Aprueban “Lineamientos que regulan la recolección de datos en materia de discapacidad en los registros administrativos de las entidades públicas prestadoras de bienes y servicios y entidades privadas que brindan servicios públicos”, y derogan la Res. Nº D000010-2023-CONADIS-PRE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº D000030-2025-CONADIS-PRE
Lima, 11 de febrero del 2025
VISTOS:
La Nota Nº D000155-2025-CONADIS-GG, emitido por la Gerencia General; la Nota Nº D0000026-2025-CONADIS-DPSGE, los Memorandos Nº D000769-2024-CONADIS-DPSGE y Nº D000792-2024-CONADIS-DPSGE y los Informes Nº D000042-2024-CONADIS-SDSPGE-MABM, Nº 000046-2024-SDSPGE-MABM y Nº D0000003-2025-CONADIS-SDSPGE-LVF, emitidos por la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia; el Memorando Nº D002432-2024-CONADIS-DPRIPD y el Informe Nº D000347-2024-CONADIS-SDRID, emitidos por la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad y la Subdirección de Registro e Intervenciones en Discapacidad; el Memorando Nº D002467-2024-CONADIS-OPPM y el Informe Nº D000056-2024-CONADIS-OPPM-LKAQ, emitidos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, la Nota Nº D000070-2025-CONADIS-OAJ y el Informe Nº D000694-2024-CONADIS-OAJ, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 63 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y modificatorias (en adelante la LGPCD), establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad;
Que, el numeral 73.1 del artículo 73 de la LGPCD señala que el CONADIS es el ente rector del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – SINAPEDIS y tiene a su cargo el dirigir, coordinar, implementar, supervisar y evaluar el referido sistema funcional, a fin de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de discapacidad desde una perspectiva social de respeto de sus derechos y garantizando la participación ciudadana;
Que, de acuerdo con el artículo 75 de la LGPCD, el SINAPEDIS se encuentra conformado por el CONADIS, los Ministerios del Estado, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, los organismos públicos, los programas y proyectos especiales, las organizaciones de sociedad civil y el sector privado;
Que, el literal a) del artículo 82 del Reglamento de la LGPCD, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, dispone que el CONADIS como ente rector del SINAPEDIS, tiene la atribución de emitir protocolos, procedimientos, metodologías, directivas y demás instrumentos técnicos normativos para el adecuado funcionamiento del Sistema;
Que, el numeral 88.1 del artículo 88 del Reglamento de la LGPCD dispone que las entidades públicas que presten bienes y servicios incorporan en sus bases de datos o registros administrativos un rubro para recoger información sobre las personas con discapacidad, y que el CONADIS dicta los lineamientos y orientaciones para la gestión de la información de las personas con discapacidad;
Que, de acuerdo con los literales m) y q) del artículo 10 del Texto Integrado del ROF del CONADIS, la Presidencia tiene las funciones de aprobar normas y documentos técnicos de los procedimientos que ejecutan los órganos de línea del CONADIS, en concordancia con las políticas institucionales y la normativa vigente, así como de emitir resoluciones en el ámbito de su competencia;
Que, mediante la Resolución de Presidencia Nº D000010-2023-CONADIS-PRE se aprueba la Directiva Nº D000003-2023-CONADIS-PRE, denominada “Directiva que Regula y Orienta la Gestión de Información en Materia de Discapacidad en los Registros Administrativos de las Entidades Públicas Prestadoras de Bienes y Servicios”;
Que, la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, mediante los Memorandos Nº D000769-2024-CONADIS-DPSGE y Nº D000792-2024-CONADIS-DPSGE y el Informe Nº D000042-2024-CONADIS-SDSPGE-MABM, ampliado con los Informes Nº 000046-2024-SDSPGE-MABM y Nº D0000003-2025-CONADIS-SDSPGE-LVF, sustenta que la Directiva Nº D000003-2023-CONADIS-PRE ha perdido vigencia, por lo que propone su derogación y la aprobación de los “Lineamientos que regulan la recolección de datos en materia de discapacidad en los registros administrativos de las entidades públicas prestadoras de bienes y servicios y entidades privadas que brindan servicios públicos”, con el objeto de regular la recolección de datos en materia de discapacidad, como parte del proceso de gestión de la información, a fin de identificar y caracterizar a las personas con discapacidad; los mismos que cuentan con la opinión técnica favorable de la Dirección de Promoción, Registro y Generación de Evidencia, contenida en el Informe Nº D000347-2024-CONADIS-SDRID;
Que, la Oficina de Planeamiento Presupuesto y Modernización, mediante la Nota Nº D002467-2024-CONADIS-OPPM y el Informe Nº D000056-2024-CONADIS-OPPM-LKAQ, emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de Lineamientos, precisando que se encuentra alineada al Plan Estratégico Institucional (PEI) 2022-2027 ampliado del CONADIS, y cumple con los criterios establecidos en la Directiva Nº D000001-2024-CONADIS-GG, “Directiva para la formulación, modificación y aprobación de los documentos normativos y orientadores en el CONADIS”, aprobados por la Resolución de Presidencia Nº D000033-2024-CONADIS-PRE y la Resolución de Gerencia General Nº D000005-2024-CONADIS-GG, respectivamente;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante la Nota Nº D000070-2025-CONADIS-OAJ remite el Informe Nº D000694-2024-CONADIS-OAJ, por el cual, concluye que resulta jurídicamente viable aprobar el documento normativo denominado “Lineamientos que regulan la recolección de datos en materia de discapacidad en los registros administrativos de las entidades públicas prestadoras de bienes y servicios y entidades privadas que brindan servicios públicos”;
Con el visto bueno de la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, de la Oficina de Planeamiento Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP; la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales y sus modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado por la Resolución de Presidencia Nº D000119-2024-CONADIS-PRE; la Directiva Nº D0000001-2024-CONADIS-GG, “Directiva para la formulación, modificación y aprobación de los documentos normativos y orientadores en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS)”, aprobada por la Resolución de Gerencia General Nº D000005-2024-CONADIS-GG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el Lineamiento Nº D000001-20205-CONADIS-PRE, denominado “Lineamientos que regulan la recolección de datos en materia de discapacidad en los registros administrativos de las entidades públicas prestadoras de bienes y servicios y entidades privadas que brindan servicios públicos”, que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- DEROGAR la Resolución de Presidencia Nº D000010-2023-CONADIS-PRE, que aprueba la Directiva Nº D000003-2023-CONADIS-PRE denominada “Directiva que Regula y Orienta la Gestión de Información en Materia de Discapacidad en los Registros Administrativos de las Entidades Públicas Prestadoras de Bienes y Servicios” y sus anexos.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”; y la publicación de la Resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https://www.gob.pe/conadis).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SANDRA PILAR PIRO MARCOS
Presidenta
Consejo Nacional para la Integración
de la Persona con Discapacidad
2370910-1