-MINEM/DM
Lima, 17 de febrero de 2025
VISTOS: La solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas para el desarrollo del proyecto “Enlace 220 kV Reque - Nueva Carhuaquero, subestaciones, líneas y ampliaciones asociadas”, presentada por la empresa CONCESIONARIA TRANSMISORA REQUE TUMBES S.A.C.; el Informe N° 035-2025-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00067-2025/MINEM-VME, del Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 0105-2025-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, las personas naturales o jurídicas que realizan inversiones en cualquier sector de la actividad económica que genera renta de tercera categoría, pueden acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas - IGV (en adelante, Régimen Especial);
Que, conforme al artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, concordado con los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 973, mediante Resolución Ministerial se precisa, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen Especial;
Que, con fecha 24 de enero de 2024, la empresa CONCESIONARIA TRANSMISORA REQUE TUMBES S.A.C. presentó ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, una solicitud de acogimiento al Régimen Especial para el desarrollo del proyecto “Enlace 220 kV Reque - Nueva Carhuaquero, subestaciones, líneas y ampliaciones
asociadas”;
Que, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del literal a) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, mediante los Oficios N° 056-2024/PROINVERSIÓN/DSI y N° 00488-2024/PROINVERSIÓN/DSI, ingresados con Registros Nros. 3691824 y N° 3887253, de fechas 29 de febrero y 27 de diciembre de 2024, respectivamente, PROINVERSIÓN remite el expediente digital al Ministerio de Energía y Minas, conjuntamente con el Informe Técnico - Legal N° 004-2024/DSI; el Informe Técnico N° 023-2024-DSI-SSI; el Informe Legal N° 00020-2024/DSI/SSI; y, el Informe Técnico - Legal N° 123-2024/DSI/SSI, a través de los cuales evalúa y determina la admisibilidad y procedencia de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial;
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, mediante Oficio N° 2544-2024-EF/13.01, ingresado con Registro N° 3865395, de fecha 18 de noviembre de 2024, el Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe N° 051-2024-EF/61.03, que contiene como anexos las Listas de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción que son susceptibles de acogimiento al Régimen Especial por parte de la empresa CONCESIONARIA TRANSMISORA REQUE TUMBES S.A.C. para el proyecto “Enlace 220 kV Reque - Nueva Carhuaquero, subestaciones, líneas y ampliaciones asociadas”;
Que, en los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, y en base a lo evaluado por PROINVERSIÓN y el Ministerio de Economía y Finanzas, concluyen que corresponde aprobar la solicitud presentada por la empresa CONCESIONARIA TRANSMISORA REQUE TUMBES S.A.C., a fin de que pueda acogerse al Régimen Especial, así como lo concerniente a las Listas de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción que otorgarán el derecho a dicha recuperación para efectos del proyecto “Enlace 220 kV Reque - Nueva Carhuaquero, subestaciones, líneas y ampliaciones asociadas”, al haberse cumplido con las condiciones y requisitos establecidos por el Decreto Legislativo N° 973 y su Reglamento;
Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y sus modificatorias; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, y sus modificatorias; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y, su Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada
Aprobar como empresa calificada para efecto de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa CONCESIONARIA TRANSMISORA REQUE TUMBES S.A.C. para el desarrollo del proyecto “Enlace 220 kV Reque - Nueva Carhuaquero, subestaciones, líneas y ampliaciones asociadas”.
Artículo 2.- Requisitos y características del compromiso de inversión
2.1 Establecer, de conformidad con el “Cronograma de Ejecución de Inversiones” que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para efecto del numeral 5.2 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, que el monto del compromiso de inversión a cargo de la empresa CONCESIONARIA TRANSMISORA REQUE TUMBES S.A.C. por el proyecto “Enlace 220 kV Reque - Nueva Carhuaquero, subestaciones, líneas y ampliaciones asociadas”, asciende a la suma de US$ 40 033 400,00 (Cuarenta Millones Treinta y Tres Mil Cuatrocientos y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), sin incluir el Impuesto General a las Ventas.
