Ordenanza que actualiza el Texto Único de Procedimientos Administrativos e incorpora los 149 Procedimientos administrativos y 01 Servicio Prestado en Exclusividad Estandarizados de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación de la Municipalidad Provincial de Huarochirí – Matucana

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 024-2024-CM/MPH-M

Matucana, 13 de diciembre del 2024

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE HUAROCHIRÍ - MATUCANA

POR CUANTO:

El Acuerdo de Concejo Nº 137-2024-CM/MPH-M, de fecha 13/12/2024.

VISTO:

El Oficio Múltiple Nº 000004-2024-CEB/INDECOPI, El Informe Nº 1753-2024-GPP/MPH-M, de fecha 03/10/2024, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 366-2024-SGRH/MPH-M, de fecha 06/11/2024, el Informe Nº 1524-2024-SGA-GAF/MPH-M, de fecha 14/11/2024, de la Subgerencia de Abastecimiento, Informe Nº 1820-2024-GPP/MPH-M, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto , Informe Nº 737-2024/GAJ-MPH-M, de fecha 18/11/2024, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, El Informe Nº 1821-2024-GPP/MPH-M, de fecha 14/11/2024, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, El Informe Nº 129-2024-GAF/MPH-M, de fecha 29/11/2024, de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 1916-2024-GPP/MPH-M, de fecha 02/12/2024, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y el Memorándum Nº 1019-2024-GM/MPH-M, de fecha 22/02/2024, de la Gerencia Municipal, la cual solicita que se incluya en la Sesión de Concejo de la fecha se “Apruebe la Ordenanza Municipal que reforma la Ordenanza Municipal Nº 006-2024-CM/MPH-M, Actualizando e Incorporando los 149 Procedimientos Administrativos y 01 Servicio prestado en exclusividad estandarizados de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación al Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Huarochirí – Matucana”, en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 146-2023-PCM; y,

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades Provinciales son Órganos de Gobiernos Locales, con personería jurídica y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado;

Que, el Concejo es un ente autónomo que se encuentra facultado de acuerdo al artículo 9º, numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, para aprobar la organización interior y funcionamiento de la Municipalidad cuando el caso amerite, debiendo para ello expandirse la Ordenanza respectiva, conforme lo señala el artículo 41º de la misma ley;

Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, (...), tal y como se prescribe en el numeral 3) y 8) del artículo 9º de la misma Ley;

Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es un Instrumento de gestión, que Conforme a lo establecido en el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo general debe contener la relación de procedimientos respecto de aquellos servicios prestados en exclusividad por la Entidad, la descripción clara de los requisitos exigidos, la calificación de cada procedimiento entre otros aspectos de importancia;

Que, el artículo 43º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS NORMAS LEGALES, de 25 de enero de 2019 /El Peruano, dispone que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos, además de la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos, su calificación, así como la evaluación que corresponda y el pago de derecho de trámite en caso proceda, para cada procedimiento;

Que, los numerales 44.1 al 44.4 del artículo 44º del referido Texto Único Ordenado antes señalado, establece que “en el caso de los gobiernos locales, el TUPA se aprueba por ordenanza municipal, la cual deberá publicarse en el diario Oficial El Peruano, publicándose obligatoriamente el TUPA o la norma que lo modifica y adicionalmente debe difundirse en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano denominada Sistema Único de Tramites y en el respectivo Portal Institucional de la entidad”;

Que, la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018 PCM-SGP aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y en el artículo 5º en el supuesto 5.3, menciona que la modificación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad en los que se produzca uno o más de los siguientes supuestos: el incremento de requisitos; aumento del plazo máximo de atención; incremento del monto de derecho de tramitación; un cambio en la calificación, de aprobación automática a evaluación previa o de silencio administrativo positivo a silencio administrativo negativo, en el caso de procedimientos administrativos;

Que, con la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 004-2018-PCM/SGP de fecha 24 de octubre de 2018, se aprobó el Nuevo Formato del TUPA; en el cual en su artículo 5, precisa que la adecuación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad al Nuevo Formato del TUPA se produce gradualmente, de acuerdo al cronograma a ser aprobado mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública;

Que, La Norma IV del Título Preliminar del TUO del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, dispone que, a través de Decreto Supremo, refrendado por el Ministro del sector competente y por el Ministro de Economía y Finanzas, se fija la cuantía de las tasas mediante los costos, a través de las formulas citadas en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, decreto en el cual se aprueba la Metodología de determinación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, comprendidos en los TUPA de las entidades públicas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203 y establece las disposiciones para el desarrollo, registro, integración y optimización del proceso de elaboración, aprobación y publicación de los TUPA a través del SUT. EI SUT permite registrar, integrar, simplificar, optimizar y estandarizar los TUPA, así como es repositorio oficial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que brinda todas las entidades de la administración pública. Por lo que; el presente proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) se ha elaborado en el Sistema Único de Trámite (SUT) ya que sus funcionalidades permiten facilitar la sistematización y elaboración del TUPA;

