Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a la República Francesa, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 0136-2025-IN

Lima, 3 de febrero de 2025

VISTOS, el Oficio Nº 91-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 000235-2025-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 470-2025-COMOPPOL/DIRASINT PNP/OCN INTERPOL L-DEPICJE, de fecha 9 de enero de 2025, el Jefe de la Oficina Central Nacional (OCN) de la Organización Internacional de Policía Criminal INTERPOL – Lima, traslada al Director de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, la invitación realizada por el Director Ejecutivo de los Servicios Policiales de la INTERPOL con el propósito de que el personal policial participe en la “20º Conferencia Anual de Jefes de OCN INTERPOL”, a llevarse a cabo del 11 al 13 de febrero de 2025, en las instalaciones del Centre de Congrès, ubicado en la ciudad de Lyon de la República Francesa;

Que, con Informes Nº 21-2025-COMOPPOL-PNP/DIRASINT/OCN INTERPOL-L-DEPICJE y Nº 01-2025-COMOPPOL/DIRASINT-SEC, la Oficina Central Nacional INTERPOL – Lima y la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, respectivamente, sustentan la importancia y viabilidad de la designación del Coronel de la Policía Nacional del Perú JORGE EDUARDO MAGUIÑO PORRAS y del Coronel de la Policía Nacional del Perú MIGUEL ANGEL MESTA REBAZA, para que participen en la comisión descrita precedentemente;

Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión Nº 18-2025-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel de la Policía Nacional del Perú MIGUEL ANGEL MESTA REBAZA y del Coronel de la Policía Nacional del Perú JORGE EDUARDO MAGUIÑO PORRAS, del 9 al 15 de febrero de 2025, a la ciudad de Lyon de la República Francesa, precisando que, resulta importante para la Policía Nacional del Perú, dado que el referido evento permitirá abordar las prioridades operativas de la red de Oficinas Centrales Nacionales (OCNs), con un enfoque particular en contrarrestar la creciente sofisticación de la delincuencia organizada transnacional y sus diversas manifestaciones. Asimismo, propiciará el fortalecimiento de la cooperación policial internacional, favoreciendo el intercambio de conocimientos y experiencias, y fomentando la búsqueda de soluciones innovadoras para enfrentar los retos emergentes;

Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), viáticos para hospedaje, alimentación y transporte, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 18-2025-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI y en la Nota de Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000102;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 9 al 15 de febrero de 2025, a la ciudad de Lyon de la República Francesa;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel de la Policía Nacional del Perú MIGUEL ANGEL MESTA REBAZA y del Coronel de la Policía Nacional del Perú JORGE EDUARDO MAGUIÑO PORRAS, del 9 al 15 de febrero de 2025, a la ciudad de Lyon de la República Francesa, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos de ida y retorno, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, del Coronel de la Policía Nacional del Perú MESTA REBAZA y del Coronel de la Policía Nacional del Perú JORGE EDUARDO MAGUIÑO PORRAS son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo con el siguiente detalle:

Importe

Días

Personas

Total

Viáticos

US$ 540,00

6

2

US$ 6 480,00

Pasajes aéreos

US$ 2 654,00

2

US$ 5 308,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Juan José Santiváñez Antúnez

Ministro del Interior

2368116-1