Aprueban el Plan Estratégico Institucional 2025-2030 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 024-2025-MIMP
Lima, 31 de enero de 2025
VISTOS, el Informe N° D000019-2025-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento; el Memorándum N° D000106-2025-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno;
Que, con Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD y modificatorias, se aprueba la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, con el objeto de establecer las disposiciones técnicas que regulan el proceso del planeamiento estratégico, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN y del Estado constitucional de derecho;
Que, el artículo 21 y el inciso d) de su Primera Disposición Complementaria Transitoria de la citada Directiva establecen que el Plan Estratégico Institucional - PEI es un instrumento de gestión que presenta la estrategia de mediano plazo de la institución, a fin de contribuir al cumplimiento del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM, del Plan de Desarrollo Regional Concertado - PDRC o plan al cual se articula, según corresponda, la cual orienta la gestión estratégica de la entidad para lograr objetivos de nivel de resultado, en el marco de sus funciones, con un horizonte temporal de cinco (5) años y el plazo máximo para que los pliegos presupuestarios de nivel nacional culminen la elaboración de sus PEI con horizonte temporal al 2030 vence el día 31 de enero de 2025;
Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD se aprueba la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual tiene como objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico;
Que, el numeral 1.4 del Capítulo 1 de la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional señala que luego de contar con el informe técnico emitido por CEPLAN, el Titular del pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad, una vez que el PEI se encuentre aprobado y publicado, se debe registrar en el aplicativo informático que establezca el CEPLAN conforme a los roles y funciones de los usuarios establecidos en el Anexo A-4 de la citada Guía;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, validar el documento del PEI y el POI;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 109-2024-MIMP, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024 – 2030 del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables;
Que, con Resolución Ministerial N° 180-2024-MIMP, se aprueba la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2026 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta el año 2027, siendo su nueva denominación “Plan Estratégico Institucional 2019 – 2027 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”;
Que, con Acta de Validación N° 001-2025-MIMP-CPE del 31 de enero de 2025, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, constituida con Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, valida el Plan Estratégico Institucional 2025-2030 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
Que, mediante Oficio N° D000078-2025-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, en atención al Oficio N° D000041-2025-MIMP-OGPPM, remite al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP su Informe Técnico N° D000038-2025-CEPLAN-DNCPPEI, a través del cual se verifica y valida el PEI del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para el periodo 2025 - 2030, el mismo que ha sido formulado en aplicación a las orientaciones que establece la Guía para el Planeamiento Institucional actualizada por Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD y la Guía para la elaboración de indicadores de políticas nacionales y planes estratégicos, actualizada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0046-2024/CEPLAN/PCD, por lo que recomienda su aprobación;
Que, con Memorándum N° D000106-2025-MIMP-OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° D000019-2025-MIMP-OP de la Oficina de Planeamiento, el cual señala que con la finalidad de articular el PEI del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables con el PESEM del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables se ha formulado el Plan Estratégico Institucional 2025-2030 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el cual ha sido elaborado en estricto cumplimiento a los documentos normativos y metodológicos emitidos por CEPLAN y con la participación de Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conformada mediante Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, por lo que emite su opinión favorable para su aprobación;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD y N° 0055-2024/CEPLAN/PCD que aprueban la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN y la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, respectivamente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional 2025-2030 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el mismo que en Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial N° 180-2024-MIMP, que aprueba la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional 2019 - 2026 Ampliado del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables hasta el año 2027.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizar el seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Estratégico Institucional 2025-2030 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y a la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para los fines correspondientes, en el marco de sus competencias.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
2367658-1