Autorizan viaje de regidor para asistir a evento que se realizará en España
ACUERDO DE CONCEJO
N° 04-2025-CDC
Castilla, 20 de enero de 2025
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA:
VISTO: En sesión ordinaria de Concejo Municipal de la fecha; Carta N° 0080/2025/PONGSCA de fecha 02 de enero de 2025; Carta N° 0233/2025/PONGSCA de fecha 13 de enero de 2025; Oficio N° 0002-2025/-CDC-REGIDORES signado con Exp. N° 01862 de fecha 20 de enero de 2025; y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, señala que la autonomía de las municipalidades, según lo establece la Constitución Política del Perú, reside en su capacidad para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, siempre en conformidad con el ordenamiento jurídico;
Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo IV del Título Preliminar, establece que los gobiernos locales tienen la finalidad de representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Concejos Municipales ejercer sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; por lo que en concordancia con el Artículo 41° del acotado dispositivo legal, los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad de órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, el Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº27444, en el sub numeral 1.1 del numeral 1 del artículo IV de su Título Preliminar señala que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidas;
Que, la Ley Nº27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Políticos, establece las siguientes disposiciones:
“i) Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad (Art. 2)
ii) Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje (Art.3)”.
Que, mediante Decreto Supremo Nº047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº056-2013-PCM, se aprueban las “Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos”; establece que: Articulo 11: Autorización de viajes que no ocasionan gastos al Estado.- Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente.
No son de obligatoria publicación las autorizaciones a que se refiere el presente artículo.
No obstante, para el caso es aplicable el numeral 11 del Art. 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala que es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario.
Que, mediante Carta N° 0080/2025/PONGSCA de fecha 02 de enero de 2025, el Presidente de la Organización Sister Cities América, realiza la invitación para participar en el Curso Avanzado de Gestión y Comunicación Local 2025 a realizarse en Madrid - España del 16 al 20 de marzo del presente año. Asimismo, mediante Carta N° 0233/2025/PONGSCA de fecha 13 de enero de 2025 comunica la prórroga de plazo de matrícula al curso en mención, la cual será hasta el día 28 de enero del presente año. El curso tiene como objetivo preparar a los participantes para enfrentar los desafíos políticos y sociales derivados de fenómenos disruptivos como la pandemia, el cambio climático y la inestabilidad internacional; a través de una formación teórica impartida por expertos y una metodología práctica basada en simulación, el cual permitirá fortalecer la capacidad de gestión y comunicación en un entorno global en constante cambio;
Que, mediante Oficio N° 0002-2025/-CDC-REGIDORES signado con Exp. N° 01862 de fecha 20 de enero de 2025; el Regidor José Armando Velásquez Távara solicita al titular de la Entidad autorización de viaje al exterior para poder participar del CURSO AVANZADO DE GESTIÓN Y COMUNICACIÓN LOCAL 2025 el cual se llevará a cabo en Madrid - España del 16 al 20 de marzo del 2025, realizado por la Organización Sister Cities América;
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 20 de enero de 2025, en la estación de pedidos se aprobó por unanimidad la inclusión como otro punto de agenda la solicitud de autorización de viaje al exterior del Regidor José Armando Velásquez Távara;
Que, en la Estación de Orden del día; fue sometida a votación del Pleno del Concejo la AUTORIZACION DE VIAJE AL EXTERIOR DEL REGIDOR JOSE ARMANDO VELASQUEZ TAVARA, para asistir al CURSO AVANZADO DE GESTIÓN Y COMUNICACIÓN LOCAL 2025 el cual se llevará a cabo en Madrid - España del 16 al 20 de marzo del 2025, realizado por la Organización Sister Cities América, y estando conforme a lo establecido en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, resultando aprobado por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal, con Dispensa de Lectura y Aprobación del Acta, como consta en el Acta de Sesión Ordinaria de la fecha;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país a JOSE ARMANDO VELASQUEZ TAVARA, en su condición de Regidor de la Municipalidad Distrital de Castilla; para asistir al CURSO AVANZADO DE GESTIÓN Y COMUNICACIÓN LOCAL 2025, realizado por la Organización Sister Cities América, que se llevará a cabo del 16 al 20 de marzo del 2025 en el país de España.
Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y Finanzas, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y demás unidades orgánicas pertinentes realicen las acciones necesarias para efectivizar el presente Acuerdo de Concejo.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley; así como la notificación a los órganos administrativos de la Municipalidad Distrital de Castilla.
Artículo Cuarto.- DISPONER a la Oficina de Desarrollo tecnológico la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el portal web y en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Castilla.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
WALTHER GUERRERO SILVA
Alcalde
2365097-2