Actualizan el Mapa Nacional de Superficie Agrícola del Perú detallado por departamento, provincia y distrito
Resolución ministerial
N° 0026-2025-MIDAGRI
Lima, 31 de enero de 2025
VISTOS:
El Memorándum N° 0048-2025-MIDAGRI-DVPSDA del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; el Memorando N° 0945-2024-MIDAGRI-DVPSDA/DGESEP de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas; el Informe N° 0198-2024-MIDAGRI-DVPSDA/DGESEP-DEIA-EDRQ de la Dirección de Estadística e Información Agraria; y, el Informe N° 0064-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERADOS:
Que, de acuerdo a la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, teniendo, entre otros objetivos, alcanzar un Estado que se encuentre al servicio de la ciudadanía, que cuente con canales efectivos de participación ciudadana, y que sea transparente en su gestión;
Que, el literal a) del numeral 1 del artículo 6 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece como función general rectora de este Ministerio, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales bajo su competencia, aplicables a todos los niveles de gobierno; asimismo, el literal g) del numeral 2 del artículo 7, señala como función específica compartida de este Ministerio, establecer e implementar los mecanismos que permitan a los productores agrarios acceder a información relevante para el desarrollo competitivo y sostenible de la actividad agraria;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1082, se creó el Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA, conformado por los órganos del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, los organismos adscritos al Sector Agrario, ahora Sector Agrario y de Riego, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y sus diferentes dependencias en la materia que por la naturaleza de sus funciones produzcan información estadística agraria; señalando la misma norma que el citado Sistema forma parte del Sistema Estadístico Nacional - SEN, cuyo órgano rector es el Instituto Nacional de Estadística e Informática;
Que, el artículo 2 del referido Decreto Legislativo, establece que el Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dirige, consolida y coordina, a nivel nacional, con las diferentes entidades conformantes del SIEA, la recopilación y acopio de la información estadística agraria que estas produzcan; asimismo, su Segunda Disposición Complementaria Final dispone que este Ministerio emite y/o actualiza sus Lineamientos Metodológicos para la Recopilación de la Información Agraria y demás documentos técnicos que resulten pertinentes para la implementación del SIEA;
Que, los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3 del Reglamento del SIEA, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2009-AG, establecen que la Autoridad Estadística Agraria Nacional - AEAN, es el órgano designado por este Ministerio para desarrollar, generar y difundir las estadísticas agrarias nacionales; asegurando a escala nacional, la generación de estadísticas agrarias nacionales con arreglo a las normas establecidas y a los principios estadísticos; correspondiéndole definir los procesos, métodos estadísticos, estándares, procedimientos, así como el contenido y oportunidad de las publicaciones estadísticas nacionales; asimismo, su Segunda Disposición Complementaria Final designa a la Oficina de Estudios Económicos y Estadísticos del Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, como la Autoridad Estadística Agraria Nacional - AEAN, siendo dicha Autoridad actualmente, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
Que, los literales d) y f) del artículo 84 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de este Ministerio, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, establece que la Dirección de Estadística e Información Agraria - DEIA, unidad orgánica de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas - DGESEP, tiene como funciones “determinar e integrar las necesidades de información agraria, en coordinación con las unidades de organización, programas y proyectos especiales del Ministerio y sus organismos públicos adscritos” y “elaborar propuestas de normas, coordinar y ejecutar la actualización cartográfica y la administración de la base de datos geográfica del Sistema Integrado de Estadística Agraria, así como supervisar y evaluar la elaboración de los diseños y marcos muestrales para las investigaciones estadísticas sectoriales”;
Que, la información del uso de la tierra obtenida en el IV CENAGRO 2012, comprende cifras oficiales de las que se dispone sobre el tamaño en hectáreas de la superficie agrícola del país; sin embargo, dicha información está desactualizada; actualmente, se dispone de imágenes satelitales gratuitas y de alta resolución espacial cuyo procesamiento permite el mapeo y medición más precisa de la superficie agrícola en todo el territorio nacional, resultando una fuente objetiva de referencia y que permite mejorar significativamente la medición de la superficie agrícola y la información estadística derivada de ella sobre la actividad agraria, convirtiéndose en una herramienta potente para los procesos de planificación de las intervenciones, y de las operaciones estadísticas del Sector;
