Modifican el artículo 1 de la Resolución de Secretaría General N° 022-2019-DP/SG, que reconforma el Comité del Gobierno Digital del Despacho Presidencial
RESOLUCIÓN Nº 000014-2025-DP/SGDP
Lima, 3 de febrero del 2025
VISTOS; el Memorando Nº 000125-2025-DP/SSG, de fecha 31 de enero de 2025, de la Subsecretaría General; el Informe Técnico Nº 000001-2025-DP/SSG-OSI, de fecha 30 de enero de 2025, del Oficial de Seguridad de la Información; el Informe Nº 000037-2025-DP/OGAJ y el Informe Legal Nº 000020-2025-DP/OGAJ-SSS, ambos de fecha 03 de febrero de 2025, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 004-2016-PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 166-2017-PCM, se aprueba el uso obligatorio de la Norma Técnica Peruana “NTP ISO/IEC 27001:2014 Tecnología de la Información. Técnicas de Seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información. Requisitos. 2a Edición”; y, dispone la creación del Comité de Gestión de Seguridad de la Información en cada entidad integrante del Sistema Nacional de Informática;
Que, conforme al Decreto Supremo Nº 033-2018-PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y se establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del Gobierno Digital, entre ellas la creación del rol del Líder de Gobierno Digital en cada una de las entidades de la administración pública para la coordinación de acciones y medidas para la transformación digital y despliegue del Gobierno Digital;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 119-2018-PCM, publicada el 10 de mayo de 2018, se señala que cada entidad de la Administración Pública deberá constituir un Comité de Gobierno Digital con la finalidad de contribuir al cumplimiento de sus objetivos y planes institucionales, que permitan mejorar la prestación de servicios públicos digitales de cara a la ciudadanía;
Que, en ese marco normativo, mediante la Resolución Nº 063-2018-DP/SG, de fecha 19 de julio de 2018, se dispuso la conformación del Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencial;
Que, con la Resolución Ministerial Nº 087-2019-PCM, publicada el 22 de marzo de 2019, se modificó el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº119-2018-PCM, estableciendo qué integrantes debían conformar el Comité de Gobierno Digital en cada entidad, y facultando a que el titular de la entidad incorpore miembros, atendiendo a las necesidades;
Que, en ese sentido, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 022-2019-DP/SG, de fecha 09 de abril de 2019, se reconforma el Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencial, constituido mediante la Resolución Nº 063-2018-DP/SG, de fecha 19 de julio de 2018;
Que, al respecto, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 157-2021-PCM dispone que “Para todo efecto la mención al Comité de Gobierno Digital, Líder de Gobierno Digital, Oficial de Seguridad Digital y Plataforma de Interoperabilidad del Estado que se efectúe en cualquier disposición, norma o documento de gestión debe entenderse al Comité de Gobierno y Transformación Digital, Líder de Gobierno y Transformación Digital, Oficial de Seguridad y Confianza Digital, Líder Nacional de Gobierno y Transformación Digital y Plataforma Nacional de Interoperabilidad respectivamente”;
Que, mediante la Resolución Nº 000046-2024-DP/SG, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, el cual establece la nueva estructura orgánica, las denominaciones y funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas;
Que, de igual modo, mediante la Resolución Nº 000048-2024-DP/SG, se aprobó el Cuadro de Equivalencias y Siglas de las Unidades de Organización del Despacho Presidencial, conforme a lo contemplado en las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización del Despacho Presidencial, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 098-2024 y la Resolución Nº 000044-2024- DP/SG, respectivamente; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización del Despacho Presidencial, aprobado por la Resolución Nº 000046-2024-DP/SG;
Que, de acuerdo a ello, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 098-2024-PCM establece que el Despacho Presidencial cuenta con un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto Supremo, para modificar sus documentos normativos;
Que, mediante los documentos del visto y en atención a la normativa expuesta, resulta pertinente modificar el artículo 1 de la Resolución de Secretaría General Nº 022-2019-DP/SG, referente a la reconformación del Comité de Gobierno Digital del Despacho Presidencial;
Con los vistos de la Subsecretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de la Oficina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano; y, de la Oficina General de Recursos Humanos; y,
De conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº119-2018-PCM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 087-2019-PCM; la Resolución Nº 000046-2024-DP/SG, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial; y, la Resolución Nº 000048-2024-DP/SG, que aprueba el Cuadro de Equivalencias y Siglas de las Unidades de Organización del Despacho Presidencial;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- MODIFICAR el artículo 1 de la Resolución de Secretaría General Nº 022-2019-DP/SG, de fecha 9 de abril de 2019, que reconforma el Comité del Gobierno Digital del Despacho Presidencial; el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1: Reconformar el Comité de Gobierno y Transformación Digital del Despacho Presidencial, el cual está integrado según el siguiente detalle:
• El Subsecretario/a General (en representación del titular de la entidad);
• El Líder de Gobierno y Transformación Digital; quien lo preside.
• El titular de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones;
• El titular de la Oficina General de Recursos Humanos;
• El titular de Oficina de Gestión Documental y Atención al Ciudadano;
• El Oficial de Seguridad de la Información; como secretario técnico.
• El titular de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
• El titular de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,
• El titular de la Oficina General de Administración.”
Artículo 2.- MANTENER subsistentes todos los demás artículos dispuestos en la Resolución de Secretaría General Nº 022-2019-DP/SG.
Artículo 3.- DISPONER que el Oficial de Seguridad de la Información, en su calidad de secretario técnico, notifique a los miembros del citado Comité señalados en el artículo 1 de la presente resolución, en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Despacho Presidencial (www.gob.pe/presidencia), en el plazo de un (01) día hábil contado desde su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE ERNESTO VILCHEZ VILCHEZ
Secretario General
Secretaría General del Despacho Presidencial
2368124-1