“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Chorrillos, 31 de enero del 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS;
VISTOS: El Informe Nº 000058-2025-MDCH/SGPV, de fecha 30 de enero de 2025, emitido por la Subgerencia de Participación Vecinal; El Memorándum Nº 000034-2025-MDCH/GDHPS, de fecha 30 de enero de 2025, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales; El Informe Nº 000030-2025-MDCH/OPMII, de fecha 30 de enero de 2025, emitido por la Oficina de Planeamiento, Modernización Institucional e Inversiones; El Memorándum Nº 000078-2025-MDCH/OGPPCI, de fecha 31 de enero de 2025, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional; El Informe Nº 000036-2025-MDCH/OGAJ, de fecha 31 de enero de 2025, elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 000667-2025-MDCH/GM, de fecha 31 de enero de 2025, emitido por la Gerencia Municipal, respecto al Proceso de Elecciones de Representantes de Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital-CCLD de Chorrillos 2025-2027; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, preceptúa que las municipalidades distritales, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en estricta concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, señala que: la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;
Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional, establecen que la municipalidad promueve, apoya y reglamenta la participación vecinal en el desarrollo local;
Que, el artículo 39º de la referida Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, en el artículo 42º de la citada norma señala: “(...) los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; asimismo el artículo 102º, señala que el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales, integrada por el alcalde, quien lo preside, regidores del Concejo Municipal y los representantes de la Sociedad Civil, estos últimos elegidos democráticamente por un periodo de dos (02) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones sociales de nivel distrital. La proporción de los representantes de la sociedad civil será́ del 40% (cuarenta por ciento) del número que resulte de la sumatoria del total de miembros del respectivo Concejo Municipal Distrital;
Que, mediante el numeral 1 del artículo 17º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización se estableció que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación de debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 436-2022/MDCH de fecha 27 de julio de 2022, se aprobó el Reglamento del Proceso de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de Chorrillos; el artículo 18º señala: “El proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil para conformar el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de Chorrillos, constituye un mecanismo democrático que permitirá la participación de la sociedad civil, dentro de los alcances de la Ley Nº 27972, (...)”; asimismo, su artículo 23º precisa: “El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de los representantes de las organizaciones sociales de la Sociedad Civil del distrito de Chorrillos, ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), con una anticipación de veinte (20) días calendarios, en dicho documento se deberá́ indicar el lugar la fecha y la hora de la elección, cronograma y anexos del proceso eleccionario”; y, conforme al artículo 19º el Comité electoral estará conformado por el Gerente de Desarrollo Social quien lo preside, el Subgerente de Participación Vecinal, quien realiza las funciones de Secretario, y el Subgerente de Desarrollo Humano, quien realiza las funciones de miembro;
Que, el literal a), del artículo 3º, de la ordenanza citada previamente, señala: “Participación: los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos, y estrategias de participación de la sociedad civil organizada, en sus planes de desarrollo y en el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD).”
Que, con fecha 18 de diciembre del 2024 se emitió el Decreto de Alcaldía Nº 000015-2024-MDCH/ALC, mediante el cual se convoca al proceso de elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital-CCLD de Chorrillos, para el periodo 2025-2027; además, se aprobó el Cronograma de elecciones para elegir a dichos representantes de la sociedad civil, conforme a lo establecido en el artículo 23º de la Ordenanza Municipal Nº 436-2022/MDCH;
Que, mediante Informe Nº 000058-2025-MDCH/SGPV, la Subgerencia de Participación Vecinal y el Memorándum Nº 000034-2025-MDCH/GDHPS de fecha 30 de enero de 2025, elaborado por la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales, remiten la propuesta de la ampliación a la inscripción de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD de Chorrillos, y por consecuente se realice la modificación del cronograma de elecciones del CCLD establecido mediante Decreto de Alcaldía Nº 000015-2024-MDCH/ALC;
Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, mediante Memorándum Nº 000078-2025-MDCH/OGPPCI y la Oficina de Planeamiento, Modernización Institucional e Inversiones mediante Informe Nº 000030-2025-MDCH/OPMII, emiten opinión favorable, en el marco de sus competencias, respecto a la modificación del Cronograma de Elecciones para elegir a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital-CCLD de Chorrillos, por el periodo 2025-2027; y, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 000036-2025-MDCH/OGAJ, emitió opinión legal viable para la aprobación del Decreto de Alcaldía que aprueba la modificación del Cronograma de Elecciones para elegir a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital-CCLD de Chorrillos, por el periodo 2025-2027;
Estando a lo expuesto, y ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Cronograma de Elecciones para elegir a los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital-CCLD de Chorrillos, por el periodo 2025-2027, conforme al siguiente tenor:
ITEM |
ACTIVIDAD |
FECHA |
HORARIO |
1 |
Difusión y convocatoria del proceso |
6/1/2025 al 8/1/2025 |
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2 |
Taller informativo de CCLD, a cargo de la ONPE y de la MDCH |
9/1/2025 |
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3 |
Inscripción de las organizaciones de la sociedad civil, acreditando a sus delegados electores – delegados candidatos |
10/1/2025 al 5/2/2025 |
08:00 a.m. a 05:00 p.m. |
4 |
Publicación de inscritos |
6/2/2025 |
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5 |
Observaciones en la inscripción de organizaciones |
6/2/2025 |
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6 |
Resolución de observaciones |
10/2/2025 |
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7 |
Publicación de padrón definitivo de las organizaciones inscritas |
12/2/2025 |
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8 |
Publicación de candidatos |
12/2/2025 |
09:00 a.m |
9 |
Presentación de tachas a candidatos |
12/2/2025 al 13/2/2025 |
Dentro de las 24 horas se deberán presentar las tachas |
10 |
Resolución de tachas |
13/2/2025 |
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11 |
Publicación de cartel de candidatos definitivo |
14/2/2025 |
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12 |
Sorteo y publicación de miembros de mesa |
14/2/2025 |
04:00 p.m. |
13 |
Jornada electoral Local municipal: Casa de la Juventud ubicado en Av. Defensores del Morro 2280 |
17/2/2025 |
Primera llamada 06:00 p.m. Segunda llamada 06:30 p.m. |
Artículo Segundo- ENCARGAR al Comité Electoral disponer las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Tercero.- DISPONER a la Oficina General de Secretaría Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”, a la Oficina General de Transformación Digital su publicación en el Portal Institucional (https://www.gob.pe/munichorrillos), y a la Oficina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, la difusión del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO EMILIO VELASCO HUAMAN
Alcalde
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