Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en Colombia

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 036-2025-MINCETUR

Lima, 7 de febrero de 2025

VISTOS, el Oficio N° 000038-2025-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; el Oficio Nº 000017-2025-PROMPERÚ/GG de la Gerencia General de PROMPERÚ; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;

Que, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se llevará a cabo la Feria Internacional “Vitrina Turística ANATO 2025” del 26 al 28 de febrero de 2025, evento comercial de turismo más importante de Colombia, dirigido principalmente a profesionales de la industria turística, donde se dan a conocer las novedades y oportunidades comerciales mediante reuniones uno a uno, entre otras, con las empresas peruanas;

Que, la participación de PROMPERÚ en la citada feria tiene como objetivo fomentar la comercialización de los destinos turísticos del Perú a través de la participación conjunta de operadores especializados en turismo, identificar nuevas oportunidades que permitan intensificar la promoción y comercialización del destino Perú en el mercado colombiano; para tal efecto, se tiene previsto ejecutar las acciones necesarias para la óptima presentación y participación en la referida feria desde el día 25 de febrero del presente año;

Que, es de interés institucional la participación del señor Luis Ricardo Baraybar Gutiérrez de la Fuente, Subdirector de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo y de la señora Lizbeth Karina Corrales Orduña, profesional de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ, participen en la referida feria realizando acciones para la promoción del Turismo;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Bogotá, República de Colombia del señor Luis Ricardo Baraybar Gutiérrez de la Fuente, Subdirector de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, del 26 al 28 de febrero de 2025 y de la señora Lizbeth Karina Corrales Orduña, profesional de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de Promoción del Turismo, del 25 de febrero al 1 de marzo de 2025, para que en representación de PROMPERÚ participen en la feria que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y apellidos

Pasajes aéreos Clase Económica US$

Zona Geográfica

Viáticos por día US$

Total Viáticos US$

Luis Ricardo
Baraybar Gutiérrez de la Fuente

875,70

América del Sur

370,00 x 3

1 110,00

Lizbeth Karina
Corrales Orduña

668,00

370,00 x 4

1 480,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza en el artículo primero de la presente Resolución Ministerial, presenta al Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirán; asimismo, presentan la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

2369767-1