2.2 El compromiso de inversión será ejecutado en un plazo total de dos (02) años, un (01) mes y seis (06) días, contados desde el 24 de enero de 2024, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial, hasta el 02 de marzo de 2026. El periodo de pruebas y ensayos, se desarrollará del 03 de febrero de 2026 al 02 de marzo de 2026.
Artículo 3.- Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas
3.1 El Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a que se refiere el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, comprende el impuesto que grave las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, servicios y contratos de construcción que se señalan en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, siempre que se utilicen directamente en la ejecución del compromiso de inversión del proyecto.
3.2 Para determinar el beneficio antes indicado se consideran adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 24 de enero de 2024, y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas del citado proyecto.
3.3 La lista de bienes, servicios y contratos de construcción se incluye como Anexo II y forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, siendo susceptible de modificación a solicitud de la empresa CONCESIONARIA TRANSMISORA REQUE TUMBES S.A.C., de conformidad con lo estipulado en el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, o la norma que lo reemplace.
Artículo 4.- Publicación
La presente Resolución Ministerial y sus anexos se publican en el diario oficial “El Peruano” y en el Portal web del Ministerio de Energía y Minas, en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles contados a partir de la fecha de su expedición.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS MONTERO CORNEJO
Ministro de Energía y Minas
ANEXO I
Empresa: Concesionaria Transmisora Reque Tumbes S.A.C.
RUC: 20609931982
Proyecto “Enlace 220 kV Reque - Nueva Carhuaquero, subestaciones, líneas y ampliaciones asociadas”
(Monto en dólares americanos sin IGV)
Anexo I - CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE LA INVERSIÓN
Actividad |
TOTAL |
3/11/2022 |
Dic-22 |
1) Bienes |
12,701,267 |
- |
- |
Línea de Transmisión |
|||
Torres metálicas |
3,754,485 |
- |
- |
Conductor |
2,793,084 |
- |
- |
Cable de comunicación |
810,841 |
- |
- |
Aisladores |
703,970 |
- |
- |
Subestación |
|||
Estructuras metálicas |
659,529 |
- |
- |
Interruptores |
571,506 |
- |
- |
Seccionadores |
295,199 |
- |
- |
Transformadores de Tensión y Corriente |
284,517 |
- |
- |
Pararrayos |
167,438 |
- |
- |
Protección y Control |
2,154,262 |
- |
- |
Ampliación Subestación Reque 220 kV |
|||
Estructuras metálicas |
154,215 |
- |
- |
Interruptores |
23,544 |
- |
- |
Seccionadores |
24,571 |
- |
- |
Transformadores de Tensión y Corriente |
35,252 |
- |
- |
Pararrayos |
14,591 |
- |
- |
Protección y Control |
254,263 |
- |
- |
2) Servicios |
7,398,892 |
- |
68,289 |
Seguros de vida / Seguros generales |
366,446 |
- |
6,297 |
Servicios de ingeniería destinados a la elaboración de los estudios de pre operatividad (EPO) y operatividad del Proyecto / Servicios de asesoría legal / Servicios de asesoría fiscal / Servicio de asesoría técnica en ingeniería para la suscripción de contratos de interconexión al SEIN / Servicio de interconexión / Servicio de obras electromecánicas / Servicios de pruebas y ensayos / Servicios de fotografía y de filmación / Servicios de alquiler de vehículos sin operario para el transporte del personal del proyecto / Alquiler sin operario de maquinaria para el montaje de la subestación, su ampliación, así como de la línea de transmisión / Servicios de provisión de personal / Servicios de compra de pasajes terrestres y aéreos / Servicio