Resolución Ministerial que aprueba los Índices de Distribución del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM) correspondientes al Año Fiscal 2025

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 018-2025-EF/50

Lima, 27 de enero del 2025

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 28451, Ley que crea el Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM, establece la creación del FOCAM, como un fondo intangible destinado a contribuir al desarrollo sostenible de los departamentos por donde pasan los ductos principales conteniendo los hidrocarburos de los Lotes 88 y 56, mejorando el bienestar de las comunidades involucradas y coadyuvando a la preservación del ambiente y de la ecología, en el marco del compromiso suscrito por el Gobierno del Perú con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) de fecha 4 de marzo de 2004;

Que, los artículos 2 y 3 de la citada Ley Nº 28451, señalan que constituyen recursos del FOCAM, el 25% de las regalías que corresponden al Gobierno Nacional provenientes de los Lotes 88, 56 y 57, luego de efectuadas las deducciones derivadas del pago del Canon Gasífero al que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, los cuales son destinados exclusivamente a financiar la ejecución de proyectos de inversión e infraestructura económica y social de los gobiernos regionales y Municipalidades de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Ica y el área de Lima provincias, exceptuando a Lima Metropolitana; y, financian proyectos de investigación científica y/o tecnológica de las universidades públicas de esas jurisdicciones así como infraestructura y equipamiento para dichos fines de investigación;

Que, asimismo, el artículo 5 de la Ley Nº 28451 establece que el departamento de Ucayali debe percibir el 2,5% del total de los ingresos que reciba el Estado Peruano por concepto de regalías, que son distribuidos de acuerdo con los porcentajes establecidos en la citada Ley;

Que, los artículos 4 y 5 del Reglamento de la Ley de Creación del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea - FOCAM, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EF, establecen los porcentajes y criterios de distribución de los recursos del FOCAM, disponiendo que los índices de distribución se determinan anualmente para las transferencias a efectuarse en el mes de enero de cada año, mediante resolución ministerial aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas; para lo cual, se tiene en cuenta la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación (MINEDU);

Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los índices de distribución del FOCAM, entre otros, son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante resolución ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;

Que, en base a la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) mediante el Oficio Nº 000701-2024-INEI/JEF, por el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) con Oficio Nº 1528-2024/MINEM-DGH y por la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación (MINEDU) a través del Oficio Nº 00189-2025-MINEDU/VMGP-DIGESU, conforme al artículo 5 del citado Reglamento, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas realiza los cálculos correspondientes para la determinación de los índices de distribución del FOCAM correspondientes al Año Fiscal 2025;

Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los índices de distribución del FOCAM correspondientes al Año Fiscal 2025;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28451, Ley que crea el Fondo de Desarrollo Socioeconómico del Proyecto Camisea – FOCAM; en el Reglamento de la Ley de Creación del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea – FOCAM, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EF; y, en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Aprobar los índices de distribución del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM) correspondientes al Año Fiscal 2025, a ser aplicados a los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades públicas de los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Ica, Lima provincias exceptuando a Lima Metropolitana y Ucayali, conforme al Anexo Nº I “Índices de distribución del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM) para gobiernos regionales y gobierno locales correspondientes al Año Fiscal 2025” y al Anexo Nº II “Índices de distribución del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM) para universidades públicas correspondientes al Año Fiscal 2025”, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación

La presente Resolución Ministerial y sus Anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ARISTA ARBILDO

Ministro de Economía y Finanzas

2365855-1