Ordenanza Municipal que establece incentivos por el pronto pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2025

ORDENANZA MUNICIPAL

N° 002-2025/MDV

Ventanilla, 20 de enero de 2025

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Concejo virtual y presencial, de 20 de enero de 2025, los Memorandos Nº 002-2025/MDV-GAT y Nº 010-2025/MDV-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorando Nº 012-2025/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, el Informe Nº 012-2025/MDV/GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, los Memorandos Nº 014-2025/MDV-SG y Nº 031-2025/MDV-SG de la Secretaría General, los Informes Nº 003-2025/MDV-GAJ y Nº 013-2025/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Ordenanza Municipal que establece incentivos por el pronto pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2025, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal, con el VOTO POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente norma:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR EL PRONTO PAGO DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2025

Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza Municipal que establece incentivos por el pronto pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2025, la misma que consta de ocho artículos, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 13° del D.S. N° 009-2024-JUS.

Artículo 2.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo 3.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo 4.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley.

Artículo 5.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO

Alcalde

2364717-1