de seguridad y vigilancia / Servicios de chequeos médicos / Servicios de análisis de laboratorio / Servicio de asesoría comercial / Servicio de arrendamiento de bienes inmuebles / Alquiler de vehículos y camionetas con operario / Servicio de transporte de personas / Servicios de alojamiento para estancias cortas para el personal del proyecto / Servicios de alojamiento para estancias no cortas para el personal del proyecto / Servicios de alimentación en restaurantes para el personal del proyecto / Servicios de alimentación por concesión para el personal del proyecto / Servicios de telecomunicaciones alámbricas / Servicio de comunicaciones inalámbricas / Servicio de comunicaciones por satélite / Servicio de comunicación SCADA |
1,891,140 |
- |
55,098 |
Servicios de asesoría y gestión ambiental |
1,245,852 |
- |
- |
Servicios de gestión para la obtención del certificado de inexistencia de restos arqueológicos (CIRA) y el monitoreo arqueológico |
172,470 |
- |
4,934 |
Servicios de ingeniería y arquitectura para la adquisición de servidumbres / Servicios de topografía / Servicios notariales / Servicios de ingeniería y arquitectura para la obtención de permisos y licencias / Servicios de estudios geotécnicos / Servicio de replanteo / Servicio de Ingenieria de detalle /Servicio de ingeniería definitiva |
553,944 |
- |
1,960 |
Servicio de financiamiento no bancario |
2,300,315 |
- |
- |
Servicio de transporte de carga / Servicio de transporte marítimo y de cabotaje / Servicios de almacenamiento y depósito / Servicios de soporte en la manipulación de carga en puntos de carga y de descarga / Servicios logísticos / Servicios de agenciamiento de aduanas / Servicios de contratación de espacios en buques y aeronaves |
16,823 |
- |
- |
Servicio de supervisión de la ingeniería y construcción del Proyecto /Servicio de inspección del Proyecto / Supervisión de sistemas de alarma |
851,902 |
- |
- |
3) Contratos de Construcción |
21,455,548 |
- |
209,944 |
Contrato de construcción de edificaciones complementarias a la línea de transmisión, a la subestación y a la ampliación / Contrato de construcción de vías y caminos / Contrato EPC - Construcción y montaje de la Sub Estación, su ampliación y la Línea de Transmisión / Contrato de demolición / Contrato de limpieza, movimiento y perforación de tierra / Contrato de instalaciones eléctricas / Contrato de instalaciones de alarmas / Contrato de instalación de aire acondicionado / Contrato de construcción de cimentaciones / Contrato de alquiler de grúas con operadores |
21,455,548 |
- |
209,944 |
Monto total de la Inversión (US$) |
41,555,707 |
- |
278,233 |
Compromiso de Inversión (US$) |
40,033,400 |
||
*Montos no incluyen IGV |
NOTA 1:
El periodo de pruebas y ensayos iniciará el 3 de febrero del 2026 y culminará el 2 de marzo del mismo ejercicio.
Ene-23 |
Feb-23 |
Mar-23 |
Abr-23 |
May-23 |
Jun-23 |
Jul-23 |
Ago-23 |
Set-23 |
Oct-23 |
- |
- |
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- |
- |
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- |
- |
- |
- |
- |
- |
29,033 |
18,070 |
20,196 |
143,498 |
18,281 |
149,992 |
75,332 |
51,167 |
111,429 |
26,221 |
3,149 |
3,149 |
3,149 |
3,149 |
3,149 |
3,149 |
3,149 |
3,082 |
2,983 |
3,082 |
15,224 |
14,921 |
17,047 |
12,411 |
15,132 |
14,028 |
23,988 |
4,746 |
24,362 |
23,139 |
10,660 |
- |
- |
21,320 |
- |
74,620 |
31,980 |
- |
74,620 |
- |
- |
- |
- |
27,618 |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
79,000 |
- |
20,080 |
1,184 |
32,798 |
3,920 |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
- |
38,115 |
15,031 |
10,541 |
5,544 |
- |
ANEXO II
LISTA DE BIENES
ANEXO II
LISTA DE SERVICIOS Y CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN
2373000-1