Designan fiscal en la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Trujillo y nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad
resolución de la fiscalía de la nación
N° 291-2025-MP-FN
Lima, 31 de enero de 2025
VISTOS:
El oficio N° 000825-2024-SG/JNJ, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia N° 1294-2024-JNJ e informe N° 00008-2025-MP-FN-OREF-PEFC, de 30 de enero de 2025, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, cursado por el abogado Juan Carlos Martín Vicente Cortés Carcelén, en ese entonces, secretario general de la Junta Nacional de Justicia, se remite copia certificada de la resolución de vistos, en el marco del concurso público para la selección y nombramiento de fiscales superiores, fiscales adjuntos superiores, fiscales provinciales, y fiscales adjuntos provinciales - acceso abierto de la convocatoria N° 005-2022-SN-JNJ; por la cual se nombró al abogado Levi Alberto Pacheco Verde como fiscal adjunto provincial de prevención del delito de Trujillo del Distrito Fiscal de La Libertad.
Sobre el particular, con fecha 11 de octubre de 2024, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Levi Alberto Pacheco Verde, en el cargo descrito en el párrafo que antecede.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2536-2023-MP-FN, de fecha 3 de octubre de 2023, se resolvió nombrar al abogado Levi Alberto Pacheco Verde como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designándolo en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo; laborando a la fecha en el referido despacho, conforme la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 939-2022-MP-FN, de fecha 25 de mayo de 2022, se nombró a la abogada Esther Pierina Bravo Castillo como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designándola en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Trujillo; laborando a la fecha en el referido despacho, según la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Es preciso señalar que, mediante oficio N° 000262-2025-MP-FN-CN-FISPREV, de fecha 28 de enero de 2025, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad hace de conocimiento que la plaza de fiscal adjunto provincial en la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Trujillo cuenta con código AIRHSP N° 000524 y con disponibilidad presupuestal.
Mediante los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 052, modificado por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, modificada por la Ley N° 31718, prevé que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa.
El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC). Asimismo, respecto a la provisionalidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.
En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de designar al abogado Levi Alberto Pacheco Verde en la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Trujillo; por tanto, previamente se deberá dar por concluido los nombramientos y designaciones que se mencionan en los párrafos tercero y cuarto.
Es de mencionar que el Ministerio Público, en atención a sus funciones generales y específicas, ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”; objetivo tal que se orienta a mejorar la celeridad del servicio procesal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis, a su función constitucional como titular de la acción penal, lo cual importa la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito; por tanto, partícipe directo de la celeridad procesal.
Dentro de ese contexto, estando a la necesidad de servicio existente en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa del Módulo Básico de Justicia de La Esperanza, verificada del reporte de la carga laboral y producción fiscal -proporcionado de manera periódica por la Oficina de Control de Productividad Fiscal-; se considera oportuno, previa evaluación de los requisitos que exige la ley y a la normativa expuesta, nombrar a la abogada Esther Pierina Bravo Castillo como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designándola en la fiscalía en mención.
Es de precisar, que el nombramiento y designación señalados en el párrafo precedente, surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fiscal, conforme a lo señalado en los considerandos de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, que señala las condiciones resolutorias aplicables a los fiscales provisionales; teniendo en consideración además que la plaza a ocupar -con carácter transitorio- corresponde a las creadas mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 035-2010-MP-FN-JFS, de fecha 4 de mayo de 2010.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N° 052 y modificado por el artículo único de la Ley N° 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Levi Alberto Pacheco Verde como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad y su designación en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2536-2023-MP-FN, de fecha 3 de octubre de 2023 -laborando a la fecha en el referido despacho, conforme a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024- a partir de la toma de posesión de cargo en el despacho que se menciona en el artículo tercero de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Esther Pierina Bravo Castillo, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad y su designación en el despacho de la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Trujillo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación n. o 939-2022-MP-FN, de fecha 25 de mayo de 2022 -laborando a la fecha en el referido despacho, conforme a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024- a partir de fecha de juramentación que se menciona en el artículo quinto de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Designar al abogado Levi Alberto Pacheco Verde, fiscal adjunto provincial titular de prevención del delito de Trujillo, Distrito Fiscal de La Libertad, en la Segunda Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Trujillo.
Artículo Cuarto.- Nombrar a la abogada Esther Pierina Bravo Castillo, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designándola en la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa del Módulo Básico de Justicia de La Esperanza.
Artículo Quinto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo cuarto, surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta que se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fiscal, conforme a lo señalado en el párrafo décimo segundo de la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento a los abogados Levi Alberto Pacheco Verde y Esther Pierina Bravo Castillo que deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Séptimo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, Coordinación Nacional de las Fiscalías de Prevención del Delito, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA
Fiscal de la Nación
2367561-6