Designan Jefas de los Órganos de Control Institucional del Ministerio de Educación y del Ministerio de Salud

Resolución de Contraloría

Nº 081-2025-CG

Lima, 5 de febrero de 2025

VISTOS:

La Hoja Informativa Nº 000027-2025-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; los Memorandos Nº 000041-2025-CG/GCSPB y Nº 000047-2025-CG/GCSPB, de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos; la Hoja Informativa Nº 000004-2025-CG/EDUC, de la Subgerencia de Control del Sector Educación; la Hoja Informativa Nº 000009-2025-CG/SALUD, de la Subgerencia de Control del Sector Salud; el Memorando Nº 000177-2025-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; los Memorandos Nº 000173-2025-CG/POLDEH y Nº 000174-2025-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa Nº 000071-2025-CG/PER y la Hoja de Envío Nº 003274-2025-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; la Hoja Informativa Nº 000009-2025-CG/AJ-DEM, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando Nº 000162-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones;

Que, el artículo 19 de la citada Ley Nº 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República;

Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modificatorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total;

Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación definitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación;

Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fines y metas institucionales;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 512-2024-CG, de fecha 28 de agosto de 2024, se designó a la señora Felicita Sonia Gosicha Reyes en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Educación, y a la señora Ana Teresa Pantoja Urízar Garfias en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Salud;

Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa Nº 000027-2025-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modificatorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos, la Subgerencia de Control del Sector Educación y la Subgerencia de Control del Sector Salud, para dar por terminada la designación en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Educación y del Ministerio de Salud, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI, lo cual se justifica en la reorganización de las jefaturas de los Órganos de Control Institucional, a fin de racionalizar los recursos humanos, optimizando los servicios y con ello fortaleciendo el Sistema Nacional de Control, mejorando y asegurando el ejercicio pertinente, efectivo y eficiente del control gubernamental; así como para designar en el cargo de Jefa de OCI de las citadas entidades, bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Educación y la Subgerencia de Control del Sector Salud, de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos;

Que, a través de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel nacional, regional y local, así como los impedimentos para el acceso a dichos cargos; encontrándose entre ellos los servidores que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto;

Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de las profesionales propuestas por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial para ser designadas en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Educación y del Ministerio de Salud, entidades bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Educación y la Subgerencia de Control del Sector Salud, respectivamente, de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos, con base en la Ley Nº 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, las designaciones propuestas cumplen con los requisitos del Manual de Clasificador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General Nº 042-2024-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso;

Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando Nº 000162-2025-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa Nº 000009-2025-CG/AJ-DEM, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación y designa en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Educación y del Ministerio de Salud, entidades bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Educación y la Subgerencia de Control del Sector Salud, de la Gerencia de Control de Servicios Públicos Básicos, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, y de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminada la designación en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional de las profesionales que se detallan a continuación:

ENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

1

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

GOSICHA REYES FELICITA SONIA

08587179

2

MINISTERIO DE SALUD

PANTOJA URIZAR GARFIAS ANA TERESA

10274380

Artículo 2.- Designar en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional a las profesionales que se detallan a continuación:

ENTIDAD

APELLIDOS Y NOMBRES

DNI

1

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

PANTOJA URIZAR GARFIAS ANA TERESA

10274380

2

MINISTERIO DE SALUD

GOSICHA REYES FELICITA SONIA

08587179

Artículo 3.- Las acciones de personal dispuestas en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrán efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente.

Artículo 4.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 5.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 6.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI

Contralor General de la República

2368933-1