Que, mediante el Informe Nº 0198-2024-MIDAGRl-DVPSDA/DGESEP-DEIA-EDRQ, la Dirección de Estadística e Información Agraria - DEIA de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas - DGESEP de este Ministerio, señala que, dentro de los factores críticos de éxito planteados en el Plan Estadístico Agrario Nacional 2022-2026 del Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2022-MIDAGRI, se menciona contar con una infraestructura estadística adecuada, que es el conjunto de elementos o servicios necesarios para generar y proveer estadísticas, el cual comprende el diseño de los marcos estadísticos, las clasificaciones estandarizadas, la documentación de metodologías, la aplicación de la geo-estadística, entre otros aspectos contemplados para el desarrollo de la actividad estadística, enfocado en el Marco Maestro de Muestreo;
Que, el 2017, en el marco de la ejecución del Proyecto de Mejoramiento del Sistema de Información Agraria para el Desarrollo Rural del Perú - PIADER, la Asociación para la Investigación y Desarrollo Integral - AIDER, elaboró la primera versión de la cobertura agrícola con cultivo y sin cultivo a nivel nacional, teniendo la conformidad de la DGESEP, como responsable técnico en la incorporación de nuevas metodologías estadísticas;
Que, el 2018, la DGESEP actualizó la superficie agrícola del Perú agrupando las tierras agrícolas con cultivo y sin cultivo, utilizando para el mapeo e interpretación las imágenes satelitales SENTINEL-2 y de la plataforma Google Earth, como resultado se obtuvo una superficie total de 11,6 millones de hectáreas, generándose el Mapa Nacional de Superficie Agrícola del Perú;
Que, con la Resolución Ministerial N° 0322-2020-MIDAGRI, se oficializó el Mapa Nacional de la Superficie Agrícola del Perú detallado por departamento, provincia y distrito, el cual ha permitido incorporar las áreas agrícolas en la base de datos del Marco Maestro Muestra y del Padrón Nacional de Sectores Estadísticos;
Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento del SIEA, dispone que para garantizar la calidad de los resultados de las estadísticas agrarias nacionales, estas serán desarrolladas generadas y difundidas sobre la base de estándares uniformes y métodos armonizados, para lo cual se aplicarán criterios de calidad, como el de “pertinencia”, el cual señala que las estadísticas responden a las necesidades actuales y potenciales de los usuarios. En ese sentido, el órgano encargado de mantener su actualización es la DGESEP del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, como Autoridad Estadística Nacional;
Que, en diciembre de 2023, se inició la actualización del Mapa Nacional de la Superficie Agrícola de los 24 departamentos del país, mediante el uso de imágenes satelitales Planet y Google Earth, concluyendo en el año 2024, con los trabajos de control de calidad, los cuales consistían en incluir la superficie agrícola que había sido omitida, o retirar las áreas que habían sido erróneamente consideradas agrícola como es el caso de los bofedales, bosques y pastos naturales; finalmente, como resultado de esta actualización se ha obtenido un total de 11 248 646 hectáreas;
Que, el Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, mediante el Memorándum N° 0048-2025-MIDAGRI-DVPSDA, al que adjunta el Memorando N° 0631-2024-MIDAGRI-DVPSDA/DGESEP-DEIA de la Dirección de Estadística e Información Agraria - DEIA y el Informe N° 0198-2024-MIDAGRI-DVPSDA/DGESEP-DEIA-EDRQ de la Dirección de Estadística e Información Agraria - DEIA, solicita actualizar el Mapa Nacional de Superficie Agrícola del Perú, que servirá como marco técnico para el desarrollo de procedimientos metodológicos relacionados a la estadística agraria a nivel nacional;
Que, mediante el Informe N° 0064-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que considera legalmente viable la emisión del acto resolutivo que actualiza el Mapa Nacional de Superficie Agrícola y deroga la Resolución Ministerial N° 0322-2020-MIDAGRI;
Con las visaciones de la Viceministra de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas; y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Legislativo N° 1082, Decreto Legislativo que crea el Sistema Integrado de Estadística Agraria conformante del Sistema Estadístico Nacional; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 021-2009-AG; y la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Se actualiza el Mapa Nacional de Superficie Agrícola del Perú detallado por departamento, provincia y distrito que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Se precisa que el Mapa Nacional de Superficie Agrícola del Perú es referencial con fines de uso estadístico del Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA.
Artículo 3.- Se deroga la Resolución Ministerial N° 0322-2020-MIDAGRI.
Artículo 4.- Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
2367371-1