Crean la Infraestructura de Datos Espaciales y el Geoportal de la IDE-MIDIS

Resolución Ministerial

N° D000030-2025-MIDIS

San Isidro, 31 de enero del 2025

VISTOS:

Los Informes Nros. D000031-2024-MIDIS-DGSEI y D000012-2025-MIDIS-DGSEI de la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social; los Memorandos Nros D000595-2024-MIDIS-VMPES y D000035-2025-MIDIS-VMPES del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Memorando N° D002086-2024-MIDIS-OGTI de la Oficina General de Tecnologías de la Información; el Memorando N° D000628-2024-MIDIS-OGPPM e Informe N° D0000034-2025-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, los Informes Nros D000001-2025-MIDIS-OGAJ y D000067-2025-MIDIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, inclusión y equidad;

Que, el literal d) del numeral 9.2 del artículo 9 de la citada Ley establece como parte de las funciones compartidas del MIDIS, generar información y coordinar con los demás sectores y entidades públicas el acopio de información que el Ministerio requiera para el cumplimiento de sus funciones; para lo cual las diversas entidades públicas deberán proporcionar esta información oportunamente;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y contribuir al fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación del ciudadano;

Que, el artículo 4 de la referida ley establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos para lograr un Estado al servicio de la ciudadanía;

Que, con Resolución Ministerial N° 325-2007-PCM y su modificatoria, la Presidencia del Consejo de Ministros constituyó el Comité Coordinador Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú - CCIDEP, con el objeto de promover y coordinar el desarrollo, intercambio y el uso de datos y servicios de información espacial entre todos los niveles de gobierno, sector privado, organizaciones sin fines de lucro, instituciones académicas y de investigación;

Que, en el artículo 2 de la referida Resolución se define a la infraestructura de datos espaciales - IDEP como “el conjunto de políticas, estándares, organizaciones, recursos humanos y recursos tecnológicos que facilitan el intercambio, la producción, obtención, uso y acceso a la información espacial a nivel nacional, a fin de apoyar el desarrollo territorial del país para así favorecer la oportuna toma de decisiones”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 069-2011-PCM, se crea el Portal de la Información de Datos Espaciales (GEOIDEP) como un sistema interactivo de información a los ciudadanos a través de Internet, el cual proporciona un servicio de acceso unificado de datos, servicios y aplicaciones geoespaciales de la información que producen y usan todas las entidades del sector público y privado;

Que, considerando lo señalado, mediante Resolución Ministerial N° 214-2012-MIDIS, se aprueba la Directiva N° 008-2012-MIDIS, “Lineamientos para la remisión, consolidación y difusión de información para el seguimiento y evaluación de las intervenciones a cargo de los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, cuyo numeral 6.6, señala que la ahora Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social, con apoyo de la Oficina General de Tecnologías de la Información, efectuará las coordinaciones necesarias con la Secretaría Técnica del Comité Coordinador Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales del Estado Peruano, con la finalidad de proporcionar un servicio y aplicaciones geoespaciales de información territorial, e impulsar la plataforma que consolide el seguimiento y evaluación de las políticas sociales;

Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 133-2013-PCM, Decreto Supremo mediante el cual se establece el acceso e intercambio de información espacial entre entidades de la Administración Pública, dispone que las entidades de la Administración Pública deberán generar los servicios web que permitan la transferencia de datos espaciales o alojar en sus páginas web, enlaces (links) de descarga de las capas de información cuya administración es de su competencia y promover la implementación de sus Infraestructuras de Datos Espaciales como medio fundamental para compartir e intercambiar información espacial mediante servicios web interoperables;

Que, el numeral 7.4 de la Directiva N° 001-2014-PCM/ONGEI, “Directiva sobre Estándares de Servicios Web de Información Georreferenciada para el Intercambio de Datos entre Entidades de la Administración Pública”, aprobada por Resolución Ministerial N° 241-2014-PCM, establece que para dar cumplimiento al artículo 4 del Decreto Supremo N° 133-2013-PCM, las entidades de la Administración Pública que administran bases de datos georreferenciadas, deberán promover la implementación gradual y coordinada de servicios interoperables de información georreferenciada, para proporcionar a los usuarios el acceso a los datos a través de uso de servicios y publicación de mapas en web que forman parte de la red;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412, se aprueba la Ley de Gobierno Digital, que tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como un régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la administración pública en los tres niveles de gobierno;

