Crean la Unidad Funcional denominada Laboratorio Estadístico LabStat dependiente de la Escuela Nacional de Estadística e Informática

Resolución Jefatural

Nº 029-2025-INEI

Lima, 31 de enero de 2025

Visto el informe N° 000001-2025-INEI/ENEI de la Escuela Nacional de Estadística e Informática - ENEI; Oficio N° 000402-2025-INEI/OTPP de la Oficina Técnica de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica y el Informe N° 000006-2025-INEI/OTAJ de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), de conformidad con el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, es el organismo central y rector del Sistema Nacional de Estadística, responsable de normar ,planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística oficiales del país;

Que, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del INEI, dentro de la estructura del INEI se encuentra la Escuela Nacional de Estadística e Informática, como órgano desconcentrado del INEI;

Que el artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del INEI, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, establece que la Escuela Nacional de Estadística e Informática (ENEI) es un órgano desconcentrado del INEI, responsable de promover, orientar, desarrollar y coordinar las acciones de capacitación e investigación en los campos de la Estadística e Informática y áreas afines. Desarrolla, actividades académicas de formación técnica y capacitación especializada. En el nivel departamental cuenta con Filiales Departamentales. Asimismo, en el literal d) del citado artículo se establece como una de las funciones de la ENEI, promover el desarrollo de investigaciones de carácter científico y de la difusión de información científica sobre estadística e informática;.

Que, la Décima Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y su modificatoria, señala que, excepcionalmente, un órgano o unidad orgánica de una entidad pública puede conformar una unidad funcional en su interior siempre que el volumen de operaciones o recursos que gestione para cumplir con sus funciones de línea o administración interna así lo justifique, de modo tal de diferenciar las líneas jerárquicas, y alcances de responsabilidad;

Que, dicha unidad funcional no constituye una unidad de organización sino un equipo de trabajo al interior del órgano o unidad orgánica dentro del cual se constituye. Este equipo de trabajo, dada su excepcionalidad, se formaliza mediante resolución de la máxima autoridad administrativa, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces. Dicha resolución se publica en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad, en el ítem “Planeamiento y Organización”, bajo responsabilidad del funcionario a cargo de dicho portal;

Que, asimismo, la unidad funcional no aparece en el organigrama, ni su conformación supone la creación de cargos ni asignación de nuevos recursos. Las líneas jerárquicas, responsabilidades y coordinador a cargo de la unidad funcional se establecen en la resolución que la formaliza y, la responsabilidad por las funciones asignadas al órgano o unidad orgánica, incluidas las encomendadas a la unidad funcional, recae en el jefe o el que haga sus veces, de dicho órgano o unidad orgánica, sin perjuicio de la responsabilidad del coordinador de la unidad funcional;

Que, en ese marco mediante Informe N° 000001-2025-INEI/ENEI, la Escuela Nacional de Estadística e Informática informa a la Jefatura del INEI que lo productores de estadísticas oficiales enfrentan un panorama que cambia rápidamente por el volumen y variedad de datos digitales, así como una demanda de información cada vez más compleja, que exigen estadísticas más oportunas y desglosadas al menor nivel geográfico, obligando a adoptar nuevas fuentes de datos, como datos administrativos y big data, lo que plantea desafíos en los métodos de análisis, el acceso a los datos, la ética y la privacidad, entre otros, por lo que la ENEI sustenta y justifica la necesidad de contar con una unidad funcional denominada Laboratorio Estadístico (LabStat), con la finalidad de implementar metodologías ágiles que permitan descubrir, experimentar y proponer nuevas metodologías ágiles que permitan descubrir, experimentar y proponer nuevas soluciones en tiempo record. Y, sobre todo, sin interferir en los procesos normales de producción de la entidad;

Que, mediante Oficio N° 000402-2025-INEI/OTPP la Oficina Técnica de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica emite opinión técnica favorable sobre la creación de la Unidad Funcional “Laboratorio Estadístico (LabStat), en la Escuela Nacional de Estadística e Informática, cuya propuesta se ha formulado en el marco de las funciones de la ENEI establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INEI;

Que, con Informe Nº 000006-2025-INEI/OTAJ la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica emite opinión legal, señalando que es viable se emita la Resolución Jefatural para la creación de una unidad funcional denominado Laboratorio Estadístico (LabStat) en la Escuela Nacional de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática en el marco del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias;

Con las visaciones de la Secretaría General, Escuela Nacional de Estadística e Informática, Oficinas Técnicas de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica; y de Asesoría Jurídica; y

En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 604 Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Crear la Unidad Funcional denominada Laboratorio Estadístico LabStat dependiente de la Escuela Nacional de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

Artículo 2.- La unidad funcional creada en el artículo 1 de la presente resolución tiene las siguientes funciones:

a) Desarrollar proyectos piloto para investigaciones de alta prioridad institucional como los Censos y otras encuestas nacionales.

b) Investigar y desarrollar nuevos métodos y técnicas estadísticas para mejorar la calidad, eficiencia y relevancia de los datos producidos por el INEI.

c) Identificar y evaluar el uso de nuevas fuentes de datos para complementar las estadísticas tradicionales.

d) Optimizar procesos estadísticos mediante la automatización.

e) Desarrollar sistemas para la recopilación y validación de datos en tiempo real.

f) Implementar herramientas de automatización para la limpieza, integración y análisis de datos.

g) Crear sistemas para la generación automática de informes y dashboards.

h) Realizar pruebas piloto y experimentos controlados antes de la implementación general de nuevas metodologías.

i) Probar encuestas experimentales para temas emergentes.

j) Evaluar la calidad y viabilidad de nuevas fuentes de datos.

k) Validar algoritmos y modelos estadísticos.

Artículo 3.- Designar a la señora María Esther Cutimbo Gil, Directora Técnica de la Escuela Nacional de Estadística e Informática, como Coordinadora de la Unidad Funcional creada en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Oficina Técnica de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica, y la Escuela Nacional de Estadística e Informática.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal de Transparencia Estándar del Instituto Nacional de Estadística e Informática.

Regístrese y comuníquese.

GASPAR HUMBERTO MORÁN FLORES

Jefe

2368377-1