Que, en el marco de la modernización de la gestión del Estado, según Ley N 27658 Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, el gobierno nacional ha impulsado nuevas reformas en diversos sectores y niveles del gobierno, se señala que la gestión del estado se sustenta fundamentalmente en la priorización de la labor de desarrollo social en beneficio de los sectores menos favorecidos, mejorando, entre otras acciones, la prestación de los servicios públicos; básicamente la gestión por resultados;

Que, Decreto Supremo Nº 146-2023-PCM, Decreto Supremo que aprueba procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizado de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación cuya tramitación es de competencia de las municipalidades;

Que, mediante informe Nº 737-2024/GAJ-MPH-M, en la cual la Gerencia de Asesoría Jurídica, Valida el sustento Técnico legal motivado por el SUT y Opina favorable en cuanto al sustento legal que se establece en los procedimientos administrativos asi como la continuidad, determinados en el Proyecto de Texto Único del Procedimientos Administrativos (TUPA);

Que, mediante Informe Nº 129-2024-GAF/MPH-M, de fecha 29/11/2024, emitida por la Gerencia de Administración y Finanzas, en el cual establece la viabilidad y procedencia la Determinación del sustento de Costos de Procedimientos Administrativos según metodología D.S. Nº 064-2010-PCM; del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), determinado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto;

Que, mediante el Informe Nº 1916-2024-GPP/MPH-M, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, para la incorporación de los 149 procedimientos administrativos y 01 servicio prestado en exclusividad estandarizados de licencias de habilitación urbana y licencias de edificación al Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, de la Municipalidad Provincial de Huarochirí - Matucana, se ejecutó en concordancia a la normativa vigente indicada en los considerandos de la presente, para la simplificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad luego del análisis de acuerdo a los sustentos determinado en el presente informe concluye que se encuentra habilitada para su correspondiente aprobación de incorporación toda vez que el Texto Único de Procedimientos Administrativos se encuentra validada y registrada en el Sistema Único de Tramite establecida PCM, asi mismo que se cumpla lo dispuesto en el titulo 3, capitulo 2, Art. 17 Subnumero 17.2 – 17.2.3, de la Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018 PCM-SGP;

Que, el Memorándum Nº 1019-2024-CM/MPH-M, de fecha 03/12/2024, de la Gerencia Municipal, que de acuerdo a los considerandos establecidos en el presente acto, se solicita la incorporación como punto de Agenda de la Sesión de concejo de la fecha;

Que, mediante sesión de concejo municipal de fecha 12/12/2024; el pleno de Consejo; aprobaron el Proyecto de Ordenanza que Actualiza el Texto Único de Procedimientos Administrativos e Incorpora los 149 Procedimientos administrativos y 01 Servicio Prestado en Exclusividad Estandarizados de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación de la Municipalidad Provincial de Huarochirí – Matucana realizada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, siendo el Voto por Unanimidad con el Acuerdo de Concejo Nº 137-2024-CM/MPH-M, con la finalidad de ser aprobada a través de una Ordenanza Municipal;

Que, estando a lo expuesto, por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y en conformidad con el artículo 9º, 38º, 39º 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, se aprueba lo siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE ACTUALIZA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS E INCORPORA LOS 149 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y 01 SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD ESTANDARIZADOS DE LICENCIAS DE HABILITACIÓN URBANA Y LICENCIAS DE EDIFICACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ – MATUCANA

Artículo Primero.- APROBAR LA ACTUALIZACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA), E INCORPORAR LOS 149 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y 01 SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD ESTANDARIZADOS DE LICENCIAS DE HABILITACIÓN URBANA Y LICENCIAS DE EDIFICACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ – MATUCANA quedando firme; un total de 357 procedimientos Administrativos en el TUPA, en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 146-2023-PCM a cuyo anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto Ordenanza Municipal Nº 006-2024-CM/MPH-M o toda norma que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza a partir de la Publicación del presente Acto.

Artículo Tercero.- DISPONER, que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación e imagen Institucional la publicación de la presenta Ordenanza en el Diario Oficial el Peruano y su difusión a través de la Plataforma Digital para la Orientación al ciudadano del estado Peruano la difusión en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huarochirí – Matucana. (www.gob.pe/munihuarochiri), por lo dispuesto en la Ley Nº 30773 referido a la publicidad de las normas municipales y en los portales electrónicos descritos en la referida Ley.

POR TANTO,

Regístrese, publíquese y cúmplase.

HUGO FREDY GONZALEZ CARHUAVILCA

Alcalde

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

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