Que, mediante Decreto Supremo 029-2021-PCM, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, cuyo numeral 69.1 del artículo 69, establece a la Infraestructura Nacional de Datos como el conjunto articulado de políticas, normas, medidas, procesos, tecnologías digitales, datos gubernamentales, repositorios y bases de datos destinadas a promover la adecuada recopilación, producción, procesamiento, analítica, publicación, almacenamiento, distribución y puesta a disposición de los datos que gestionan las entidades de la Administración Pública, así como el Marco de Gobernanza y Gestión de Datos y Estrategia Nacional de Datos que siguen las mismas; asimismo, el numeral 69.2 del artículo 69, establece una clasificación de los datos, entre los cuales se encuentran los datos espaciales o georrefenciados, que están a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, quien orienta, promueve y coordina el intercambio y uso de datos y servicios de información espacial o georreferenciada;

Que, por su parte, mediante Decreto de Urgencia N° 006-2020, se crea el Sistema Nacional de Transformación Digital como un sistema funcional del Poder Ejecutivo, conformado por un conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la administración pública y se promueven las actividades de las empresas, la sociedad civil y la academia orientadas a alcanzar los objetivos del país en materia de transformación digital. El sistema en mención tiene entre sus principios los datos como activo estratégico para diseñar políticas, tomar decisiones, así como crear y entregar servicios digitales;

Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2021-PCM, se aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 006-2020, que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, reglamento que establece los procesos, mecanismos, procedimientos, normas, medidas e instrumentos para la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Transformación Digital y cuyo artículo 19 regula los instrumentos tecnológicos para la transformación digital, reconociendo a la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú como uno de los instrumentos que buscan impulsar la transformación digital;

Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2022-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030, que establece como objetivo prioritario 1 garantizar que las políticas públicas se sustenten en información confiable y que respondan a las necesidades y expectativas de las personas, según sus características socioeconómicas, geográficas y culturales;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2022-MIDIS, se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (PNDIS) al 2030, que tiene como uno de sus enfoques transversales el enfoque territorial, que reconoce que la referida Política requiere de un esfuerzo conjunto de diversos actores, en el que la provisión efectiva de bienes y servicios hacia la población se realiza en el territorio, a un nivel progresivamente descentralizado; entendiéndose dicho enfoque como “el entorno geográfico y socio-cultural en el cual, y con el cual, interactuamos las personas en sociedad. Este enfoque busca articular la acción del Estado y otros actores en ámbitos territoriales demarcados, donde viven comunidades humanas específicas y existen características ambientales, geográficas, demográficas y culturales similares, a través de estrategias integrales y coordinadas, donde el foco lo constituye el espacio multidimensional (económico, social, político, ambiental, cultural)”;

Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 085-2023-PCM, se aprueba la Política Nacional de Transformación Digital al 2030, cuyo Objetivo Prioritario 3 (OP 3) es: Garantizar la disponibilidad de servicios públicos digitales, inclusivos, predictivos y empáticos con la sociedad, desarrolla como parte de sus lineamientos “Desplegar la estrategia de gobierno como plataforma de regulación, servicios digitales, datos abiertos e interoperabilidad entre organizaciones públicas y privadas”;

Que, bajo el marco normativo descrito, mediante Informes Nros D000031-2024-MIDIS-DGSEI y D000012-2025-MIDIS-DGSEI, la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social sustenta y propone la creación e implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales del MIDIS (IDE-MIDIS), que permita la gestión de la información de los datos geográficos generados por las unidades de organización y Programas Nacionales del MIDIS, además de la identificación y seguimiento de brechas en la cobertura de servicios e intervenciones, mediante indicadores territoriales en el marco de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social; la infraestructura en mención está orientada al usuario de los ámbitos público o privado, quienes podrán consultar, a través de las diferentes aplicaciones (servicios web, visor de mapas, portal de metadatos, enlaces de descarga, aplicaciones SIG de escritorios-web) los recursos disponibles, según sus necesidades y requerimientos;

Que, asimismo, la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social sustenta y propone la creación del Geoportal de la IDE-MIDIS, herramienta desarrollada como parte de la implementación de la infraestructura de datos espaciales, a través del cual se podrá acceder a las aplicaciones y servicios de información geoespacial;

