“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
Ate, 24 de enero de 2025
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE;
VISTO; El Informe Nº 000010-2025-MDA/OGPE-OPMI y Nº 000024-2025-MDA/OGPE-OPMI, de la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones; el Memorando Nº 000009-2025-MDA/OGPE e Informe Nº 000006-2025-MDA/GM-OGPE, de la Oficina General de Planificación Estratégica; el Informe Nº 000007-2025-MDA/OGAJ y Nº 000017-2025-MDA/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 000148-2025-MDA/GM, de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, señala que: “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, el artículo 26º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “La administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley Nº 27444.”, así como, el artículo 39º de la citada Ley señala que “(…). El alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía. (…)”;
Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;
Que, con Ordenanza Nº 615-MDA, de fecha 21 de junio de 2024, y publicada en el Diario Oficial “El Peruano” en fecha 28 de junio de 2024, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad Distrital de Ate, siendo modificada por la Ordenanza Nº 628-MDA, de fecha 09 de enero de 2025, y publicada en el Diario Oficial “El Peruano” en fecha 11 de enero de 2025, estableciendo que “La presente Ordenanza, así como la nueva Estructura Orgánica y el Texto del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), que forman parte integrante de la presente Ordenanza, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano””;
Que, la Ordenanza Nº 615-MDA en su artículo segundo faculta al señor Alcalde para que “mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ate, y la adecuación de los documentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones legales vigentes”;
Que, en concordancia, a las recomendaciones estipuladas en el literal N del Subcapítulo VI del Capítulo II de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones –ROF y el Manual de Operaciones - MOP, aprobado con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM/SGP, para la implementación del ROF corresponde que la entidad “Apruebe el Cuadro de Equivalencias de sus unidades de organización y siglas correspondientes, en aquellos casos en los que se hallan modificado las denominaciones de las unidades de organización (ROF anterior versus nuevo ROF)”;
Que, el artículo 61º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias, establece “61.1 La competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquéllas se derivan. 61.2 Toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia.”;
Que, con Informe Nº 000010-2025-MDA/OGPE-OPMI, la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones, propone el Cuadro de Equivalencias de las Unidades de Organización de la Municipalidad Distrital de Ate, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de los compromisos asumidos por la institución, incluyendo la continuidad de la gestión, teniendo en cuenta que según lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ordenanza Nº 615-MDA, se otorga un plazo no mayor de noventa (90) días calendario para adecuar los instrumentos de gestión de la Municipalidad Distrital de Ate;
Que, con Memorando Nº 000009-2025-MDA/GM-OGPE, la Oficina General de Planificación Estratégica, emite su conformidad a la propuesta del Cuadro de Equivalencia de las Unidades de Organización de la Municipalidad Distrital de Ate, formulada por la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones a través del Informe Nº 000010-2025-MDA/OGPE-OPMI;
Que, mediante Informe Nº 000007-2025-MDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que estándose al marco normativo expuesto en el referido informe, y teniéndose en consideración las opiniones técnicas de la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones y la Oficina General de Planificación Estratégica, se considera VIABLE continuar con el trámite de aprobación del Cuadro de Equivalencias de las unidades de organización de la Municipalidad Distrital de Ate, bajo la estructura orgánica de la Ordenanza Nº 615-MDA, y su modificatoria, mediante la emisión del respectivo Decreto de Alcaldía y su posterior publicación en el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, mediante Proveído Nº 000148-2025-MDA/GM, la Gerencia Municipal solicita actualizar el Cuadro de Equivalencias, que incluya a todas las unidades orgánicas;
Que, mediante Informe Nº 000024-2025-MDA/OGPE-OPMI, la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones, en concordancia con la normatividad vigente, realiza las precisiones al Cuadro de Equivalencias de las Unidades de Organización de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que remite adjunto a dicho informe;
Que, mediante Informe Nº 000006-2025-MDA/GM-OGPE, la Oficina General de Planificación Estratégica, remite la propuesta del Cuadro de Equivalencias de las Unidades de Organización de la Municipalidad Distrital de Ate, actualizada y formulada por la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones a través del Informe Nº 000024-2025-MDA/OGPE-OPMI;
Que, asimismo, mediante Informe Nº 000017-2025-MDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que estándose al marco normativo expuesto en el referido informe, y teniéndose en consideración las precisiones desarrolladas por la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones y la Oficina General de Planificación Estratégica, se ratifica en la opinión legal del Informe Nº 000017-2025-MDA/OGAJ, referida a la propuesta de aprobación del Cuadro de Equivalencias de las unidades de organización de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a la estructura orgánica aprobada por la Ordenanza Nº 615-MDA y su modificatoria, mediante la emisión del respectivo Decreto de Alcaldía y su posterior publicación en el Diario Oficial “El Peruano”;
ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTICULO 20º, Y ARTÍCULO 42º DE LA LEY Nº 27972 – LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Y SUS MODIFICATORIAS;
SE DECRETA:
Artículo 1º.- APROBAR, EL CUADRO DE EQUIVALENCIAS DE LAS UNIDADES DE ORGANIZACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, cuyo Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía; en mérito a los considerandos antes expuestos.
