Designan representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC) ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° 017-2025-CONCYTEC-P

Lima, 3 de febrero de 2025

VISTOS: El Memorando N° 008-2025-CONCYTEC-P, de la Presidencia, el Proveído N° D000170-2025-CONCYTEC-SG, de la Secretaría General, el Informe N° D000105-2025-CONCYTEC-OGA-OP de la Oficina de Personal que cuenta con la conformidad de la Oficina General de Administración mediante Memorando N° D000066-2025-CONCYTEC-OGA; y, el Informe N° D000018-2025-CONCYTEC-OGAJ-EAF y Memorando N° D000057-2025-CONCYTEC-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación - CONCYTEC, es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, que tiene por finalidad normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación y promover e impulsar su desarrollo mediante la acción articulada y complementaria entre los integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI), conforme a lo establecido en la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti);

Que, a través del artículo 12 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) como ente autónomo. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria dispone que el Consejo Directivo de la SUNEDU está integrado, entre otros, por un representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación - CONCYTEC. Asimismo, en el numeral 17.2 del referido dispositivo legal se establece que “los miembros del Consejo Directivo deben contar con el grado académico de doctor y experiencia en docencia y gestión universitaria”. Por su parte, el numeral 17.3 del precitado articulo señala que “todos los miembros del Consejo Directivo deben ser profesionales de reconocido prestigio y se ciñen a lo establecido en el tercer párrafo del artículo 17.2 de la presente ley”;

Que, mediante Memorando N° 008-2025-CONCYTEC-P, la Presidencia remite a la Secretaría General la propuesta para la designación del representante del CONCYTEC ante el Consejo Directivo de la SUNEDU, a fin que se proceda con la evaluación del cumplimiento de los requisitos y disposiciones legales respectivas, siendo el mismo trasladado a la Oficina General de Administración y a la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Proveído N° D000170-2025-CONCYTEC-SG, para la emisión de opiniones técnica y legal;

Que, mediante Memorando N° D000066-2025-CONCYTEC-OGA, la Oficina General de Administración remite el Informe N° D000105-2025-CONCYTEC-OGA-OP de la Oficina de Personal donde señala que en el marco de sus competencias, ha revisado el Curriculum Vitae y los documentos presentados por la Dra. Susana Edita Paredes Díaz, a fin de evaluar el cumplimiento de los requisitos expuestos en el numeral 17.2 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; encontrando que la servidora propuesta como representante del CONCYTEC ante el Consejo Directivo de SUNEDU, cumple con dichas exigencias. Asimismo, la Oficina de Personal menciona que la referida profesional no registra impedimentos para el acceso a la función pública;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que la Dra. Susana Edita Paredes Díaz ha presentado la Declaración Jurada de no estar inmersa en ninguno de los impedimentos descritos en los numerales 17.3 y 17.5 de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, por lo que emite opinión legal favorable para su designación como representante del CONCYTEC ante el Consejo Directivo de la SUNEDU;

Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe de la Oficina General de Administración, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, y de la Jefa (e) de la Oficina de Personal;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y en el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar a la señora Susana Edita Paredes Díaz, como representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC) ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU.

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, y a la persona consignada en el artículo precedente.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SIXTO ENRIQUE SÁNCHEZ CALDERÓN

Presidente

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