Designan responsable titular y ratifican responsable alterna de brindar información de acceso público en la sede central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
N° 027-2025-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE
Lima, 11 de febrero de 2025
VISTOS:
El Informe N° 042-2025-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA de la Unidad de Administración, y el Informe Legal N° 028-2025-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2020-MIDAGRI, se formaliza la creación del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dependiente del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, en el marco de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, con la finalidad de promover el desarrollo agrario rural, a través del financiamiento de inversiones en zonas rurales en el ámbito agrario en territorios de menor grado de desarrollo económico;
Que, por Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el el 19 de mayo de 2021, modificada con la Resolución Ministerial N° 0149-2021-MIDAGRI se aprueba el Manual de Operaciones de AGRO RURAL, en adelante MOP, el cual establece entre otros, su estructura funcional, y las funciones de cada una de las unidades que la conforman;
Que, de acuerdo al numeral 5, del artículo 2 de la Constitución Política del Estado, estipula el derecho fundamental de acceso a la información, al prescribir que: “toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y recibirla de cualquier Entidad Pública en el plazo legal y con el costo que irrogue este pedido”;
Que, en esa línea, el numeral 1 del artículo II del Título Preliminar de la LOPE, señala que las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad; actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la nación asegurando que su actividad se realice con arreglo a criterios de eficiencia, que procuren una gestión que optimice los recursos disponibles, procurando la innovación y el mejoramiento continuo;
Que, en el marco de lo establecido en el numeral 2 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS y su modificatorias, el Estado adopta medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública, y que el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad;
Que, del mismo modo, el artículo 1 y el numeral 8.2 del artículo 8 del Reglamento de la citada Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-JUS señala, que las máximas autoridades de las entidades designarán a los funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información, mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en un “lugar visible de su Sede Central y en cada uno de sus Órganos Desconcentrados y/u Oficinas Desconcentradas. Opcionalmente, puede publicar la Resolución en el Diario Oficial El Peruano”;
Que, en mérito a dicha normativa, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 087-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE de fecha 28 de marzo de 2022, se designó a la señora Laura Angelica Chacaltana Carlos como Responsable Alterna de brindar Información de Acceso Público del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
Que, posteriormente, se designó a la señora Carla Lisbet Huasasquiche Huyhua, como Responsable Titular para brindar información de acceso público en el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, conforme es de verse de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 257-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE de fecha 24 de julio de 2023;
Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 26 y los literales g) e i) del artículo 27 del MOP, la Jefatura de la Unidad de Administración, es una unidad de apoyo responsable de organizar, entre otras, la gestión documentaria, el archivo y tecnologías de la información y tiene como una de sus funciones “Atender las solicitudes de Acceso a Información Pública presentadas ante el Programa, en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus normas complementarias”;
Que, en ese contexto normativo, mediante Carta s/n-2025-CLHH de fecha 04 de febrero de 2025, la señora Carla Lisbet Huasasquiche Huyhua presentó renuncia a su designación; en razón de lo cual, mediante Informe N° 042-2025-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/UA de fecha 05 de febrero de 2025, la Jefatura de la Unidad de Administración solicita dar por concluida la misma, y en su lugar solicita la designación de la señora María Francisca Flores Ramos como Responsable Titular de brindar la Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa AGRO RURAL;
Que, la servidora propuesta viene ejerciendo actualmente funciones en la Jefatura de la Unidad de Administración, bajo el régimen laboral de Contratación Administrativa de Servicios, amparado en el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios;
Que, en ese sentido, mediante Informe Legal del visto, la Unidad de Asesoría Jurídica, opina que, resulta viable designar a la servidora María Francisca Flores Ramos como Responsable Titular de Brindar Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, quien ejercerá dicho cargo en adición a las funciones que viene desempeñando;
Que, en concordancia con lo establecido en los artículos 7 y 8 del MOP, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa; ejerce la representación legal y la titularidad de la Entidad, y tiene como una de sus funciones la de aprobar, modificar y dejar sin efecto normas técnico-operativas o administrativas internas, o de otros instrumentos que requiera el Programa para su funcionamiento, en el marco de la normatividad vigente;
De conformidad con el Decreto Supremo N° 012-2020-MIDAGRI, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-JUS; y en uso de las facultades conferidas en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI, y su modificatoria;
Contando con el visto del Jefe de la Unidad de Administración y de la Unidad de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la señora CARLA LISBET HUASASQUICHE HUYHUA como Responsable Titular de Brindar la Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL.
Artículo 2.- DESIGNAR, a partir de la fecha, a la señora MARÍA FRANCISCA FLORES RAMOS, como Responsable Titular de Brindar Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL en adición a las funciones que viene desempeñando en la Unidad de Administración de la Entidad.
Artículo 3.- RATIFICAR a la servidora LAURA ANGELICA CHACALTANA CARLOS como Responsable Alterna del Brindar Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL en adición a las funciones que viene desempeñando en la Unidad de Administración de la Entidad, de conformidad con la Resolución Directoral N° 087-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE de fecha 28 de marzo de 2022.
Artículo 4.- DISPONER, que la Responsable designada en el artículo precedente, observará las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobada por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2027-JUS, y demás normas de la materia.
Artículo 5.- DISPONER que los servidores de todas las Unidades Funcionales de la Entidad, proporcionen la información y documentación que soliciten las servidoras Responsables de Brindar Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad.
Artículo 6.- NOTIFICAR la presente resolución, a la servidora designada como Responsable Titular de Brindar Información de Acceso Público en la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL; así como, a la Unidad de Administración para los fines correspondientes.
Artículo 7.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL (www.gob.pe/agrorural).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUDBERTO CARRERA PADILLA
Director Ejecutivo (e)
2371089-1