Artículo 2º.- DISPONER, que toda referencia a unidades orgánicas contenidas en normas, procedimientos administrativos, procedimientos de administración interna, instrumentos de gestión, actos administrativos, actos de administración interna, así como todo dispositivo y/o acto que contenga disposiciones de organización interna, que fueron iniciados, emitidos o aprobados al amparo de la Ordenanza Nº 491-MDA y sus modificatorias, deberá entenderse con las denominaciones de las unidades orgánicas contenidas en la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobados mediante Ordenanza Nº 615-MDA, conforme al Cuadro de Equivalencias aprobado en el artículo primero del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo 3º.- NOTIFICAR, el presente Decreto de Alcaldía a cada unidad de organización de la Municipalidad Distrital de Ate, para los fines correspondientes.
Artículo 4º.- DISPONER, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FRANCO VIDAL MORALES
Alcalde
ESTRUCTURA ORGANICA ANTERIOR (ORDENANZA N° 491-2019-MDA) |
NUEVA ESTRUCTURA ORGANICA (ORDENANZA N° 615-2024-MDA Y SU MODIFICATORIA) |
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ÓRGANOS DEL PRIMER NIVEL ORGANIZACIONAL |
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ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN |
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CONCEJO MUNICIPAL |
CONCEJO MUNICIPAL |
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ALCALDÍA |
ALCALDÍA |
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GERENCIA MUNICIPAL |
GERENCIA MUNICIPAL |
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ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACIÓN |
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COMISIÓN DE REGIDORES |
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CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL |
CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL |
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JUNTA DE DELEGADOS VECINALES |
JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES |
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COMITÉ DE SEGURIDAD CIUDADANA |
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PLATAFORMA DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES |
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AGENCIA DE FOMENTO DE LA INVERSIÓN PRIVADA |
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CONSEJO DISTRITAL DE COORDINACIÓN Y CONCERTACIÓN DE LUCHA CONTRA LA POBREZA Y DESNUTRICIÓN CRÓNICA INFANTIL |
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CONSEJO DE DESARROLLO JUVENIL DE ATE |
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CONSEJO PARTICIPATIVO LOCAL DE EDUCACIÓN |
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COMITÉ DISTRITAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE VASO DE LECHE |
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COMITÉ DISTRITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL DE ATE |
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COMITÉ MULTISECTORIAL POR LOS DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE (COMUDENA) |
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CONSEJO CONSULTIVO DE NIÑAS, NIÑO Y ADOLESCENTES DEL DISTRITO DE ATE (CCONNA - ATE) |
--- |
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ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL |
|||
ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL |
ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL |
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ÓRGANO DE DEFENSA JURÍDICA |
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PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL |
PROCURADURÍA PÚBLICA |
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ÓRGANOS DEL SEGUNDO NIVEL ORGANIZACIONAL |
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ÓRGANOS DE APOYO |
ÓRGANOS DE ADMINISTRACION INTERNA |
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SECRETARIA GENERAL |
OFICINA GENERAL DE ATENCIÓN AL CONCEJO, GESTIÓN DOCUMENTARIA Y COMUNICACIONES1 |
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SECRETARÍA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y COMUNICACIONES |
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GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS |
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN2 |
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GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN |
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--- |
OFICINA GENERAL DE INTEGRIDAD |
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ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO |
|||
GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA |
OFICINA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA |
||
GERENCIA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA |
OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA |
||
ÓRGANOS DE LÍNEA |
|||
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA |
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA |
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GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO |
GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO |
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GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y URBANISMO |
GERENCIA DE DESARROLLO TERRITORIAL E INFRAESTRUCTURA3 |
||
GERENCIA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y ORNATO |
GERENCIA DE SERVICIOS MUNICIPALES Y GESTION AMBIENTAL4 |
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GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA |
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GERENCIA DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL |
GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL |
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TERCER NIVEL ORGANIZACIONAL |
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UNIDADES ORGÁNICAS DE APOYO |
UNIDADES ORGÁNICAS DE ADMINISTRACIÓN INTERNA |
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De la SG |
- SUB GERENCIA DE GESTIÓN DOCUMENTARIA Y ATENCIÓN AL CIUDADANO |
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--- |
De la GAF |
- SUB GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS |
De la OGA |
OFICINA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS |
