Autorizan viaje de profesional de PROMPERÚ para participar en la Feria Internacional Ambiente 2025 que se realizará en Alemania
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 033-2025-MINCETUR
Lima, 5 de febrero de 2025
VISTO, el Oficio Nº 00040-2025-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, en la ciudad de Frankfurt, República Federal de Alemania, del 7 al 11 de febrero de 2025, se realizará la Feria Internacional Ambiente 2025, principal plataforma mundial especializada en el sector decoración, que constituye una de las mejores fuentes de información sobre tendencia, tecnología e innovación del referido sector;
Que, la participación de PROMPERÚ en esta feria tiene como objetivo promover y posicionar nuestra oferta de artículos de decoración, así como identificar y contactar a los potenciales compradores internacionales a fin de propiciar su participación en futuras actividades de promoción comercial organizadas por PROMPERÚ;
Que, es de interés institucional la participación del señor Fausto Eduardo Díaz Pimentel, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de la Entidad brinde apoyo técnico, seguimiento y promueva la actividad comercial de las empresas peruanas, recabando y consolidando la información de los resultados de la participación peruana en la referida feria;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Fausto Eduardo Díaz Pimentel, profesional de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, a la ciudad de Frankfurt, República Federal de Alemania, del 7 al 12 de febrero de 2025, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la Feria Internacional a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombre y apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos x día US$ |
Total Viáticos US$ |
Fausto Eduardo Díaz Pimentel |
2 340,96 |
Europa |
540,00 x 4 |
2 160,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Fausto Eduardo Díaz Pimentel, presenta al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
2369026-1