Autorizan la conversión de Compartamos Financiera S.A. a Banco, bajo la denominación de Compartamos Banco S.A. y/o la denominación abreviada “Compartamos Banco”

RESOLUCIÓN SBS N° 00348-2025

Lima, 30 de enero de 2025

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

VISTA:

La solicitud presentada por Compartamos Financiera S.A. (en adelante, la Financiera) para que se le autorice la conversión a Banco bajo la denominación de Compartamos Banco S.A. y/o la denominación abreviada “Compartamos Banco”.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias (en adelante, Ley General), las empresas que soliciten su conversión deberán solicitar las autorizaciones de organización y funcionamiento respecto del nuevo tipo de actividad;

Que, el artículo 26 del Reglamento de Autorización de Empresas y Representantes de los Sistemas Financieros y de Seguros, aprobado por la Resolución SBS N° 211-2021 y sus modificatorias (en adelante, el Reglamento), establece los requisitos y el procedimiento a seguir en el caso de conversión de una empresa del sistema financiero;

Que, los requisitos para obtener la autorización de conversión se encuentran contenidos en el Procedimiento N° 4 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Resolución SBS N° 1581-2023 y sus modificatorias (en adelante, TUPA);

Que, en la sesión de Junta Universal de Accionistas de la Financiera, celebrada el 30 de enero de 2024, se aprobó la conversión de la Financiera a una empresa bancaria a denominarse Compartamos Banco S.A. y/o la denominación abreviada Compartamos Banco;

Que, el Banco Central de Reserva del Perú, en su Carta N° 0002-2025-FIN100-N del 17.01.2025, comunicó a esta Superintendencia que, desde el punto de vista macroeconómico, no encuentra inconveniente para que la Financiera efectúe su conversión a Banco bajo la denominación Compartamos Banco S.A;

Con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Asesoría Jurídica, Riesgos, Conducta de Mercado e Inclusión Financiera, y Estudios Económicos;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349 de la Ley General;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, la conversión de la Financiera a Banco bajo la denominación de Compartamos Banco S.A. y/o la denominación abreviada “Compartamos Banco”, la misma que tendrá la facultad de realizar las operaciones señaladas en el artículo 283 de la Ley General. Los documentos pertinentes quedarán archivados en este organismo de supervisión y control devolviéndose la minuta que formaliza los acuerdos correspondientes con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, en la que se insertará el texto de la presente resolución para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos.

Artículo Segundo.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Funcionamiento por Conversión, el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del certificado por parte de esta Superintendencia y la segunda en uno de extensa circulación nacional, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de publicado el primer aviso, debiendo encontrarse accesible permanentemente al público, por lo menos en su portal web. En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario contados desde la emisión de dicho certificado, la empresa deberá remitir a esta Superintendencia, la correspondiente escritura pública de conversión inscrita en los Registros Públicos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE

Superintendente de Banca, Seguros y AFP

2368075-1