- SUB GERENCIA DE ABASTECIMIENTO |
OFICINA DE ABASTECIMIENTO |
||
- SUB GERENCIA DE PATRIMONIO Y SERVICIOS GENERALES |
|||
- SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD |
OFICINA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA5 |
||
- SUB GERENCIA DE TESORERÍA |
|||
--- |
OFICINA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION |
||
UNIDADES ORGÁNICAS DE ASESORAMIENTO |
|||
De la GPE |
- SUB GERENCIA DE PRESUPUESTO |
De la OGPE |
OFICINA DE PRESUPUESTO |
- SUB GERENCIA DE MODERNIZACIÓN INSTITUCIONAL |
OFICINA DE PLANEAMIENTO, MODERNIZACIÓN E INVERSIONES6 |
||
- SUB GERENCIA DE CONTROL GERENCIAL Y PROGRAMACIÓN DE INVERSIONES |
|||
- SUB GERENCIA DE COOPERACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL |
|||
UNIDADES ORGÁNICAS DE LÍNEA |
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De la GAT |
- SUB GERENCIA DE REGISTRO Y ORIENTACIÓN TRIBUTARIA |
De la GAT |
SUBGERENCIA DE REGISTRO, RECAUDACIÓN Y CONTROL7 |
- SUB GERENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL |
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- SUB GERENCIA DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA |
SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN Y EJECUCIÓN COACTIVA8 |
||
- SUB GERENCIA DE EJECUCIÓN COACTIVA |
|||
De la GSC |
- SUB GERENCIA DE CONTROL, OPERACIONES Y SANCIONES |
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De la GIU |
- SUB GERENCIA DE PLANIFICACIÓN URBANA Y CATASTRO |
De la GDTI |
SUBGERENCIA DE DESARROLLO TERRITORIAL9 |
- SUB GERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES |
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- SUB GERENCIA DE INVERSIÓN PÚBLICA |
SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA |
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De la GGAO |
- SUB GERENCIA DE MANTENIMIENTO URBANO Y ORNATO |
||
De la GGAO |
- SUB GERENCIA DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS |
De la GSMGA |
SUBGERENCIA DE GESTION AMBIENTAL10 |
- SUB GERENCIA DE ÁREAS VERDES Y CONTROL AMBIENTAL |
|||
- SUB GERENCIA DE MANTENIMIENTO URBANO Y ORNATO |
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||
De la GSC |
- SUB GERENCIA DE SERENAZGO |
SUBGERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y SERENAZGO |
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- SUB GERENCIA DE CONTROL, OPERACIONES Y SANCIONES |
--- |
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De la GDE |
- SUB GERENCIA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE Y VIALIDAD |
SUBGERENCIA DE MOVILIDAD URBANA |
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- SUB GERENCIA DE PROMOCIÓN Y FORMALIZACIÓN EMPRESARIAL Y TURISMO |
De la GDE |
SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCTIVO |
|
SUBGERENCIA DE COMERCIO Y LICENCIAS11 |
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- SUB GERENCIA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES |
SUBGERENCIA DE GESTION DE RIESGO Y DESASTRES |
||
De la GDIS |
- SUB GERENCIA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUDES |
De la GDS |
SUBGERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES12 |
- SUB GERENCIA DE SALUD, DEMUNA Y BIENESTAR SOCIAL |
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- SUB GERENCIA DE ASISTENCIA ALIMENTARIA E INCLUSIÓN SOCIAL |
SUBGERENCIA DE PROGRAMAS SOCIALES Y PARTICIPACIÓN VECINAL13 |
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- SUB GERENCIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA |
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ÓRGANOS DESCONCENTRADOS |
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AGENCIA MUNICIPAL |
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1 Asume funciones de: Secretaria de Imagen Institucional y Comunicaciones; así como de la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano. |
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2 Asume funciones de: Gerencia de Tecnologías de la Información a través de la Oficina de Tecnologías de la Información. |
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3 Asume funciones de: Gerencia de Infraestructura y Urbanismo, así como la fiscalización de acuerdo a su especialidad. |
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4 Asume funciones de: Gerencia de Gestión Ambiental y Ornato; así como de la Gerencia de Seguridad Ciudadana. |
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5 Asume funciones de: Sub Gerencia de Contabilidad y Sub Gerencia de Tesorería. |
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6Asume funciones de: Sub Gerencia de Modernización Institucional, Sub Gerencia de Control Gerencial y Programación de Inversiones, así como de la Sub Gerencia de Cooperación Nacional e Internacional. |
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7 Asume funciones de: Sub Gerencia de Registro y Orientación Tributaria, así como de la Sub Gerencia de Recaudación y Control. |
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8 Asume funciones de: Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria; Sub Gerencia de Ejecución Coactiva; así como parte de las funciones de la Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones. |
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9 Asume funciones de: Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro; Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones; así como la fiscalización de acuerdo a su especialidad. |
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10 Asume funciones de: Sub Gerencia de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos; Sub Gerencia de Áreas Verdes y Control Ambiental; así como la fiscalización de acuerdo a su especialidad. |
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11 Asume parte de las funciones de la Sub Gerencia de Promoción, Formalización Empresarial y Turismo; así como la fiscalización de acuerdo a su especialidad. |
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12 Asume funciones de: Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes; Sub Gerencia de Salud, DEMUNA y Bienestar Social; así como las funciones correspondientes al Registro civil (RENIEC). |
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13 Asume funciones de: Sub Gerencia de Asistencia Alimentaria e Inclusión Social; Sub Gerencia de Participación Ciudadana, así como las funciones de la OMAPED. |
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