Que, por su parte, mediante Memorando N° D002086-2024-MIDIS-OGTI la Oficina General de Tecnologías de la Información emite opinión favorable respecto a la creación e implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales del MIDIS así como de la creación del Geoportal de la IDE-MIDIS;

Que, en el marco de la normativa reseñada, atendiendo a lo sustentado y propuesto por la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social, y a lo opinado por la Oficina General de Tecnologías de la Información, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina General de Asesoría Jurídica, conforme a los documentos de vistos, resulta pertinente la emisión del acto resolutivo que apruebe la creación e implementación de la Infraestructura de Datos Espaciales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como la creación de su Geoportal, lo cual se encuentra alineado con la Política Nacional de Transformación Digital al 2030, en cumplimiento de la Ley de Gobierno Digital y su Reglamento;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social, de la Oficina General de Tecnologías de la Información, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo N° 133-2013-PCM, el cual establece el acceso e intercambio de información espacial entre entidades de la Administración Pública; el Decreto Legislativo N° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 029-2021-PCM; el Decreto Supremo N° 085-2023-PCM, que aprueba la Política Nacional de Transformación Digital al 2030, y, la Resolución Ministerial N° 143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Creación de la Infraestructura de Datos Espaciales

1.1 Crear la Infraestructura de Datos Espaciales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en adelante IDE-MIDIS, como el conjunto articulado de lineamientos, normas, procedimientos, estándares, datos, recursos humanos y tecnologías que permiten el acceso y el uso de la información geográfica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como de los registros administrativos y estadísticos asociados, con el propósito de favorecer la toma de decisiones y la gestión territorial de programas, servicios e intervenciones en materia de desarrollo e inclusión social, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

1.2 La IDE-MIDIS incorpora todos los datos geográficos, metadatos, y servicios web de información geográfica producida por las unidades de organización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y sus Programas Nacionales.

Artículo 2.- De la implementación de la IDE-MIDIS

2.1 El proceso de implementación de la IDE-MIDIS es conducido por la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social, para lo cual coordina las acciones que correspondan con las unidades de organización y los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social que producen información geográfica de las intervenciones bajo su responsabilidad, con el soporte y asistencia técnica de la Oficina General de Tecnologías de la Información, de acuerdo a sus funciones, y bajo los lineamientos de tecnologías de la información que sean aplicables.

2.2 La IDE-MIDIS se implementa a partir de la integración de los diferentes sistemas de información geográfica administrados por el sector, siguiendo una arquitectura orientada a servicios, que permitan el acceso a su información, cumpliendo los lineamientos que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social apruebe, así como los estándares y procedimientos de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú (IDEP) establecidos en el Decreto Supremo N° 069-2011-PCM, que crea el Portal de Datos Espaciales del Perú (GEOIDEP), el Decreto Supremo N° 133-2013-PCM, que establece el acceso e intercambio de información espacial entre entidades de la Administración Pública, y la Resolución Ministerial N° 241-2014-PCM, que aprueba la Directiva sobre estándares de servicios web de información georreferenciada para el intercambio de datos entre entidades de la Administración Pública o las normas que las sustituyan.

2.3 Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo, los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como sus unidades de organización que, por sus funciones, producen información geográfica, deben implementar servicios de acceso a los datos geográficos y sus registros administrativos y estadísticos asociados, siguiendo los estándares de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú (IDEP).

Artículo 3.- Del Geoportal de la IDE-MIDIS

Crear el Geoportal de la IDE-MIDIS como una plataforma de acceso unificado y oficial a toda la información geográfica que produce el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como las unidades de organización que producen información georreferenciada, permiten mediante la interconexión de sus sistemas de información, la recolección de metadatos, datos y otros registros con el fin de ofrecer información oportuna y actualizada, según los lineamientos o directivas específicas que apruebe el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Artículo 4.- Financiamiento

La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al presupuesto institucional asignado al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), así como de los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial “El Peruano”.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- Elaboración de normas complementarias

La Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social formula y propone la normativa complementaria que resulte necesaria para la implementación de las disposiciones establecidas en la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES

Ministro de Desarrollo e Inclusión Social

2367553-1