Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a la República Oriental del Uruguay, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00108-2025-DE
Lima, 29 de enero del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 0673/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00425-2025-MINDEF/VPD del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; y el Informe Legal N° 00178-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota N° 04/25 el Comandante en Jefe de la Armada Nacional de la República Oriental del Uruguay remite al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú una invitación para que el Contralmirante Juan Carlos ZUÑIGA LIRA, Comandante de la Fuerza de Aviación Naval de la Marina de Guerra del Perú participe de las actividades en el marco de la Celebración del “100° Aniversario de la Aviación Naval”, a realizarse en la Base Aeronaval N° 2 “C/C Carlos A. Curbelo”, ciudad de Maldonado, República Oriental del Uruguay, del 7 al 8 de febrero de 2025;
Que, con Oficio N° 072/42 el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Comandante en Jefe de la Armada Nacional de la República Oriental del Uruguay que se ha dispuesto la participación del Contralmirante Juan Carlos ZUÑIGA LIRA, Comandante de la Fuerza de Aviación Naval, en las referidas actividades;
Que, a través del Informe Legal N° 011-2025 la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones del Pacífico de la Marina de Guerra del Perú opina que resulta procedente autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio del mencionado personal naval para participar de las actividades en el marco de la Celebración del “100° Aniversario de la Aviación Naval” de la Armada Nacional de la República Oriental del Uruguay, en el lugar y fecha programada;
Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto permitirá fortalecer, incrementar y consolidar los vínculos de amistad y cooperación entre las marinas participantes. Asimismo, las experiencias adquiridas redundarán en beneficio de la citada Institución Armada;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 020-2025 suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la Oficina de Gestión de Remuneraciones, Pasajes y Viáticos de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos, pasajes terrestres y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 029-2025 el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección General de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000002, N° 0000000052 y N° 0000000996 emitidas por el Departamento de Evaluación y Ejecución Presupuestaria de la Dirección de Presupuesto de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en las referidas actividades, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio N° 0673/51 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval que participará de las actividades en el marco de la Celebración del “100° Aniversario de la Aviación Naval” de la Armada Nacional de la República Oriental del Uruguay, a realizarse en la Base Aeronaval N° 2 “C/C Carlos A. Curbelo”, ciudad de Maldonado, República Oriental del Uruguay, del 7 al 8 de febrero de 2025, autorizando su salida del país el 6 de febrero y su retorno el 9 de febrero de 2025;
Que, a través del Oficio N° 00425-2025-MINDEF/VPD el Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa remite el Informe Técnico N° 039-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, que contiene la opinión técnica favorable de la Dirección General de Relaciones Internacionales respecto a la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes;
Que, por medio de correo institucional de fecha 29 de enero de 2025 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú remite información relacionada al presente viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 00178-2025-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante Juan Carlos ZUÑIGA LIRA, identificado con CIP N° 00952047 y DNI N° 43305878, para que participe de las actividades en el marco de la Celebración del “100° Aniversario de la Aviación Naval” de la Armada Nacional de la República Oriental del Uruguay, a realizarse en la Base Aeronaval N° 2 “C/C Carlos A. Curbelo”, ciudad de Maldonado, República Oriental del Uruguay, del 7 al 8 de febrero de 2025, autorizando su salida del país el 6 de febrero y su retorno el 9 de febrero de 2025.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - Punta del Este (República Oriental del Uruguay) - Lima
(clase económica)
US$ 1,752.30 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 1,752.30
Pasajes terrestres: Punta del Este - Maldonado - Punta del Este (República Oriental del Uruguay)
US$ 17.00 x 1 persona x 2 (ida y vuelta) US$ 34.00
Viáticos:
US$ 370.00 x 1 persona x 2 días US$ 740.00
Total a pagar: US$ 2,526.30
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 4.- El Oficial Almirante comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado al Ministro de Defensa, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2367034-1